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Pepin
CITA
Editorial


An Injustice in Spain

The New York Times
Published: April 8, 2010


Spain’s best-known investigative magistrate, Baltasar Garzón, is now being prosecuted in a politically driven case that should have been thrown out of court.

Judge Garzón is charged with ignoring a 1977 amnesty law when he decided to investigate the disappearances of more than 100,000 people during Spain’s 1930s civil war and the decade of Francoist repression that followed. The charges were brought by two far-right groups who fear an open investigation of the Franco-era record. Unfortunately, one of Mr. Garzón’s fellow magistrates sustained the complaint and brought formal charges this week.

As a result, he will now be suspended from his duties pending trial. If convicted, he could be barred from the bench for up to 20 years, effectively ending a career dedicated to holding terrorists and dictators accountable for their crimes. That would please his political enemies, but it would be a travesty of justice.

The real crimes in this case are the disappearances, not Mr. Garzón’s investigation. If, as seems likely, these were crimes against humanity under international law, Spain’s 1977 amnesty could not legally absolve them. The suspected perpetrators are all dead, and Mr. Garzón long ago halted his investigation, passing jurisdiction to local Spanish courts in the areas where the victims were exhumed.

Mr. Garzón is a fearless and controversial prosecutor who has made many enemies over the years. He has brought cases against Basque and Al Qaeda terrorists, powerful Spanish politicians, Latin American dictators and Russian mafia thugs.

High-profile cases, like his bid to try the former Chilean dictator Augusto Pinochet, appeal to him, and sometimes he overreaches. But his consistent goal has been to deny impunity to the powerful and expand the scope of international human rights law.

Mr. Garzón should be allowed to resume that work at the earliest possible date. Spain needs an honest accounting of its troubled past, not prosecution of those who have the courage to demand it
.

http://www.nytimes.com/2010/04/09/opinion/...tml?ref=opinion




CITA
"Los crímenes reales son las desapariciones, no la investigación de Garzón"

El diario 'The New York Times' defiende al juez de la Audiencia Nacional en un duro editorial

EL PAÍS
Madrid

ELPAIS.com
España
09-04-2010



Una injusticia en España. Así titula The New York Times el alegato en defensa de Baltasar Garzón que publica hoy. En un duro editorial contra la causa abierta contra el magistrado, que califica de "políticamente motivada", el prestigioso diario afirma: "Los crímenes reales en este caso son las desapariciones [durante la guerra civil y la dictadura franquista], no la investigación de Garzón".

"España necesita una explicación honesta de su turbulento pasado, no perseguir a aquellos que tienen el valor de exigirla", afirma el periódico neoyorquino.

Según el NYT, la querella contra el juez de la Audiencia Nacional debería haber sido rechazada por los tribunales. La posible suspensión en sus funciones por 20 años a la que se enfrenta "complacería a sus enemigos políticos, pero sería una parodia de la justicia".

El diario argumenta que si, como parece probable, las desapariciones de más de 100.000 personas durante la represión franquista son crímenes contra la humanidad de acuerdo con el Derecho Internacional, la ley de amnistía de 1977, que Garzón ignoró deliberadamente según el juez Luciano Varela, "no puede absolverlos legalmente".

Una condena a Garzón, a quien el NYT califica de juez "arriesgado y controvertido que se ha granjeado muchos enemigos", "acabaría de hecho con una carrera dedicada a hacer que terroristas y dictadores paguen por sus crímenes".

Aunque al juez "le atraen los casos notorios y algunas veces se extralimita", "su objetivo constante ha sido negar la impunidad a los poderosos y extender el ámbito de las leyes internacionales sobre derechos humanos", afirma el diario. Por eso, "se debería permitir a Garzón volver a ese trabajo lo antes posible".

The Economist

El resto de la prensa internacional también se hace eco del proceso contra el juez español. "El Generalísimo Francisco Franco, dictador de España durante 36 años, seguramente se estará riendo en su tumba", empieza un artículo del semanario económico británico The Economist titulado 'Judge not': no Juzgues.

"El caso es otra prueba de la tendencia de Garzón a actuar como pararrayos de los temas que más inquietan al país", dice el artículo. "La corrupción, el terrorismo, el delito organizado y, ahora, el fantasma del violento pasado español han pasado bajo el escrutinio del magistrado, de 54 años. Su decisión de probar las atrocidades franquistas se tomó varios años después de que las familias de las víctimas comenzasen sus propias investigaciones, desenterrando las fosas comunes dejadas por los escuadrones de muerte y exponiendo las injusticias de un doloroso periodo que el resto del país había envuelto en silencio. Los detractores de Garzón sostienen que está más interesado en promoverse a sí mismo que en la causa de la justicia".

Le Monde

El diario francés, en un artículo firmado por el periodista Jean Jacques Bozonnet, resume las actuaciones contra Garzón del siguiente modo: "El proceso del juez se basará en argucias de procedimiento, pero lo que atrae a la prensa es su dimensión política"

Süddeutsche Zeitung

El diario alemán publica un artículo de opinión de Javier Cáceres titulado 'Víctima de los poderosos'. "Al margen de que esta postura la defienden reconocidos juristas y, por lo tanto, la acusación de prevariación contra Garzón quedaría neutralizada, el hecho de que Garzón vaya a sentarse en un banquillo debido a una acusación presentada por los herederos ideológicos de Franco, entre ellos el partido fascista Falange, resulta escandaloso", dice. "El caso de Garzón es además un nuevo ejemplo de la nefasta politización de la justicia española. Así pues, lo que se está estatuyendo con Garzón debe servir como ejemplo: Nadie se enfrenta con los poderosos sin ser castigado por ello".



http://www.elpais.com/articulo/espana/crim...elpepunac_5/Tes
Bruce Beelher
Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1ª).
Sentencia núm. 1125/2007 de 12 diciembre
RJ\2008\1559

COHECHO: Dádivas o promesas para corromper a las autoridades o funcionarios públicos: existencia: favores a concejal para que no estuviera presente en la votación sobre moción de censura, para evitar su éxito.


Jurisdicción: Penal
Recurso de Casación núm. 752/2007
Ponente: Excmo Sr. siro francisco garcía pérez


El TS declara no haber lugar a los recursos de casación interpuestos contra la Sentencia dictada el 23-02-2007, por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.


En la Villa de Madrid, a doce de diciembre de dos mil siete.


En los sendos recursos de casación que ante Nos penden, interpuestos, en sus casos, por quebrantamiento de forma e infracción de Ley y de precepto constitucional, por las representaciones procesales respectivamente de los acusados Inocencio, Enrique, Clemente y Alejandro, contra la sentencia dictada, el 23/2/2007 , por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el Rollo de Apelación núm. 23/2006, que resolvía el recurso de apelación contra la sentencia dictada, el 16/5/2006 ( PROV 2007, 20018) , por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz, en el Procedimiento núm. 1/2005, dimanante del Procedimiento 1/1999 del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Sanlúcar de Barrameda, seguida por delitos de cohecho y tráfico de influencias contra aquéllos y otros, esta Sala Segunda del Tribunal Supremo, compuesta como se hace constar, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Siro-Francisco García Pérez, se ha constituido para la Vista y fallo; han sido también partes el Ministerio Fiscal y los recurridos Casimiro, representado por el Procurador Sr. D. Francisco Fernández Rosa, y el PP, representado por el Procurador Sr. D. Luis Ferrer Recuero; y han estado dichos recurrentes representados por los Procuradores Sres. Dña. María-Angustias Garnica Montoro, para el primero y segundo, Dña Magdalena Ruíz de la Luna González, para el tercero, y D. Federico J. Olivares Santiago, para el cuarto.

I. ANTECEDENTES

PRIMERO

El Juzgado de Instrucción núm. 2 de Sanlúcar de Barrameda siguió el Procedimiento 1/1999 por delitos de cohecho y tráfico de influencias contra Inocencio, Alejandro, Clemente, Enrique, David, Bartolomé y Casimiro, y lo elevó a la Audiencia Provincial de Cádiz, que, en el Procedimiento núm. 1/2005, por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado en la Sección Cuarta, se dictó la sentencia de fecha 16/5/2006 ( PROV 2007, 20018) , y cuya apelación fue resuelta por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el Rollo de Apelación núm. 23/2006, en sentencia de fecha 23/2/2007 , que contiene los siguientes antecedentes de hecho:

"Antecedentes de hecho.

... Tercero.- Con fecha 16/5/2006, el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente dictó sentencia en la que, acogiendo el veredicto del Jurado, se hizo el siguiente pronunciamiento sobre los hechos, que transcribimos literalmente: "A). El Jurado ha declarado, en relación con Inocencio, probados por unanimidad los siguientes hechos: HECHO NÚM. 1.- El día 5 de octubre de 1999 por los Grupos del Partido Popular y del Partido Andalucista del Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda se planteó una moción de censura contra el Alcalde Don Alejandro, perteneciente al Partido Socialista Obrero Español.-HECHO NÚM. 2.- Don Inocencio, a la sazón Secretario de Organización del Comité Local del Partido Socialista Obrero Español en Sanlúcar de Barrameda, decidió sobornar a Don Casimiro, entonces Concejal del Partido Popular en el Ayuntamiento de dicha localidad, a fin de que este no apoyara la moción de censura.-HECHO NÚM. 3.- El soborno de Don Casimiro fue decidido por Don Inocencio conforme a un plan de actuación urdido con otras personas.- HECHO NÚM. 4.- En la primera entrevista que Don Inocencio había logrado concertar a través de un tercero con Don Casimiro, y que se celebró el domingo día 10 de mismo octubre en el establecimiento "Lumi Cocinas" de Sanlúcar, Don Inocencio comentó a Don Bartolomé lo inconveniente de la moción de censura ya que iba a significar un gran perjuicio para la ciudad.-HECHO NÚM. 5.- En la siguiente reunión, celebrada el miércoles día 13 de octubre, Don Inocencio siguió intentando convencer a Don Casimiro diciéndole que no contaba nada en el Partido Popular y que iban a prescindir de él y que debía aprovechar la ocasión del tren que pasaba por su vida para resolver ésta de manera definitiva.-HECHO NÚM. 6.- Posteriormente Don Inocencio valiéndose del conocimiento y de la relación que mantenía con el Alcalde de Chipiona, Don Clemente, por ser el primero Secretario del Comité Local del Partido Socialista Obrero Español en Sanlúcar de Barrameda y el segundo cargo electo de dicho Partido, le comunicó su plan respecto Don. Casimiro a fin de ofrecer a éste un puesto de trabajo dependiente del Ayuntamiento de Chipiona.-HECHO NÚM. 7.- En la reunión celebrada en "Lumi Cocinas" el jueves día 14 de octubre entre la 23.30 y las 24,00, Don Inocencio ofreció a Don Casimiro a cambio de no apoyar la moción de censura la suma de 40.000.000 de pesetas, una vivienda, así como un puesto de trabajo indefinido en el Ayuntamiento de Chipiona y ser Coordinador de Fiestas de ese municipio del año 2000.-HECHO NÚM. 8.- Una vez que Don. Casimiro le comunicó su aceptación, Don Inocencio llamó por teléfono a Don Alejandro para informarle al respecto y tras la conversación Inocencio le dijo a Casimiro que Alejandro le había manifestado su intención de buscar el dinero.-HECHO NÚM. 9.- El viernes día 15 de octubre volvieron a reunirse Don Inocencio y Don Casimiro, proponiendo el primero sustituir, para no dejar huellas del pacto acordado, la entrega de la casa por la de 10.000.000 de pesetas, con lo que la operación se redondeaba en 50.000.000 de pesetas, aceptando el segundo.-HECHO NÚM. 10.- Luego de la aceptación por Don Casimiro, Don Inocencio realizó varias gestiones hasta conseguir de terceras personas la suma de 12.910.000 pesetas, así como un cheque bancario por importe de 5.000.000 de pesetas.-HECHO NÚM. 11.- En la noche del sábado 16 de octubre Don Inocencio entregó a Don Casimiro una bolsa con 12.910.000 de pesetas.-HECHO NÚM. 12.- Le entregó un cheque bancario al portador del Banco de Santander de 5.000.000 de pesetas y nueve letras de cambio por él aceptadas por un valor total de 25.000.000 de pesetas.-HECHO NÚM. 13.- Al manifestar Don Casimiro que faltaban siete millones de pesetas de los cincuenta comprometidos, Don Inocencio llamó por teléfono Don. Alejandro para informarle de tal circunstancia.-HECHO NÚM. 14.- En aquella misa reunión firmaron ambos un documento en el que Don Inocencio, como representante del PSOE, garantizaba a Don Casimiro un contrato de trabajo por tiempo indefinido desde el 2 de noviembre de 1999 hasta el mismo día de 2002, un puesto preferente en la candidatura del PSOE a las Elecciones Municipales de 2003 así como la integración en el Grupo Mixto Municipal de Sanlúcar de Barrameda y el cargo de Delegado de Fiestas del Ayuntamiento de dicha localidad, comprometiéndose Don Casimiro a votar con el equipo de gobierno.-HECHO NÚM. 15.- En la tarde del domingo día 17 de octubre, estando en el Juzgado de Guardia de Cádiz, Don Casimiro atendió en su teléfono móvil una llamada en la que un tercero, que actuaba en nombre de Don Inocencio, le comunicaba que esa misma noche recibiría otra cantidad en metálico y una nueva letra de cambio hasta completar la total suma prometida.-HECHO NÚM. 16.- El mismo día 17, por la noche, en una nueva reunión en "Lumi Cocinas", Don Inocencio entregó a Don Casimiro 2.490.000 pesetas en metálico.-HECHO NÚM. 17.- Le entregó una letra de cambio de 4.000.000 de pesetas, prometiéndole que las 500.000 pesetas restantes se le entregarían al día siguiente con dos billetes de avión para que se marchara a Lisboa y permaneciera en dicha localidad el día 19 de octubre, con el objeto de que al no asistir a la moción de censura prevista para tal día..-HECHO NÚM. 18.- El lunes, día 18 de octubre, Don Inocencio y Don Casimiro se entrevistaron de nuevo en una reunión, a la que asistieron otras personas, celebrada en un camping de Chipiona, y en ella Don Inocencio ofreció pagar las 500.000 pesetas restantes a la vuelta de Lisboa, aceptando dicha proposición Don Casimiro.-HECHO NÚM. 19.- En la misma reunión Don Inocencio le entregó a Don Casimiro dos billetes de avión con destino a Lisboa.-HECHO NÚM. 20.- El importe de los billetes fue satisfecho por Don Inocencio luego de sacar dinero de una cuenta bancaria de su propiedad.-B.) El Jurado ha declarado, respecto de Alejandro, PROBADOS por unanimidad los siguientes hechos:.-HECHO NÚM. 30.- El día 5 de octubre de 1999 por los Grupos del PP y del PA en dicho Ayuntamiento se planteó una moción de censura contra el Alcalde Don Alejandro.-HECHO NÚM. 31.- Don Alejandro, Alcalde de Sanlúcar, contra el que se había formalizado la moción de censura planeó con Don Inocencio una estratagema para corromper a Don Casimiro ofreciéndole determinados beneficios económicos en orden al fracaso de la moción de censura.-HECHO NÚM. 32.- Don Alejandro convino con Don Inocencio que éste se encargaría de llevar a efecto los contactos personales con Don Casimiro en ejecución del plan concebido por ambos.-HECHO NÚM. 33.- D. Alejandro, valiéndose del conocimiento y de la relación que mantenía con el Alcalde de Chipiona, D. Clemente, por ser ambos alcaldes de municipios limítrofes pertenecientes al Partido Socialista Obrero Español, comunicó su plan respecto Don. Casimiro a fin de ofrecer a éste un puesto de trabajo dependiente del Ayuntamiento de Chipiona.-HECHO NÚM. 34.- En ejecución de dicho plan Don Inocencio ofreció, a cambio de votar en contra de la moción de censura, a Don Casimiro cuarenta millones de pesetas, una vivienda -luego sustituida por diez millones más de pesetas- y un puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Chipiona.-HECHO NÚM. 35.- Una vez que Don Inocencio le comunicó que Don Casimiro había aceptado la anterior proposición, Inocencio le dijo a Inocencio que Don Alejandro le manifestó su intención de buscar el dinero necesario.- HECHO NÚM. 36.- Tras una reunión mantenida entre Don Inocencio y Don Casimiro el sábado día 16 de octubre, Don Inocencio llamó a Don Alejandro para comunicarle que Don Casimiro reclamaba los siete millones que faltaban, indicándole Don Alejandro que le dijera que en ese momento no era posible obtenerlos y que al día siguiente se los darían.-HECHO NÚM. 37.- El lunes, día 18 de octubre, Don Alejandro participó en una reunión con Don Inocencio y Don Casimiro, a la que asistieron otras personas, celebrada en un camping de Chipiona, y en ella Don Inocencio ofreció pagar 500.000 pesetas restantes del total de cincuenta prometidos a la vuelta del viaje que había de realizar a Lisboa Don Casimiro, aceptando éste dicha proposición.-HECHO NÚM. 38.- En la misma reunión Don Inocencio, en presencia de Don Alejandro, le entregó a Don Casimiro dos billetes de avión con destino a Lisboa.-HECHO NÚM. 39.- En dicha reunión Don Casimiro firmó una nota, que, ya redactada, le fue entregada en aquél momento por Don Inocencio o alguna otra persona de la reunión con el asentimiento de este, dirigida a los medios de comunicación explicando su postura respecto de la moción de censura y un documento comunicando al Alcalde y al Secretario del Ayuntamiento de Sanlúcar su pase al Grupo Mixto de la Corporación.-C) El Jurado ha declarado, respecto de Clemente, PROBADOS por unanimidad, los siguientes hechos:-HECHO NÚM. 47.- Don Inocencio, Secretario de Organización del Comité Local del Partido Socialista Obrero Español en Sanlúcar de Barrameda comunicó a Don Clemente, Alcalde de Chipiona, el plan concebido para hacer fracasar la moción de censura presentada contra el Alcalde de Sanlúcar mediante el ofrecimiento de determinados beneficios a Don Casimiro.-HECHO NÚM. 48.- Don Alejandro, Alcalde de Sanlúcar, comunicó a Don Clemente, Alcalde de Chipiona, el plan concebido para hacer fracasar la moción de censura presentada contra el Alcalde de Sanlúcar mediante el ofrecimiento de determinados beneficios a Don Casimiro.-HECHO NÚM. 49.- A través de las anteriores conversaciones, y valiéndose sus comunicantes del conocimiento y de la relación que mantenían con él por ser integrantes y tener responsabilidades en el Partido Socialista Obrero Español, le solicitaron que facilitara a Don Casimiro un puesto de trabajo dependiente del Ayuntamiento de Chipiona.-HECHO NÚM. 50.- Don Clemente consintió la solicitud relativa a que se facilitara a Don Casimiro un puesto de trabajo dependiente del Ayuntamiento de Chipiona, concretamente como Coordinador de Fiestas de dicho Ayuntamiento.-HECHO NÚM. 50 bis.- Don Clemente conocía que Don Casimiro había recibido oferta económica para no votar en la moción de censura contra el alcalde de Sanlucar.-HECHO NÚM. 51.- El lunes, día 18 de octubre, Don Clemente participó en una reunión con Don Inocencio, Don Alejandro y Don Casimiro, celebrada en un camping de Chipiona, y en ella Don Inocencio ofreció pagar 500.000 pesetas restantes del total de cincuenta prometidos a la vuelta del viaje que había de realizar a Lisboa Don Casimiro, aceptando éste dicha proposición.-HECHO NÚM. 52.- En la misma reunión Don Inocencio, en presencia de Don Clemente, le entregó a Don Casimiro dos billetes de avión con destino a Lisboa.-HECHO NÚM. 53.- En dicha reunión se debate entre los intervinientes sobre el cumplimiento de las promesas ofrecidas a Don Casimiro, sugiriendo Don Clemente que éste trabajara en alguna empresa privada de la localidad.-HECHO NÚM. 54.- Don Casimiro recordó que la oferta era para trabajar en el Ayuntamiento y Don Clemente manifestó que, por cuestiones presupuestarias aquél no era el momento para admitirlo en el Ayuntamiento, decidiéndose entonces por los presentes, como garantía de cumplimiento de entrar a trabajar en el siguiente mes de febrero en el Ayuntamiento de Chipiona, que se firmara, como así hicieron Don Casimiro y Don Clemente, un modelo de contrato de trabajo en blanco en el que sólo constaba un sello del Ayuntamiento de Chipiona.-HECHO NÚM. 55.- En dicha reunión Don Casimiro firmó una nota, que, ya redactada, le fue entregada en aquél momento por Don Inocencio o por alguna otra persona de la reunión dirigida a los medios de comunicación explicando su postura respecto de la moción de censura y un documento comunicando al Alcalde y al Secretario del Ayuntamiento de Sanlúcar su pase al Grupo Mixto de la Corporación.-D) El Jurado ha declarado, respecto de Enrique, PROBADOS los siguientes hechos:.-HECHO NÚM. 56.- Don Inocencio le comunicó a Don Enrique el plan urdido por él y por otras personas para hacer para hacer fracasar la moción de censura presentada contra el Alcalde de Sanlúcar mediante el ofrecimiento de determinados beneficios económicos a Don Casimiro.-HECHO NÚM. 57.- Don Inocencio instó a Don Enrique para que éste se pusiera en contacto con Don Casimiro, aprovechando la amistad de ambos, para que accediera a entrevistarse con él.-HECHO NÚM. 58.- Don Inocencio entendió que el lugar más adecuado para mantener esos contactos era el establecimiento comercial propiedad Don. Enrique denominado "Lumi Cocinas" y ubicado en la calle Azacanes de Sanlúcar, a lo que éste accedió.-HECHO NÚM. 59.- Don Enrique abordó el día 10 de octubre de 1999 a la salida del Campo de Fútbol de Sanlúcar, a Don Casimiro, comunicándole el interés Don. Inocencio por hablar con él, hasta llegar a convencerlo para que así lo hiciera.-HECHO NÚM. 60.- Ese mismo Don Enrique día habló por teléfono con Don Inocencio, comunicándole que Don. Casimiro accedía a la entrevista, que quedó concertada esa misma noche en "Lumi Cocinas", procediendo Don Enrique a desplazarse hasta allí con Don. Casimiro y abriendo el local para que se mantuviera la citada entrevista.-HECHO NÚM. 61.- En los días siguientes se mantuvieron varias entrevistas entre Don Inocencio y Don Casimiro en "Lumi Cocinas" que fueron siendo facilitadas por Don Enrique.-HECHO NÚM. 62.- En cada uno de los encuentros Don Enrique, tras franquear la entrada a Don. Inocencio y Casimiro, los dejaba solos para que mantuvieran sus entrevistas, aunque era conocedor de su contenido.-HECHO NÚM. 63.- Don Enrique conoció desde que recibió el encargo o con posterioridad a éste que las repetidas reuniones celebradas en su establecimiento por Don Inocencio y Don Casimiro tenían por objeto sobornar a este último para que fracasara la moción de censura planteada contra el alcalde Don Alejandro.-HECHO NÚM. 64.- El domingo día 17 de octubre, Don Enrique, a ruego Don. Inocencio, llamó por teléfono a Don Casimiro citándole por la noche en "Lumi Cocinas".-HECHO NÚM. 65.- Esa misma tarde D. Enrique llamó por teléfono a d. Casimiro confirmándole la reunión en "Lumi Cocinas".-E) El Jurado ha declarado, respecto de Armando, PROBADOS los hechos siguientes:-HECHO NÚM. 66.- Don Armando -industrial de la construcción a través de la empresa "Zafiro"-, entregó a Don Inocencio en la tarde del día 16 de octubre de 1999 un talón al portador contra el Banco de Santander por importe de cinco millones de pesetas.-HECHO NÚM. 67.- Don Inocencio le comunicó a Don David el plan urdido por él y por otras personas para hacer fracasar la moción de censura presentada contra el alcalde de Sanlúcar mediante el ofrecimiento de determinados beneficios económicos a Don Casimiro.-HECHO NÚM. 68.- Don David entregó el talón a sabiendas de que estaba destinado a su entrega a Don Casimiro y con el fin antes expuesto.-F) El Jurado ha declarado, respecto de Casimiro, PROBADOS los siguientes hechos:-HECHO NÚM. 69.- Don Casimiro -industrial de la construcción a través de la empresa "Zafiro"-, entregó a Don Inocencio en la tarde del día 16 de octubre de 1999 un talón al portador contra el Banco de Santander por importe de cinco millones de pesetas.-HECHO NÚM. 70.- Don Inocencio le comunicó a Don Casimiro el plan urdido por él y por otras personas para hacer fracasar la moción de censura presentada contra el alcalde de Sanlúcar mediante el ofrecimiento de determinados beneficios económicos a Don Casimiro.-HECHO NÚM. 71.- Don Casimiro entregó el talón a sabiendas de que estaba destinado a su entrega a Don Casimiro y con el fin antes expuesto".



Cuarto.-La expresada sentencia ( PROV 2007, 20018) , tras los pertinentes fundamentos de Derecho, contenía fallo del siguiente tenor literal:


"FALLO: 1º) CONDENO a Alejandro como autor de los delitos ya definidos de cohecho y de tráfico de influencias, concurriendo en el primero la circunstancia agravante de prevalimiento de carácter público, a las penas de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO por tiempo de CINCO AÑOS, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por el tiempo de la condena, MULTA DE TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS, con CIENTO VEINTE DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD en caso de impago por el delito de cohecho; y por el delito de tráfico de influencias a las penas de SEIS MESES DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO por tiempo de CINCO AÑOS y MULTA DE SEISCIENTOS EUROS con DOS DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de este.-2º) CONDENO a Inocencio como autor de los delitos ya definidos de cohecho y de tráfico de influencias, concurriendo en el primero la circunstancia agravante de prevalimiento de carácter público, a las penas de UN AÑO Y DOS MESES, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO por tiempo de CINCO AÑOS, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por el tiempo de la condena, y MULTA DE TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS, con CIENTO VEINTE DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD en caso de impago por el delito de cohecho; y por el delito de tráfico de influencias a las penas de SEIS MESES DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO por tiempo de CINCO AÑOS y MULTA DE SEISCIENTOS EUROS con DOS DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, y del a totalidad de las correspondientes a la acusación por él formulada.- 3º) CONDENO a Clemente como autor del delito ya definido de cohecho, con la concurrencia de la circunstancia agravante de prevalimiento de carácter público, a las penas de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO por tiempo de CINCO AÑOS, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por el tiempo de la condena y MULTA DE TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS, con CIENTO VEINTE DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de este.-4º) CONDENO a Enrique como autor del delito ya definido de cohecho, a las penas de UN AÑO DE PRISIÓN, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO por tiempo de TRES AÑOS, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por el tiempo de la condena y MULTA DE CIENTO OCHENTA MIL EUROS, con SESENTA DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de este.-5º) CONDENO a David del delito ya definido de cohecho, a las penas de UN AÑO DE PRISIÓN, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO por tiempo de TRES AÑOS, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por el tiempo de la condena y MULTA DE TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS, con CIENTO VEINTE DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de este.-6º) CONDENO a David del delito ya definido de cohecho, a las penas de UN AÑO DE PRISIÓN, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO por tiempo de TRES AÑOS, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por el tiempo de la condena y MULTA DE TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS, con CIENTO VEINTE DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluídas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de este.-CONDENO a los acusados a que solidariamente indemnicen a Casimiro en la suma de NUEVE MIL EUROS.-No ha lugar a la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas a los acusados, ni tampoco a la propuesta al Gobierno de la gracia de indulto.- DECRETO el decomiso de la suma de NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS y el cheque bancario al portador por importe de TREINTA MIL CINCUENTA EUROS CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS, presentados en las actuaciones e intervenidos en las mismas.-ABSUELVO LIBREMENTE y con todos los pronunciamientos favorables a Casimiro del delito de cohecho que se le imputaba. Y declaro de oficio una séptima parte de las costas procesales".


Quinto.- Con fecha 22 de mayo de 2006 se dictó auto por el Ilmo. Sr. Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:


"El Magistrado-Presidente resuelve: Aclarar la sentencia recaída en los presentes autos, rectificando el Fallo de la misma en el sentido de que donde dice: "6º) Condeno a David del delito -sic- ya definido de cohecho, a las penas de un año de prisión, inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres años, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena y multa de trescientos sesenta mil euros, con ciento veinte dáis de privación de libertad en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costa procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de éste" debería decir "6º) Condeno a Bartolomé del delito -sic- ya definido de cohecho, a las penas de un año de prisión, inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres años, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena y multa de trescientos sesenta mil euros con ciento veinte días de privación de libertad en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercida por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de éste"".

SEGUNDO

Y el Tribunal dictó el siguiente pronunciamiento:

"Fallo.-Que estimando parcialmente los recursos de apelación interpuestos por los acusados Inocencio, Alejandro, Clemente, Enrique, David y Bartolomé contra la sentencia dictada con fecha 16 de mayo de 2006 ( PROV 2007, 20018) por el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente del Tribunal del Jurado en el ámbito de la Audiencia Provincial de Cádiz, y desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal frente a dicha sentencia, debemos revocar y revocamos parcialmente el fallo de la indicada sentencia, que deberá sustituirse por el siguiente: 1º). Absolviendo a Alejandro del delito de tráfico de influencias del que venía acusado, lo condenamos como autor del delito ya definido de cohecho, concurriendo la circunstancia agravante de prevalimiento de carácter público, a la pena de un año y seis meses de prisión, y a las accesorias de inhabilitación especial para empleo o cargo público e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, ambas por el tiempo de la condena; y multa de trescientos sesenta mil euros, con ciento veinte días de privación de libertad en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de éste.-2º) Absolviendo a Inocencio del delito de tráfico de influencias del que venía acusado, lo condenamos como autor del delito ya definido de cohecho, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de un año y dos meses de prisión, y a las accesorias de inhabilitación especial para empleo o cargo Público e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, ambas por el tiempo de la condena; y multa de trescientos sesenta mil euros, con ciento veinte días de privación de libertad en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de la acusaciones particulares, y de la totalidad de las correspondientes a la acusación por él formulada.- 3º) Condenamos a Clemente como autor del delito ya definido de cohecho, con la concurrencia de la circunstancia agravante de prevalimiento de carácter público, a la pena de un año y seis meses de prisión, y a la accesorias de inhabilitación especial para empleo o cargo público e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, ambos por el tiempo de la condena; y multa de trescientos sesenta mil euros, con ciento veinte días de privación de libertad en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de éste.- 4º) Condenamos a Enrique como cómplice del delito ya definido de cohecho, a la pena de seis meses de prisión, y a las accesorias de inhabilitación especial para empleo o cargo público e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, ambas por el tiempo de la condena, y multa de ciento ochenta mil euros, con sesenta días de privación de libertad en caso de impago; y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de éste.-5º) Condenamos a David como autor del delito ya definido de cohecho, a la pena de un año de prisión, y a las accesorias de inhabilitación especial para empleo o cargo público e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, ambas por el tiempo de la condena; y multa de treinta mil euros, con diez días de privación de libertad en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de éste.-6º) Condenamos a Bartolomé, como autor del delito ya definido de cohecho, a la pena de un año de prisión, y a las accesorias de inhabilitación especial para empleo o cargo público e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, ambas por el tiempo de la condena; y multa de treinta euros, con diez días de privación de libertad en caso de impago. Y al pago de la séptima parte de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la correspondiente a la acusación ejercitada por Inocencio, que correrá exclusivamente a cargo de éste.-Condenamos a los acusados a que solidariamente indemnicen a Casimiro en la suma de nueve mil euros.-No ha lugar a la propuesta al Gobierno de la gracia de indulto.- Decretamos el decomiso de la suma de noventa y dos mil quinientos cincuenta y cinco euros con ochenta y seis céntimos y el cheque bancario al portador por importe de treinta mil cincuenta euros con sesenta y un céntimos, presentados en las acusaciones e intervenidos en las mismas.- Absolvemos libremente y con todos los pronunciamiento favorables a Casimiro del delito de cohecho que se le imputaba. Y declaramos de oficio una séptima parte de las costas procesales.- Sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas en esta segunda instancia".


TERCERO

Notificada en legal forma la sentencia a las partes personadas, se prepararon, respectivamente, por las representaciones procesales de los recurrentes Inocencio, Enrique, Clemente y Alejandro, sendos recursos de casación por quebrantamiento de forma e infracción de Ley y de precepto constitucional, en sus casos, que se tuvieron por anunciados; remitiéndose a esta Sala Segunda del Tribunal Supremo las certificaciones necesarias para su sustanciación y resolución, formándose el correspondiente Rollo y formalizándose los recursos; se tuvieron por personados y partes a los recurridos Casimiro y el PP.

CUARTO

Los sendos recursos de casación interpuestos respectivamente por los recurrentes Inocencio, Enrique, Clemente y Alejandro, por infracción de Ley y quebrantamiento de forma y de precepto constitucional, en sus casos, se basan en los siguientes motivos de casación:

A) Recurso de Inocencio: Primero.- Quebrantamiento del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, por falta de motivación art. 120 CP y 24 CP -sic-a través del art. 5 LOPJ ( RCL 1985, 1578, 2635) . Segundo -. Infracción al amparo del art. 5.4 LOPJ en relación con el art. 24 CE ( RCL 1978, 2836) por entender vulnerado el derecho a la presunción de inocencia (indubio pro reo).- Tercero.- Por infracción de Ley ya que la sentencia ha condenado conforme a las acusaciones por delito de cohecho de los arts. 423.1 CP ( RCL 1995, 3170 y RCL 1996, 777) en relación con el 420.2 del mismo texto punitivo siendo los hechos en todo caso subsumidos en el tipo del art. 421 CP.-Cuarto.- Al amparo del apartado B del artículo 846 bis c) de la LECrim ( LEG 1882, 16) ., por incongruencia omisiva habida cuenta que la sentencia emitida por el TSJA no se pronunció sobre la aplicación del art. 427 siendo éste de plena aplicación al Sr. Inocencio. -Quinto.- Al amparo del art. 849.1 LECrim, ya que se han infringido preceptos sustantivos del Código Penal al no aplicarse la atenuante cualificada del art. 21.6 CP toda vez que el proceso ha sufrido importantes dilaciones indebidas.

B.) Recurso de Enrique: Primero.- Por quebrantamiento del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, por falta de motivación art. 120 CP y 24 CP -sic- a través del art. 5 LOPJ.-Segundo.- Por infracción al amparo del art. 5.4 de la LOPJ en relación con el art. 24 CE por entender vulnerado el derecho a la presunción de inocencia (indubio pro reo).- Tercero.- Por infracción de Ley ya que la sentencia ha condenado conforme a las acusaciones por delito de cohecho de los arts. 423.1 CP en relación con el 420.2 del mismo texto punitivo siendo los hechos en todo caso subsumidos en el tipo de art. 421 CP y consecuentemente vulnerándose el principio acusatorio.-Cuarto.- Al amparo del art. 849.1 LECrim ya que se han infringido preceptos sustantivos del Código Penal al no aplicarse la atenuante cualificada del art. 21.6 CP toda vez que el proceso ha sufrido importantes dilaciones indebidas.-Quinto.- Por infracción al amparo del art. 5.4 LOPJ en relación con el art. 14 CE al haberse condenado a la pena de multa de trescientos sesenta mil euros en superior cuantía que la impuesta a dos de los acusados.

C) Recurso de Clemente: Primero.-Por infracción de ley, al amparo del numero 1º del art. 849 y 852 LECrim; la sentencia incurre en infracción de preceptos legales en la calificación jurídica de los hechos, concurrencia de circunstancia agravante y en la determinación de la pena.-sic-. Segundo.-Al amparo del art. 852 se alega vulneración del derecho constitucional a la presunción de inocencia.

D) Recurso de Alejandro: Primero.- (Se desconoce su encabezamiento, pues en el escrito original falta la página 4).- Segundo.- Al amparo del art. 852 LECrim, por vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, proclamado en el art. 24.1 de la Constitución Española, que obliga a motivar las sentencias.- Tercero.- Al amparo del apartado del art. 849.1 de la LECrim, por infracción de precepto legal, por aplicación indebida del art. 423.1 del Código Penal en relación con el art. 520 del mismo tipo legal, en vez de con el 421.

QUINTO

Instruidas las partes de los sendos recursos interpuestos, el Ministerio Fiscal estimó procedente la celebración de vista oral para sus resoluciones y, en cuanto al recurso de Inocencio, estimó inadmisibles los cuatro primeros motivos, no considerando factible valorar la atenuante alegada en el quinto; en cuanto al recurso de Enrique, se opuso a los tres primeros motivos y estimó inadmisibles el cuarto, el quinto y una parte del tercero; en cuanto al recurso de Clemente, se opuso a los dos motivos esgrimidos e interesó su inadmisión; y respecto al recurso de Alejandro, se opuso al segundo motivo e interesó la inadmisión del primero y tercero; las partes recurridas, Casimiro y el PP, impugnaron los recursos; la Sala admitió los recursos; quedando conclusos los autos para señalamiento de Vista, cuando por turno correspondiera.

SEXTO

Hecho el señalamiento para la Vista, se celebró el día 5/12/2007; en el cual acto asistieron los letrados de los recurrentes D. Fernando Serrano Martínez, en defensa de Alejandro, D. Alfredo Velloso González, en defensa de Inocencio y Enrique, y D. Jesús Rodríguez Gómez, en defensa de Clemente, quienes informaron sobre sus escritos, y el letrado del recurrido D. Juan-Pedro Cosano Alarcón, en defensa de Casimiro y del Partido Popular, que informó sobre los motivos; la Excma. Sra. Fiscal ratificó el informe del 19/6/2007.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO



Recurso de Inocencio

PRIMERO

El primer motivo de casación de Inocencio ha sido deducido al amparo del art. 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ( RCL 1985, 1578, 2635) (LOPJ), por quebrantamiento del derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido en los arts. 120 y 24 de la Constitución ( RCL 1978, 2836) (CE), aunque por obvio error se cita el CP; en orden a la falta de motivación por la insuficiencia de las razones argumentadas por el Jurado al emitir su veredicto.

El art. 9.3 CE proclama la proscripción de la arbitrariedad y el 24 recoge el derecho a la tutela judicial efectiva, lo que confluye en que el art. 120.3 exija la motivación de las sentencias y en que el art. 61.1 d) de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado ( RCL 1995, 1515) (LOTJ) establezca que el acta de votación deba contener una sucinta explicación de las razones por las que los jurados han declarado o rechazado declarar determinados hechos como probados.

A lo que debe añadirse que el art. 70.2 LOTJ prescribe que, si el veredicto fuere de culpabilidad, la sentencia "concretará" la existencia de prueba de cargo exigida por la garantía constitucional de presunción de inocencia.

SEGUNDO

No existe plena estabilidad en la doctrina de esta Sala acerca del grado de intensidad que ha de revestir la argumentación de los jurados en comparación con la de los jueces profesionales; o acerca del alcance tolerable del fortalecimiento por el Magistrado Ponente, en la sentencia, de la motivación contenida en el acta de votación. Véanse sentencias de 21/1/2005 ( RJ 2005, 1068) , 16/2/2005 ( RJ 2005, 4759) , 14/10/2004 ( RJ 2004, 7142) y 17/11/2005 ( RJ 2005, 7764) .

En el presente caso, y cualquiera sea la doctrina jurisprudencial que se acoja, han de entenderse cumplidos los preceptos legales porque, en el acta de votación, se detallan, más allá de la mera enumeración, los elementos de convencimiento que se han tenido en cuenta respecto a Inocencio:

"Encontramos varias contradicciones frente a pruebas testificales, en concreto, el testimonio de D. José María y D. Fernando.- Haber realizado la denuncia con posterioridad a la rueda de prensa informativa celebrada en Sevilla el 19 de octubre de 1999. La declaración de D. Héctor junto con la de D. Matías y Dña Ariadna que corroboran la versión dada por D. Casimiro.-Además los documentos aportados por D. Casimiro tales como las 9 letras de cambio valorados en 25.000.000 de ptas., 12.910.000 ptas. en metálico, un cheque bancario valorado en 5.000.000 de ptas., promesa de trabajo en el Excmo. Ayuntamiento de Chipiona así como 2 billetes de avión con destino a Lisboa. Posteriormente entregó 2.490.000 ptas. en metálico, todo esto recogido en las denuncias presentadas por éste. Las numerosas llamadas recibidas por D. Inocencio efectuadas por D. Alejandro en el período en que se produjeron los hechos".

Y porque la sentencia del Magistrado-Presidente matiza:

"Así considera el Jurado respecto de Inocencio que los elementos que le llevan a la convicción de culpabilidad en los hechos delictivos que se le imputan residen en no haber denunciado los hechos sino cuando tuvo conocimiento de la trascendencia pública de los mismos, en las declaraciones del fallecido D. Héctor y de D. Matías y Dña Ariadna, y sobre todo en lo declarado por D. Casimiro, que ha constituido para los componentes de aquél la principal prueba de cargo, y dotada por ello de fuerza incriminatoria más que suficiente para enervar la presunción de inocencia. Se observa efectivamente en el testimonio del Sr. Casimiro, en primer lugar un total ausencia de incredibilidad subjetiva, pues ninguna razón se aduce y ninguna prueba existe que acredite la realidad de cualquier móvil, en sus relaciones con el acusado referido, de resentimiento, enemistad, venganza, enfrentamiento o interés de cualquier índole, que pudiera llevar razonadamente a considerar falsa su declaración. Por otro lado tampoco en ésta se echa de menos el requisito de la persistencia, puesto que ha mantenido su versión del tiempo, de manera coherente, sin ambigüedades ni contradicciones, constatándose igualmente su notable verosimilitud, corroborada periféricamente no ya por las declaraciones de los testigos antes referidos sino por su propio comportamiento, incluso antes de que en la noche del 14 de octubre se concretara los ofrecimientos que para hacer fracasar la moción de censura se le hicieron, y por los documentos y efectos cambiarios y sumas de 12.910.000 y 2.490.000 pesetas que presentó o en el Juzgado al denunciar los hechos, así como también por las numerosas llamadas que en el período, es decir, en la semana del 10 al 17 de octubre de 1999, en que los hechos se desarrollaron, recibió de Alejandro. Entiende el proveyente que efectivamente estos hechos constituyen prueba de cargo más que suficiente sin que sea admisible el argumento exculpatorio del acusado referido de que Casimiro, le ganó por la mano, de forma que él resultó el "cazador cazado" y que pensaba denunciar los hechos cuando Casimiro abandonara la población y se marchara a Lisboa, pues es claro que ningún sentido tenía que de haberse producido esta circunstancia de la salida de Casimiro, lo que habría determinado el fracaso de la moción de censura y por ello el mantenimiento en la Alcaldía de Alejandro, Inocencio procediera a denunciar los hechos".

El recurrente achaca al acta de votación el que no especifique en qué consisten las contradicciones entre las declaraciones de Inocencio y las de José María y Fernando. José María y Héctor, dirigentes del PSOE en Andalucía, declararon en el juicio; ciertamente que los jurados no expresan el contenido de las contradicciones, pero expone el Tribunal Superior de Justicia que cabría prescindir de la mención a ellas sin que resultara desvirtuada la motivación; y no se ha dado razón para que haya de inadmitirse o desestimarse tal criterio del Tribunal Superior de Justicia.

TERCERO

En su segundo motivo, deducido también al amparo del art. 5.4 LOPJ ( RCL 1985, 1578, 2635) , denuncia Inocencio la vulneración del art. 24 CE ( RCL 1978, 2836) respecto al derecho a la presunción de inocencia, si bien entre paréntesis cita el in dubio pro reo.
El ámbito del control en la casación sobre la presunción de inocencia se extiende a si ha existido prueba incriminatoria mediante medios obtenidos y aportados al proceso sin infracción de normas constitucionales u ordinarias, y a si en las inferencias, cuyo discurso ilativo el Tribunal a quo ha de exponer, no se observa quebrantamiento de pautas derivadas de la experiencia general, normas de la Lógica o principios o reglas de otra ciencia. Véanse sentencias de 30/4/2002 ( RJ 2002, 5567) y 3/11/2005 ( RJ 2005, 7972) .


Nada se ha aducido dentro de este recurso en orden a vicios en la obtención de los medios probatorios o en su aportación al proceso.
Objeta el recurrente al curso lógico de las inferencias:

a). La conducta irregular de Casimiro en una empresa de jamones y embutidos, próxima a la moción de censura; y que Casimiro era deudor de la Seguridad Social.

Pero tal tacha relativa a las conductas de Casimiro no aparece con fuerza suficiente como para desvirtuar las pormenorizadas consideraciones expuestas en las resoluciones impugnadas sobre la apreciación positiva del testimonio prestado por Casimiro.
b.).La escritura mecanográfica de las letras de cambio no coincide con las de los demás documentos aportados, a pesar de que Casimiro afirma que todos fueron redactados en una determinada tienda de cocinas y en la misma máquina de escribir.

Mas aparte de que aquella diferenciación de letras no tenga carácter inequívoco -en un mismo local puede haber más de una máquina de escribir-, no aparece en el acta del juicio que llegara a realizarse prueba pericial sobre la distinción.

CUARTO

En el mismo motivo segundo aduce el recurrente Inocencio que las letras de cambio carecían, por falta de causa, de posibilidad de éxito en un procedimiento judicial, y, en consecuencia, de valor económico; de modo que carece de fundamento el comprender su importe en la determinación de la cuantía de la multa.

Respecto al importe nominal de la dádiva corruptora se ha producido la misma actividad incriminatoria que respecto a los demás extremos de la pretensión punitiva; y no se trata de una cuestión de in dubio pro reo, por cuanto el Tribunal a quo no resolvía en contra del acusado duda alguna del resultado probatorio.

Y, cualquiera fuera la habilidad de las letras de cambio para obtener buen fin dentro de un eventual proceso mercantil, lo que refleja la sentencia es que el importe de las letras aceptadas por Inocencio y entregadas a Casimiro estaba incluido en la dádiva integrante del soborno.
Asímismo en el motivo segundo, termina el recurrente Inocencio impugnando la indemnización establecida. Pero el extremo de la discordancia no aparece planteado ante el Tribunal Superior de Justicia por las partes interesadas. Se trata de una cuestión, nueva desde la perspectiva de dichas partes, que, como tal, ha de ser ahora repudiada.

QUINTO

En el motivo tercero, por infracción de ley, la Defensa de Inocencio denuncia el que se haya aplicado el art. 423.1 CP ( RCL 1995, 3170 y RCL 1996, 777) en relación con el 420.2 cuando los hechos serían subsumibles en el art. 421.

Mas al mismo tiempo el recurrente denuncia que ha sido infringido el principio acusatorio.
No aparece que la condena se separe de las pretensiones punitivas de las partes ni en cuanto a los hechos ni en cuanto a la calificación jurídica.
Y respecto al desacierto de la calificación jurídica, la Defensa trata de basarse en que la conducta que se intentaba conseguir del concejal Casimiro no constituía delito o acto injusto.
Tiene explicado esta Sala (véase la sentencia del 19/12/2000 [ RJ 2000, 10190] ) que:

"Por encima de las disposiciones generales o esenciales de carácter concreto existe, como cúspide del sistema, la fuerza normativa directa que emana del propio texto constitucional y que hace que sus preceptos se conviertan en normas de aplicación inmediata, sin olvidar la fuerza expansiva de los valores superiores de libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político... no se puede olvidar que, como señala el artículo 9.1 del texto constitucional ( RCL 1978, 2836) , los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Más adelante, el mismo precepto recuerda el principio de responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad, de los poderes públicos.-Esta responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad hay que conectarla de manera directa e inmediata con el artículo 23.1 de la Constitución, por el que se proclama el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes líbremente elegidos, en elecciones periódicas por sufragio universal. Esta representación se obtiene mediante el ofrecimiento, a los electores en general, de un programa autónomo o bien integrado dentro de la formación de un determinado partido político y que, en principio, existe un deber de lealtad con los ciudadanos ya que, en caso contrario, se adulteraría el juego limpio y libre del mecanismo de la obtención del voto. Es cierto que nuestro sistema no admite el mandato imperativo, pero ello no es base suficiente para admitir y transigir con cualquier torticera y fraudulenta del cambio de orientación del sentido el voto, en relación con el que originariamente se había solicitado. No se discute la posibilidad de que, en el devenir de la vida política, se produzcan desavenencias en el seno de las formaciones políticas de las que se forma parte o bien un cambio del sentido y de la voluntad política, que sirvió de apoyo para la elección. Ahora bien, esta mutación del signo del voto se debe fundamentar en una comunicación previa, directa y sincera, con los electores o la opinión pública en general y debe obedecer a móviles admisibles en una sociedad democrática. Pero lo que debe ser rechazado, de manera rotunda y tajante, es la intervención de circunstancias bastardas o torticeras que sean la única causa y justificación del cambio del sentido del voto o la utilización de la obtención como elemento favorecedor de otras opciones políticas... el concepto constitucional de cargo público, que garantiza el artículo 23.2 de la Constitución, se caracteriza necesariamente por las ideas de desinterés privado y confianza pública, es decir, por su orientación hacia tareas y responsabilidades distintas de los intereses de quien ocupa el cargo. Actuar en representación de, es el rasgo propio y característico de los que ocupan cargos en el seno de los órganos dirigentes. Los intereses generales del pueblo, se sirven a través de una voluntad oficial y pública y podríamos añadir sincera, en cuanto que se trata de una comisión o encargo, que está revestida de unos caracteres objetivos que deben servir inicialmente a la voluntad de los sujetos representados.-En un sistema democrático representativo, no hay espacio posible para la corrupción que supone la compra de los votos de los representantes elegidos en función de un ideario o programa previo ofrecido con lealtad y compromiso a los electores, por lo que la acción que ha llevado a cabo el recurrente será, en todo caso, injusta aún cuando no constituya una infracción tipificada que conlleve sanción".


La conducta que, mediante contraprestaciones económicas a favor particular de Casimiro, se trataba de obtener de ese concejal consistía en que no estuviera presente en la votación sobre moción de censura, para evitar su éxito. Conducta injusta desde la expresada perspectiva constitucional.

Fue acertada la aplicación del art. 423.1, en relación con el 420 CP.

SEXTO

El motivo cuarto de Inocencio se dice deducido al amparo del art. 846 bis c) LECrim ( LEG 1882, 16) ; pero esa invocación supone confundir el recurso de casación con el recurso de apelación.

Lo que se denuncia es incongruencia omisiva porque en la sentencia del TSJ no hubo pronunciamiento acerca de la aplicación del art. 427 CP ( RCL 1995, 3170 y RCL 1996, 777) ; con lo que se quebrantó la tutela judicial efectiva, cuyo derecho está reconocido en el art. 24 CE.
No ha ocurrido así. En la sentencia del TSJ se dedica el apartado 2 del fundamento jurídico cuarto a motivar detalladamente la razón de que no sea de aplicación la excusa prevista en el art. 427 CP. No se ha producido el vicio a que se refiere el art. 851.3º LECrim, ni se ha quebrantado el derecho a la tutela judicial efectiva. La condena excluyó la aplicación de art. 427 CP, y la exclusión fue adecuadamente motivada.

Y, además, esa motivación se ajusta al factum, cuya solidez de convencimiento no queda afectada por vicio alguno en la obtención o en la aportación de los medios probatorios, como tampoco por irracionalidad en las inferencias.

SÉPTIMO
Al amparo del art. 849.1º LECrim achaca el motivo quinto de Inocencio a la sentencia recurrida el que la atenuante de dilaciones indebidas no fue apreciada, como muy cualificada.

El art. 24 CE reconoce el derecho al proceso sin dilaciones indebidas. Lo que ha de ser interpretado a la luz del art. 6.1 del Convenio Europeo de 1950 ( RCL 1979, 2421) sobre protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, reconocedor del derecho a que la causa sea oída dentro de un plazo razonable.

Y la Jurisprudencia de esta Sala tiene señalado - sentencia 11/12/2006 ( RJ 2006, 9779) y las que cita- que la presencia en el Código Penal de atenuantes, como la 4ª y la 5ª del art. 21, que atienden a factores sobrevenidos al hecho, lleva a entender que una manera adecuada de compensar la vulneración de aquel derecho es apreciar, por razón de analogía, la atenuante de dilaciones indebidas.


En la sentencia del Presidente del Tribunal del Jurado y en la del Tribunal Superior de Justicia se expone cómo, a lo largo de la causa de instancia, las Defensas no especificaron alegaciones ni propusieron pruebas acerca de los factores determinantes de la racionalidad o irracionalidad de la extensión de la tramitación; de manera que las Acusaciones no tuvieron la oportunidad de contradecir con alegaciones o pruebas lo relativo a aquella racionalidad. Y esa falta de oportunidad de contradicción por las Acusaciones llevó a los Tribunales de instancia y de apelación a no apreciar la atenuante; lo que ahora ha de ser aceptado.




Recurso de Alejandro


OCTAVO

El motivo primero del recurso interpuesto por Alejandro parece estar deducido al amparo del art. 849.2º LECrim ( LEG 1882, 16) , aunque su hoja número 4 no ha sido aportada.

Se cita como documento de contraste el escrito de ampliación de denuncia presentado en un Juzgado de Cádiz el 18/10/1999, en cuyo apartado segundo se dice:

"Igualmente en el día de hoy sobre las 10,00 horas se ha efectuado la firma del contrato de trabajo previsto en el Ayuntamiento de Chipiona, cuya copia se aporta como doc. núm. 13.-Documento que se ha firmado en blanco en alguno de sus aspectos y que contiene las firmas del denunciante y de D. Clemente, Alcalde de la Ciudad de Chipiona.-El citado contrato se ha celebrado estando presente en el acto además de los dos firmantes el Alcalde de Sanlúcar D. Alejandro, lo que hace presumir la implicación de las dos instituciones gobernadas por personas pertenecientes al partido socialista".


Y sostiene el recurrente que ese documento acredita que el contrato de trabajo se firmó antes de la reunión del camping, y no en ella como erróneamente se estima probado por los jurados. Y estaba en poder de los miembros del PP denunciantes antes de aquella reunión.
La Jurisprudencia de esta Sala tiene señalada -véanse sentencias de 29/3/2004 ( RJ 2004, 2312) y 5/6/2003 ( RJ 2003, 4295) - la exigencia, para la estimación del motivo, de que: a) los documentos acrediten un dato relevante para el fallo, cool.gif los documentos hayan sido contradichos o ignorados injustificadamente en la relación fáctica de la sentencia, c) aquella acreditación se derive con literosuficiencia de los documentos, sin acudir a argumentaciones más o menos complejas y no inherentes a la literalidad, d) el resultado acreditatorio de esos documentos no haya quedado desvirtuado mediante otros medios probatorios.

Pues bien, lo que lleva a cabo el recurso es emplear argumentaciones que incluyen el valerse de medios personales de prueba, frente a los que existen otros que los contradicen, evaluados por el TSJ en un completo ejercicio de la tutela judicial efectiva dentro del F. tercero 2 y 6 de su sentencia, que ha de aceptarse, al carecer de irracionalidad.

NOVENO

El segundo motivo de Alejandro es deducido al amparo del art. 852 LECrim por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido en el art. 24.1 CE ( RCL 1978, 2836) , al faltar motivación del veredicto y consiguientemente de la sentencia en orden a la "participación" de Alejandro en el delito.

Debemos, como principio, recordar, respecto a la motivación del veredicto, lo que hemos expuesto en el apartado 1 y en el primer párrafo del apartado 2 de esta sentencia.

En el presente caso han de entenderse cumplidos los preceptos legales concernientes a la motivación de las sentencias, porque, en el acta de votación, se detallan, más allá de la mera enumeración, los elementos de convencimiento que se han tenido en cuenta respecto a Alejandro:
"Encontramos contradicciones en relación con la testifical de D. José María y D. Fernando con respecto al acusado. Las numerosas llamadas realizadas a D. Inocencio en los días previos a la moción de censura.-mayor beneficiario si no prosperaba la moción ya que se aseguraba la alcaldía hasta la próxima legislatura.-Al contrario que otros acusados no realizó denuncia alguna a pesar de manifestar en la vista oral que había tenido conocimiento de los hechos llamadas realizadas a Clemente para conseguir el puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Chipiona prometido a D. Casimiro. Testimonio de D. Roberto en el que asegura haberlo visto el día 18 de octubre de 1999 en el camping de Chipiona.-La no pronunciación sobre los hechos ocurridos en su discurso en la moción de censura".


Y porque la sentencia del Magistrado Presidente matiza:

"En cuanto a Alejandro su intervención en los hechos como urdidor del plan se asienta en prueba de cargo más que suficiente no sólo por el valor de las declaraciones de Casimiro y la fuerza incriminatoria de las mismas sino también por el hecho de que el Sr. Alejandro era el primer interesado en que la moción de censura no prosperara, y por las numerosas conversaciones telefónicas mantenidas en la semana de los hechos con Inocencio, que indican claramente cómo su única finalidad era el mantenerse constantemente informado por Inocencio de cómo se iban desarrollando los hechos, y las llamadas telefónicas repetidas a Clemente que no podían tener otra finalidad dentro del tema de la moción de censura que la de conseguir de éste la promesa de un puesto de trabajo para Casimiro en el Ayuntamiento de Chipiona, por la circunstancia de que no obstante conocer los hechos al ser preguntado por el Sr. José María, por entonces alto cargo del PSOE Provincial, la manifestara no saber nada de ellos y por encontrarse presente en el camping de Chipiona el día 18 de octubre".


La primera objeción del recurrente radica en que, entre los medios probatorios, no se citan las declaraciones de Casimiro. Mas, en primer lugar, tengamos en cuenta que ello no excluye la eficacia de los otros medios, pero, además, y como remarca el TSJ, en el acta de votación aparece aceptada la versión de Casimiro.

En cuanto a las bases de los indicios inculpatorios contra Alejandro, critica el recurrente que se haya tenido como probado que Alejandro asistió a la reunión del camping, tomándose para ello la declaración del testigo Roberto, que primeramente lo negó y luego lo afirmó, y no la del testigo Luis Francisco, que siempre lo negó.

El TSJ explica cómo no encuentra razón para apartarse de la evaluación llevada a cabo por el Jurado. Y sigue sin encontrarse ahora, pues si bien Roberto, empleado de mantenimiento en el camping, cambió de versión, dió un motivo creíble sobre esa mutación, mientras que la negación de Luis Francisco, gerente del camping, en concesión del Ayuntamiento, pudo levantar sospechas de parcialidad por su proximidad a uno de los acusados.

Respecto a la base, probada documentalmente, de que Alejandro no denunció los hechos, a pesar de que éste declara que los conocía desde el día 15, aduce el recurrente que ello carece de relevancia porque "ningún sentido tenía presentar una denuncia cuando ya lo había hecho el Sr. Inocencio...". Pero tengamos presente que la denuncia por parte de los miembros del PSOE no fue presentada hasta el día 18; por lo que el razonamiento del recurrente carece de solidez.

En cualquier caso los indicios con base directamente acreditada no son uno o dos sino una pluralidad confluyente, expuesta en el acta de votación y matizada por el Magistrado Presidente.

Y la Jurisprudencia reconoce la eficacia probatoria de la prueba indiciaria si: a) el indicio no es único (salvo que sea de extraordinaria significación), b.) los hechos base estén directamente acreditados, c) se exprese la ilación de la inferencia, en esa ilación no se haya producido quebrantamiento de pautas derivadas de la experiencia general, normas de la Lógica o principio o reglas de otra ciencia. Véanse sentencias de 5/9/2000 ( RJ 2000, 7923) y 31/3/2004 ( RJ 2004, 2322) , TS.
En conclusión, no cabe apreciar que los Tribunales a quo hayan dejado de explicar o de justificar el apoyo fáctico de la condena recaída sobre Alejandro.

DÉCIMO

El tercer motivo de los esgrimidos por Alejandro lo ha sido al amparo del art. 849.1º LECrim ( LEG 1882, 16) , por haberse aplicado indebidamente el art. 423.1 en relación con el 420 CP ( RCL 1995, 3170 y RCL 1996, 777) , en vez del art. 421; y aduce el recurrente que, no existiendo un mandato imperativo, la conducta que se solicitaba del concejal Casimiro no era un acto injusto, pues podía optar por cualquier sentido de su voto, incluso la abstención mediante la no asistencia.

Pero hemos recordado más arriba, en el punto quinto, que el ejercitar las tareas esenciales de un concejal, como es del decidir el resultado de una moción de censura, si se hace por motivaciones espúreas, cuales las de obtener compensaciones económicas torticeras, encierra un acto constitucionalmente injusto.

Y, así las cosas, la conducta del corrompido, aunque sea de abstención, ha de ser incluida en el art. 420 y la del corruptor en el 423; quedando reducidas las abstenciones incluibles en el art. 421 a las que no constituyan delito o conducta injusta.




Recurso de Clemente

UNDÉCIMO


Aduciendo el amparo de los arts. 849.1º y 852 LECrim ( LEG 1882, 16) , deduce el recurrente Clemente un motivo primero cuya motivación distribuye en varios capítulos: I. Provocación para delinquir, II. Inexistencia de delito por inidoneidad, III. Inexistencia de delito de cohecho, IV. Inexistencia de la agravante del art. 22.7ª CP ( RCL 1995, 3170 y RCL 1996, 777) , V. Improcedencia de la condena a la pena accesoria de inhabilitación especial. Un segundo motivo relativo a la vulneración del derecho a la presunción de inocencia.
Examinaremos si ha de mantenerse el factum, como la dificultad que implica el que, en algunos de los capítulos, se entremezclan extremos relativos a la prueba con otros concernientes a la calificación jurídica.

DUODÉCIMO

En lo que concierne al motivo que encabeza como referente a la presunción de inocencia aduce el recurrente la falta de prueba sobre dos aspectos: a) que Clemente haya firmado contrato de trabajo alguno, b.) que Alejandro o cualquiera de los otros acusados mantuvieran conversaciones con Clemente acerca de sumas económicas ofrecidas a Casimiro.

El aspecto a) enlaza con el motivo primero, capítulo II; porque en ese capítulo II sostiene el recurrente que no pude apreciarse la existencia de dádiva o promesa, debido a que el documento del folio 33, firmado por él y por Casimiro, no encierra un contrato de trabajo, y, en el aspecto a) del motivo segundo, mantiene que no rechaza que la firma obrante en ese escrito sea de Clemente pero niega que encierre contrato de trabajo alguno.

Sobre que Clemente firmó el documento de folio 33, aparte de que ahora se expresa que no se rechaza tal firma, el acta de votación alude a contradicciones entre las llamadas realizadas por Alejandro a Clemente, para conseguir el puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Chipiona prometido a Casimiro, y las negaciones del acusado; la sentencia del Magistrado-Presidente matiza que la entrega por Clemente del modelo de contrato de trabajo es declarado por Casimiro, y que el hecho de esa entrega aparece reforzada por el modelo en sí, en el que figura la firma de Clemente y el sello del Ayuntamiento. El TSJ llama la atención sobre el dictamen pericial respecto a que el escrito fue firmado por Clemente alrededor del 18 de octubre y sobre la prueba testifical acerca de la asistencia de Clemente a la reunión del camping de Chipiona.
Ciertamente que el escrito del folio 33 es un impreso-modelo, cuyos campos están sin cubrir, no conteniendo sino las firmas de Casimiro, como trabajador, y de Clemente, por la empresa, y el sello de la Alcaldía-Presidencia de Chipiona y que, probadamente, esa contratación exigiría una tramitación no efectuada; por lo que no nos hallamos ante un contrato de trabajo perfeccionado. Pero ello no excluye la existencia de la promesa de un puesto de trabajo a que el factum se refiere; y los jurados dan por probado que, concertado con otros acusados, Clemente conocía las contrapartidas económicas que se aportaban a Casimiro por su cooperación al fracaso de la moción de censura en el Ayuntamiento de Sanlúcar.

Por lo demás constan desde el acta de votación hasta la sentencia del Presidente-Magistrado los elementos probatorios concernientes a aquella concertación.

Concertación extendida no sólo a la facilitación de un puesto de trabajo sino también a otros beneficios económicos; por lo que no cabe acoger la alegación del acusado en orden a que no puede existir delito de cohecho por no existir valor económico en la prestación corrupta. Sí existió ese valor, aun negándoselo al esbozo laboral.

DECIMOTERCERO

En el capítulo I del motivo primero se refiere el recurrente a la existencia de un delito provocado, porque, en el supuesto de ser cierta la versión que de los hechos da Casimiro, él habría incitado a Clemente a facilitarle el contrato de trabajo.
De ser cierta la existencia de la incitación por Casimiro o por sus compañeros del PP a Clemente para que éste facilitara el contrato de trabajo, hasta el extremo de que se impidiera la evolución libre de la voluntad del acusado Clemente, nos hallaríamos ante un delito provocado que excluiría, en cuanto al contrato, la tipicidad de la conducta de ese inculpado.

Pero el factum no refleja tal incitación, sino la iniciativa de Clemente y sus compañeros.
El recurso lo que pretende es modificar el resultado probatorio, aduciendo que Casimiro o personas de su entorno tenían el documento del folio 33, el modelo de contrato de trabajo, antes del día 18, para lo que parte de los apartados primero y segundo del escrito de ampliación de denuncia, encabezado por Casimiro y presentado el 18/10/1999, que dicen:

"Primero.- En el día de ayer como se tenía concertado el denunciante efectuó el canje del documento aportado como núm. 1 a las presentes diligencias, por la cantidad que faltaba para el cumplimiento del trato, importando la misma 7.000.000 de ptas., cantidad que hizo efectiva el Secretario de Organización del partido Socialista Obrero Español de Sanlúcar de Barrameda.-Cantidad ingresada en la cuenta de consignaciones y depósito del Juzgado. Se aporta justificación de ingreso como doc. núm. 12.-Segundo.- Igualmente en el día de hoy sobre las 10,00 horas se ha efectuado la firma del contrato de trabajo previsto en el Excmo. Ayuntamiento de Chipiona, cuya copia se aporta como doc. núm. 13.-Documento que se ha firmado en blanco en algunos de sus aspectos y que contiene las firmas del denunciante y de D. Clemente, Alcalde de la Ciudad de Chipiona.-El citado contrato se ha celebrado estando presente en el acto además de los dos firmantes el Alcalde de Sanlúcar D. Alejandro, lo que hace presumir la implicación de las dos instituciones gobernadas por personas pertenecientes al Partido Socialista".


A lo que añade el recurrente las siguientes argumentaciones:

"Este relato parecería absolutamente intranscendente desde el punto de vista jurídico si no fuera por una circunstancia probada en las actuaciones: desde que dice Don Casimiro que salió de la pretendida reunión en el camping de Chipiona, no habló por teléfono con nadie y que después de recoger a D. Héctor en Rota, tampoco hablaron con ninguna persona, ni personal ni telefónicamente.-Si ello lo conjugamos con el hecho de que se iban a reunir en el Ayuntamiento de Chipiona (así lo ratificó, además del Sr. Casimiro, la testigo Ariadna) y que desconocía el modo en que si iba a materializar el contrato de trabajo, resulta absolutamente imposible que pudiera conocerse -tal como se dice en el escrito de ampliación de la denuncia a que nos referimos- antes de la vista del documento (lo que se produjo sobre las 13,00 horas) que el que se le iba a entregar se hubiera "firmado en blanco en algunos de sus aspectos". Ello sólo puede entenderse si ese documento se hubiera tenido a la vista al redactar la denuncia, es decir, antes de la presunta reunión en el camping.- Lo que decimos es lo único que puede explicar que se diga en el mencionado Hecho Primero que recibió siete millones de pesetas en metálico (tal como se había convenido el sábado) e inmediatamente se realice una Comparecencia para cambiar la propia redacción del escrito y decir que la cantidad ser percibió de manera diversa a como se acababa de redactar. Todo cuanto antecede sólo puede justificarse en que la denuncia se redactar antes de la reunión que se dice mantenida en el camping. Pero la conclusión es también otra: si al redactarse la denuncia se conocían todas las características del documento del INEM, !este existía en poder de los denunciantes antes del día 18 de octubre de 1999!...si no hubo comunicación entre las partes después de concluida la reunión, tampoco pudo haber conocimiento del documento expresado".


Pero tales razonamientos carecen de consistencia como para destruir la estructura del relato contenido en el acta de votación y en la sentencia del Tribunal del Jurado, respecto a cuya racionalidad del TSJ expone explicación y justificación el F. tercero 3 y 6.

DECIMOCUARTO

En el capítulo III del primer motivo se vuelve sobre la inexistencia del delito de cohecho previsto en el art. 423 CP ( RCL 1995, 3170 y RCL 1996, 777) .

Por una parte se aduce que no podría ser calificada de injusta la conducta que se pretendía de Casimiro, porque cuando un miembro de la Lista de un partido es elegido para el cargo que se presenta es el titular único del escaño; no existiría ilicitud alguna en el comportamiento de Casimiro y "no corresponde a la Judicatura llenar los vacíos legales que produce la voluntaria pasividad del Poder legislativo".
Tal extremo ha tenido cumplida respuesta en el apartado 5 de esta sentencia.
Por otro lado se aduce que, de existir delito, debería ser incluido en el art. 421 CP.
Pero esa cuestión ha sido dilucidada en el apartado 10.

DECIMOQUINTO

Dentro asimismo del motivo primero, en su capítulo IV, denuncia el recurrente Clemente la indebida aplicación de la agravante 7ª del art. 22 CP; para lo que se aduce que en la firma del contrato de trabajo aquel acusado no se prevalecía de su cargo de alcalde, dada la legal inutilidad de lo firmado.

Pero el factum revela que la incorporación del Alcalde de Chipiona a la maquinación colectiva fue por las aportaciones que pudieran llevar a cabo en razón de su cargo y que firmó el documento como alcalde y en garantía del cumplimiento de que Casimiro iba a entrar a trabajar en el siguiente mes de febrero en el Ayuntamiento de Chipiona. No se trataba, así pues, de un acto baladí (aunque, como declara la testigo secretaria general del Ayuntamiento de Chipiona, el personal de confianza no se enrola mediante contrato sino por decreto del alcalde).

DECIMOSEXTO
En el capítulo V de su primer motivo denuncia el recurrente Clemente que se ha impuesto indebidamente la pena de inhabilitación especial.
Pero ello supone desconocer lo establecido en el art. 56.1.3º CP, cuya aplicación justifica expresamente la sentencia del Jurado.




Recurso de Enrique



DECIMOSÉPTIMO

El primer motivo del recurso formulado por Enrique, condenado en la sentencia de apelación no ya como autor sino como cómplice del delito de cohecho, ha sido deducido al amparo del art. 5 LOPJ ( RCL 1985, 1578, 2635) por falta de motivación en relación con los arts. 120 y 24 CP (sin duda quiere referirse a la CE [ RCL 1978, 2836] ).

La mayor parte del desarrollo del motivo coincide con el deducido para Inocencio. Y respecto a las generalidades debemos remitirnos a lo expuesto en los apartados 1 y 2 de los F. de esta sentencia.


Por lo que concierne particularmente a Enrique, en el acta de votación se detallan, más allá de la mera enumeración, los elementos de convencimiento que se han tenido en cuenta respecto al acusado que ahora nos ocupa:

"Relativos a D. Enrique encontramos contradicciones con las declaraciones prestadas por los demás acusados.-La mayor parte de las reuniones entre D. Inocencio y D. Casimiro se realizaron en un local de su propiedad (Lumicocinas) estando presente en éste.-Testigos que apoyan que cuando D. Casimiro estaba poniendo la denuncia el domingo 17 de octubre de 1999 en el Juzgado de instrucción núm. 4 de Cádiz recibió una llamada del acusado para confirmarle la reunión que se realizaría esa misma tarde Diferentes llamadas realizadas desde lumicocinas en los días próximos a la moción de censura a su primo D. David, éste también acusado".


Y la sentencia del Magistrado-Presidente matiza:


"En cuanto a Enrique, la prueba de cargo contra el mismo acreditativa de que cooperó a la comisión del cohecho con hechos imprescindibles para el mismo, reside en que conociendo el plan tramado puso en contacto a Casimiro con Inocencio, tal como éste la había encargado les facilitó su local para las entrevistas, estuvo presente en el mismo mientras éstas se celebraban y llamó en la tarde del 17 de octubre a Casimiro, cuando éste se encontraba precisamente en el Juzgado denunciando los hechos, para confirmarle la reunión y la aclaradora manifestación que él mismo hizo al decir en su declaración que Casimiro fue no el emisor sino el receptor de la llamada y cuando estaba en el Juzgado por lo que mal podía ser él quien diera tal encargo sobre la letra. En definitiva no puede aceptarse, pues contrario a toda lógica resulta que Enrique cuando se trataba entre Inocencio, alto cargo del PSOE en Sanlúcar y Casimiro, concejal del PP en la localidad, de la moción de censura planteada por los concejales de este último partido y por el PSA contra el Alcalde, del PSOE se mantuviera una entrevista casi diaria durante la semana anterior a la moción y conociendo que se iba a entregar una letra, no pensara que la letra, cuya naturaleza de medio de pago tenía que conocer sobradamente por su profesión de industrial, estaba destinada a pagar algún servicio relacionado con la moción de censura y que quien iba a pagar el servicio era quien le había encargado ponerle en contacto con Casimiro y a quien aquella noche del domingo 17 llevó la letra a la entrevista en el comercio LumiCocinas, es decir, Inocencio".


El TSJ, al resolver el recurso de apelación, si bien reduce la participación a complicidad, expone:

"En idénticos términos a la redacción del motivo séptimo del recurso del Sr. Inocencio, ya estudiado y resuelto, la representación del Sr. Enrique se limita a afirmar que su defendido lleva un modo de vida honrado y a exponer la doctrina jurisprudencial sobre el alcance de la presunción de inocencia, sin ni siquiera intentar valorar la suficiencia o insuficiencia de las pruebas de cargo enumeradas en el veredicto y en la sentencia, y que son particularmente elocuentes sobre la participación del Sr. Enrique en los hechos enjuiciados, sin perjuicio de la valoración técnica o calificación que haya de darse a dicha participación, como después se analizará. Debe, pues, desestimarse por completamente inconsistente este motivo impugnativo".




Ante todo ello no cabe apreciar déficit de motivación en las resoluciones.

DECIMOCTAVO

En su segundo motivo, deducido al amparo del art. 5.4 LOPJ ( RCL 1985, 1578, 2635) , denuncia Enrique el haberse vulnerado el art. 24 CE ( RCL 1978, 2836) en orden a la presunción de inocencia, si bien entre paréntesis cita el in dubio pro reo.
En cuanto concierne a las generalidades sobre la presunción de inocencia hemos de remitirnos a lo expuesto en el apartado 3.
A los medios probatorios que enervan la presunción de inocencia de Enrique nos hemos referido en el apartado anterior. Y no aparece duda alguna en los tribunales que éstos hayan resuelto en contra del acusado.

DECIMONOVENO

Dentro del motivo tercero viene a denunciar el recurrente Enrique infracción de Ley "ya que la sentencia ha condenado conforme a la acusaciones por delito de cohecho de los artículos 423.1 CP ( RCL 1995, 3170 y RCL 1996, 777) en relación con el 420.2 del mismo texto punitivo siendo los hechos en todo caso presumidos en el tipo del art. 421 CP y consecuentemente vulnerándose el principio acusatorio".
Aduce, en primer lugar, el recurrente que no puede ser condenado como autor. Mas ya lo ha considerado así el TSJ al hacerlo como mero cómplice. Sin que para ello se haya apartado sustancialmente en la parte fáctica de las acusaciones.
Sostiene el recurrente que no estaba al tanto de lo que se fraguaba; ello no respeta el factum, cuyo mantenimiento hemos explicado y justificado.

Asímismo aduce el recurrente que, de admitir que los hechos están probados, la conducta que se pretendía de Casimiro era de abstención, y quedaría incluida en el art. 421; aunque también argumenta que, dada la composición del Ayuntamiento, la abstención hubiera sido inútil.
Mas la conducta que se planeaba era injusta, según hemos reiteradamente dicho.

VIGÉSIMO

El motivo cuarto del recurso interpuesto por Enrique está dedicado, al amparo del art. 849.1º LECrim ( LEG 1882, 16) , a la no aplicación de la atenuante del art. 21.6 CP, como muy cualificada, por dilaciones indebidas.
El desarrollo coincide con el efectuado en el motivo quinto de Inocencio. Y a lo expuesto para él hemos de remitirnos.
21. El motivo quinto se encabeza literalmente con la siguiente redacción:

"Por infracción al amparo del art. 5.4 LOPJ ( RCL 1985, 1578, 2635) en relación con el art. 14 CE ( RCL 1978, 2836) al haberse condenado a la pena de multa de trescientos sesenta mil euros en superior cuantía que la impuesta a dos de los acusados".
La pena impuesta a Enrique no ha sido de 300.000 sino de 180.000 euros.
Y, por lo que respecta a las de 30.000 euros impuestas a David y a Bartolomé, la diferencia con la impuesta a Enrique aparece justificada por los distintos ámbitos económicos a que abarcan las conscientes actuaciones corruptoras de uno y otros.
21. Todos los motivos han de ser desestimados. Y, con arreglo al art. 901 LECrim ( LEG 1882, 16) , declararse no haber lugar a los recursos, imponerse las costas a los respectivos recurrentes, incluidas las de las Acusaciones Particulares.

III. FALLO

Que debemos declarar y declaramos no haber lugar a los recursos de casación que, por vulneración constitucional e infracción de ley, han interpuesto Inocencio, Alejandro, Clemente y Enrique contra la sentencia dictada, el 23/2/2007 , por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo recurso de apelación contra la sentencia dictada, el 16/5/2006 ( PROV 2007, 20018) , por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz, en causa sobre cohecho. Y se imponen a los recurrentes las costas de sus respectivos recursos (incluidas las de las Acusaciones Particulares).

Notifíquese la presente resolución al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Civil y Penal, de procedencia, con devolución de la causa que en su día remitió, interesando acuse de recibo para su archivo en el Rollo.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la Colección Legislativa lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Andrés Martínez Arrieta. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca. Siro-Francisco García Pérez.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado Ponente Excmo. Sr. D. Siro Francisco García Pérez, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha la Sala Segunda del Tribunal Supremo, de lo que como Secretario certifico.

Thomson Aranzadi
Maripili
CITA
Caso Sanlúcar, una sentencia pionera

LA Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a dos años de prisión, diez años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y al pago de una multa de 370


ABCdeSevilla
18-5-2006 08:33:32



LA Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a dos años de prisión, diez años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y al pago de una multa de 370.600 euros al ex alcalde socialista de Sanlúcar de Barrameda, Agustín Cuevas, por el denominado «Caso Sanlúcar», en el que se intentó sobornar a un concejal del PP, Manuel Ramírez, en 1999 para evitar que prosperase una moción de censura contra el alcalde socialista. Asimismo, han sido condenados el ex alcalde socialista de Chipiona Luis Mario Aparcero; el secretario de Organización del PSOE de Sanlúcar, Rafael García Raposo, y otros cuatro imputados, mientras queda absuelto el ex edil del PP del supuesto delito de cohecho que le imputaba la acusación particular de García Raposo que defendía que fue Ramírez quien se ofreció al soborno. La sentencia, que será recurrida, es pionera en la condena de supuestos delitos de cohecho y tráfico de influencias de políticos ya que, por primera vez, un jurado popular toma cartas en un asunto de gran trascendencia en su momento y que supuso un verdadero calvario para Manuel Ramírez «Cunete», el concejal del PP que se atrevió a denunciar los hechos. Cabe esperar que este tipo de sentencias hagan reflexionar a los partidos políticos y que actuaciones como las ocurridas en 1999 en Sanlúcar de Barrameda no vuelvan a producirse en el futuro.

http://www.abcdesevilla.es/hemeroteca/hist...1611580610.html





CITA
El PP pide que también se impute por cohecho en el "caso Sanlúcar" al cuñado del socialista García Raposo


JAVIER BENÍTEZ - Jerez

EL PAÍS - Andalucia - 11-01-2000



El Juzgado de Instrucción número 2 de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) reanudó ayer las diligencias previas que se siguen por el supuesto intento de soborno a un concejal del PP. El conocido como caso Sanlúcar siguió ayer con las declaraciones, como testigos, de Fernando Moreno, cuñado del ex secretario de organización del PSOE local, Rafael García Raposo, y de la presidenta provincial del Partido Popular, María José García Pelayo. Moreno es el propietario de la tienda de cocinas donde, supuestamente, tuvieron lugar los encuentros entre García Raposo y el edil popular Manuel Ramírez durante la primera quincena del pasado mes de octubre. El PP pidió su imputación en el caso. La acusación particular del PP defiende que Moreno fue cooperador necesario en el intento de soborno a Manuel Ramírez. Según José Loaiza, abogado del Partido Popular, el cuñado de García Raposo estuvo al tanto en todo momento de las conversaciones que el ex dirigente socialista y el concejal popular mantuvieron. El letrado del PP obtuvo el apoyo de la defensa de Manuel Ramírez en su solicitud de imputación para Fernando Moreno, mientras que el fiscal pidió la suspensión de la declaración como testigo para proceder en los próximos días, posiblemente el lunes, a una audiencia preliminar.

Juan Pedro Cosano, abogado defensor de Ramírez encontró también en la declaración como testigo del cuñado de García Raposo una clara implicación en los hechos del alcalde de Chipiona, Luis Mario Aparecero. "El señor Moreno reconoce que la reunión que se iba a celebrar en Sanlúcar se cambia y llama a Manuel Ramírez diciéndole que la reunión va a ser en Chipiona; por tanto hay un dato más que apunta a la relación del señor Aparcero en estos hechos".

La acusación particular del PSOE, representada por la letrada Teresa Agudo, llamó la atención, por su parte, en un pasaje de la declaración de Fernando Moreno en la que éste aseguró que fue Manuel Ramírez quien le pidió el número de teléfono de su cuñado, Rafael García Raposo, para iniciar los contactos con él.

La presidenta provincial del PP en Cádiz, María José García Pelayo, declaró que conoció los hechos el domingo 17 de octubre por la mañana. La dirigente popular arremetió, tras finalizar su comparecencia como testigo, contra los altos cargos del PSOE
.



http://www.elpais.com/articulo/andalucia/G...11elpand_6/Tes/




Todos los motivos han de ser desestimados. Y, con arreglo al art. 901 LECrim ( LEG 1882, 16) , declararse no haber lugar a los recursos, imponerse las costas a los respectivos recurrentes, incluidas las de las Acusaciones Particulares.
Francisco Alegre
CITA
Los ex alcaldes condenados por el 'caso Sanlúcar' anuncian que recurrirán


F. J. ROMÁN
El Puerto

EL PAÍS
19-05-2006



El ex alcalde de Sanlúcar de Barrameda Agustín Cuevas y el de Chipiona Luis Mario Aparcero, condenados por el caso Sanlúcar, el intento de soborno a un concejal del PP en 1999, reiteraron ayer su inocencia, anunciaron que recurrirán y calificaron de "injustas" las penas. El primero ha sido condenado a dos años de cárcel, diez de inhabilitación para cargo público y 360.000 euros de multa. El segundo a un año y medio de prisión, cinco de inhabilitación y el pago de una sanción de 360.000 euros.

El abogado de Cuevas, Fernando Serrano, aseguró ayer que "llama la atención" que el juez haya denegado la suspensión de la condena en tanto la sentencia no sea firme.


Por su parte, Aparcero, que ahora deberá abandonar su trabajo como profesor por quedar inhabilitado para desarrollar cargos en la función pública, declaró ayer: "Es muy injusto que toquen mi vida personal y profesional. Eso supondría la destrucción de mi vida y la de mi familia, después de 20 años de servicios a mi ciudad por una asunto del que soy inocente y no tengo nada que ver".




http://www.elpais.com/articulo/andalucia/e...19elpand_7/Tes/




CITA
Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1ª).

Sentencia núm. 1125/2007 de 12 diciembre

RJ\2008\1559


COHECHO: Dádivas o promesas para corromper a las autoridades o funcionarios públicos: existencia: favores a concejal para que no estuviera presente en la votación sobre moción de censura, para evitar su éxito.



Jurisdicción: Penal

Recurso de Casación núm. 752/2007

Ponente: Excmo Sr. siro francisco garcía pérez



El TS declara no haber lugar a los recursos de casación interpuestos contra la Sentencia dictada el 23-02-2007, por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.



... Tercero.- Con fecha 16/5/2006, el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente dictó sentencia en la que, acogiendo el veredicto del Jurado, se hizo el siguiente pronunciamiento sobre los hechos, que transcribimos literalmente:


"A). El Jurado ha declarado, en relación con Inocencio, probados por unanimidad los siguientes hechos:


HECHO NÚM. 1.- El día 5 de octubre de 1999 por los Grupos del Partido Popular y del Partido Andalucista del Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda se planteó una moción de censura contra el Alcalde Don Alejandro, perteneciente al Partido Socialista Obrero Español.-


HECHO NÚM. 2.- Don Inocencio, a la sazón Secretario de Organización del Comité Local del Partido Socialista Obrero Español en Sanlúcar de Barrameda, decidió sobornar a Don Casimiro, entonces Concejal del Partido Popular en el Ayuntamiento de dicha localidad, a fin de que este no apoyara la moción de censura.-


HECHO NÚM. 3.- El soborno de Don Casimiro fue decidido por Don Inocencio conforme a un plan de actuación urdido con otras personas.-


HECHO NÚM. 4.- En la primera entrevista que Don Inocencio había logrado concertar a través de un tercero con Don Casimiro, y que se celebró el domingo día 10 de mismo octubre en el establecimiento "Lumi Cocinas" de Sanlúcar, Don Inocencio comentó a Don Bartolomé lo inconveniente de la moción de censura ya que iba a significar un gran perjuicio para la ciudad.-


HECHO NÚM. 5.- En la siguiente reunión, celebrada el miércoles día 13 de octubre, Don Inocencio siguió intentando convencer a Don Casimiro diciéndole que no contaba nada en el Partido Popular y que iban a prescindir de él y que debía aprovechar la ocasión del tren que pasaba por su vida para resolver ésta de manera definitiva.-


HECHO NÚM. 6.- Posteriormente Don Inocencio valiéndose del conocimiento y de la relación que mantenía con el Alcalde de Chipiona, Don Clemente, por ser el primero Secretario del Comité Local del Partido Socialista Obrero Español en Sanlúcar de Barrameda y el segundo cargo electo de dicho Partido, le comunicó su plan respecto Don. Casimiro a fin de ofrecer a éste un puesto de trabajo dependiente del Ayuntamiento de Chipiona.-


HECHO NÚM. 7.- En la reunión celebrada en "Lumi Cocinas" el jueves día 14 de octubre entre la 23.30 y las 24,00, Don Inocencio ofreció a Don Casimiro a cambio de no apoyar la moción de censura la suma de 40.000.000 de pesetas, una vivienda, así como un puesto de trabajo indefinido en el Ayuntamiento de Chipiona y ser Coordinador de Fiestas de ese municipio del año 2000.-


HECHO NÚM. 8.- Una vez que Don. Casimiro le comunicó su aceptación, Don Inocencio llamó por teléfono a Don Alejandro para informarle al respecto y tras la conversación Inocencio le dijo a Casimiro que Alejandro le había manifestado su intención de buscar el dinero.-


HECHO NÚM. 9.- El viernes día 15 de octubre volvieron a reunirse Don Inocencio y Don Casimiro, proponiendo el primero sustituir, para no dejar huellas del pacto acordado, la entrega de la casa por la de 10.000.000 de pesetas, con lo que la operación se redondeaba en 50.000.000 de pesetas, aceptando el segundo.-


HECHO NÚM. 10.- Luego de la aceptación por Don Casimiro, Don Inocencio realizó varias gestiones hasta conseguir de terceras personas la suma de 12.910.000 pesetas, así como un cheque bancario por importe de 5.000.000 de pesetas.-


HECHO NÚM. 11.- En la noche del sábado 16 de octubre Don Inocencio entregó a Don Casimiro una bolsa con 12.910.000 de pesetas.-


HECHO NÚM. 12.- Le entregó un cheque bancario al portador del Banco de Santander de 5.000.000 de pesetas y nueve letras de cambio por él aceptadas por un valor total de 25.000.000 de pesetas.-


HECHO NÚM. 13.- Al manifestar Don Casimiro que faltaban siete millones de pesetas de los cincuenta comprometidos, Don Inocencio llamó por teléfono Don. Alejandro para informarle de tal circunstancia.-


HECHO NÚM. 14.- En aquella misa reunión firmaron ambos un documento en el que Don Inocencio, como representante del PSOE, garantizaba a Don Casimiro un contrato de trabajo por tiempo indefinido desde el 2 de noviembre de 1999 hasta el mismo día de 2002, un puesto preferente en la candidatura del PSOE a las Elecciones Municipales de 2003 así como la integración en el Grupo Mixto Municipal de Sanlúcar de Barrameda y el cargo de Delegado de Fiestas del Ayuntamiento de dicha localidad, comprometiéndose Don Casimiro a votar con el equipo de gobierno.-


HECHO NÚM. 15.- En la tarde del domingo día 17 de octubre, estando en el Juzgado de Guardia de Cádiz, Don Casimiro atendió en su teléfono móvil una llamada en la que un tercero, que actuaba en nombre de Don Inocencio, le comunicaba que esa misma noche recibiría otra cantidad en metálico y una nueva letra de cambio hasta completar la total suma prometida.-


HECHO NÚM. 16.- El mismo día 17, por la noche, en una nueva reunión en "Lumi Cocinas", Don Inocencio entregó a Don Casimiro 2.490.000 pesetas en metálico.-


HECHO NÚM. 17.- Le entregó una letra de cambio de 4.000.000 de pesetas, prometiéndole que las 500.000 pesetas restantes se le entregarían al día siguiente con dos billetes de avión para que se marchara a Lisboa y permaneciera en dicha localidad el día 19 de octubre, con el objeto de que al no asistir a la moción de censura prevista para tal día..-


HECHO NÚM. 18.- El lunes, día 18 de octubre, Don Inocencio y Don Casimiro se entrevistaron de nuevo en una reunión, a la que asistieron otras personas, celebrada en un camping de Chipiona, y en ella Don Inocencio ofreció pagar las 500.000 pesetas restantes a la vuelta de Lisboa, aceptando dicha proposición Don Casimiro.-


HECHO NÚM. 19.- En la misma reunión Don Inocencio le entregó a Don Casimiro dos billetes de avión con destino a Lisboa.-


HECHO NÚM. 20.- El importe de los billetes fue satisfecho por Don Inocencio luego de sacar dinero de una cuenta bancaria de su propiedad.-



B.) El Jurado ha declarado, respecto de Alejandro, PROBADOS por unanimidad los siguientes hechos:.-



HECHO NÚM. 30.- El día 5 de octubre de 1999 por los Grupos del PP y del PA en dicho Ayuntamiento se planteó una moción de censura contra el Alcalde Don Alejandro.-


HECHO NÚM. 31.- Don Alejandro, Alcalde de Sanlúcar, contra el que se había formalizado la moción de censura planeó con Don Inocencio una estratagema para corromper a Don Casimiro ofreciéndole determinados beneficios económicos en orden al fracaso de la moción de censura.-


HECHO NÚM. 32.- Don Alejandro convino con Don Inocencio que éste se encargaría de llevar a efecto los contactos personales con Don Casimiro en ejecución del plan concebido por ambos.-


HECHO NÚM. 33.- D. Alejandro, valiéndose del conocimiento y de la relación que mantenía con el Alcalde de Chipiona, D. Clemente, por ser ambos alcaldes de municipios limítrofes pertenecientes al Partido Socialista Obrero Español, comunicó su plan respecto Don. Casimiro a fin de ofrecer a éste un puesto de trabajo dependiente del Ayuntamiento de Chipiona.-


HECHO NÚM. 34.- En ejecución de dicho plan Don Inocencio ofreció, a cambio de votar en contra de la moción de censura, a Don Casimiro cuarenta millones de pesetas, una vivienda -luego sustituida por diez millones más de pesetas- y un puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Chipiona.-


HECHO NÚM. 35.- Una vez que Don Inocencio le comunicó que Don Casimiro había aceptado la anterior proposición, Inocencio le dijo a Inocencio que Don Alejandro le manifestó su intención de buscar el dinero necesario.-


HECHO NÚM. 36.- Tras una reunión mantenida entre Don Inocencio y Don Casimiro el sábado día 16 de octubre, Don Inocencio llamó a Don Alejandro para comunicarle que Don Casimiro reclamaba los siete millones que faltaban, indicándole Don Alejandro que le dijera que en ese momento no era posible obtenerlos y que al día siguiente se los darían.-


HECHO NÚM. 37.- El lunes, día 18 de octubre, Don Alejandro participó en una reunión con Don Inocencio y Don Casimiro, a la que asistieron otras personas, celebrada en un camping de Chipiona, y en ella Don Inocencio ofreció pagar 500.000 pesetas restantes del total de cincuenta prometidos a la vuelta del viaje que había de realizar a Lisboa Don Casimiro, aceptando éste dicha proposición.-


HECHO NÚM. 38.- En la misma reunión Don Inocencio, en presencia de Don Alejandro, le entregó a Don Casimiro dos billetes de avión con destino a Lisboa.-


HECHO NÚM. 39.- En dicha reunión Don Casimiro firmó una nota, que, ya redactada, le fue entregada en aquél momento por Don Inocencio o alguna otra persona de la reunión con el asentimiento de este, dirigida a los medios de comunicación explicando su postura respecto de la moción de censura y un documento comunicando al Alcalde y al Secretario del Ayuntamiento de Sanlúcar su pase al Grupo Mixto de la Corporación.-



C) El Jurado ha declarado, respecto de Clemente, PROBADOS por unanimidad, los siguientes hechos:-



HECHO NÚM. 47.- Don Inocencio, Secretario de Organización del Comité Local del Partido Socialista Obrero Español en Sanlúcar de Barrameda comunicó a Don Clemente, Alcalde de Chipiona, el plan concebido para hacer fracasar la moción de censura presentada contra el Alcalde de Sanlúcar mediante el ofrecimiento de determinados beneficios a Don Casimiro.-


HECHO NÚM. 48.- Don Alejandro, Alcalde de Sanlúcar, comunicó a Don Clemente, Alcalde de Chipiona, el plan concebido para hacer fracasar la moción de censura presentada contra el Alcalde de Sanlúcar mediante el ofrecimiento de determinados beneficios a Don Casimiro.-


HECHO NÚM. 49.- A través de las anteriores conversaciones, y valiéndose sus comunicantes del conocimiento y de la relación que mantenían con él por ser integrantes y tener responsabilidades en el Partido Socialista Obrero Español, le solicitaron que facilitara a Don Casimiro un puesto de trabajo dependiente del Ayuntamiento de Chipiona.-


HECHO NÚM. 50.- Don Clemente consintió la solicitud relativa a que se facilitara a Don Casimiro un puesto de trabajo dependiente del Ayuntamiento de Chipiona, concretamente como Coordinador de Fiestas de dicho Ayuntamiento.-


HECHO NÚM. 50 bis.- Don Clemente conocía que Don Casimiro había recibido oferta económica para no votar en la moción de censura contra el alcalde de Sanlucar.-


HECHO NÚM. 51.- El lunes, día 18 de octubre, Don Clemente participó en una reunión con Don Inocencio, Don Alejandro y Don Casimiro, celebrada en un camping de Chipiona, y en ella Don Inocencio ofreció pagar 500.000 pesetas restantes del total de cincuenta prometidos a la vuelta del viaje que había de realizar a Lisboa Don Casimiro, aceptando éste dicha proposición.-


HECHO NÚM. 52.- En la misma reunión Don Inocencio, en presencia de Don Clemente, le entregó a Don Casimiro dos billetes de avión con destino a Lisboa.-


HECHO NÚM. 53.- En dicha reunión se debate entre los intervinientes sobre el cumplimiento de las promesas ofrecidas a Don Casimiro, sugiriendo Don Clemente que éste trabajara en alguna empresa privada de la localidad.-


HECHO NÚM. 54.- Don Casimiro recordó que la oferta era para trabajar en el Ayuntamiento y Don Clemente manifestó que, por cuestiones presupuestarias aquél no era el momento para admitirlo en el Ayuntamiento, decidiéndose entonces por los presentes, como garantía de cumplimiento de entrar a trabajar en el siguiente mes de febrero en el Ayuntamiento de Chipiona, que se firmara, como así hicieron Don Casimiro y Don Clemente, un modelo de contrato de trabajo en blanco en el que sólo constaba un sello del Ayuntamiento de Chipiona.-


HECHO NÚM. 55.- En dicha reunión Don Casimiro firmó una nota, que, ya redactada, le fue entregada en aquél momento por Don Inocencio o por alguna otra persona de la reunión dirigida a los medios de comunicación explicando su postura respecto de la moción de censura y un documento comunicando al Alcalde y al Secretario del Ayuntamiento de Sanlúcar su pase al Grupo Mixto de la Corporación.-




D) El Jurado ha declarado, respecto de Enrique, PROBADOS los siguientes hechos:.-



HECHO NÚM. 56.- Don Inocencio le comunicó a Don Enrique el plan urdido por él y por otras personas para hacer para hacer fracasar la moción de censura presentada contra el Alcalde de Sanlúcar mediante el ofrecimiento de determinados beneficios económicos a Don Casimiro.-


HECHO NÚM. 57.- Don Inocencio instó a Don Enrique para que éste se pusiera en contacto con Don Casimiro, aprovechando la amistad de ambos, para que accediera a entrevistarse con él.-


HECHO NÚM. 58.- Don Inocencio entendió que el lugar más adecuado para mantener esos contactos era el establecimiento comercial propiedad Don. Enrique denominado "Lumi Cocinas" y ubicado en la calle Azacanes de Sanlúcar, a lo que éste accedió.-


HECHO NÚM. 59.- Don Enrique abordó el día 10 de octubre de 1999 a la salida del Campo de Fútbol de Sanlúcar, a Don Casimiro, comunicándole el interés Don. Inocencio por hablar con él, hasta llegar a convencerlo para que así lo hiciera.-


HECHO NÚM. 60.- Ese mismo Don Enrique día habló por teléfono con Don Inocencio, comunicándole que Don. Casimiro accedía a la entrevista, que quedó concertada esa misma noche en "Lumi Cocinas", procediendo Don Enrique a desplazarse hasta allí con Don. Casimiro y abriendo el local para que se mantuviera la citada entrevista.-


HECHO NÚM. 61.- En los días siguientes se mantuvieron varias entrevistas entre Don Inocencio y Don Casimiro en "Lumi Cocinas" que fueron siendo facilitadas por Don Enrique.-


HECHO NÚM. 62.- En cada uno de los encuentros Don Enrique, tras franquear la entrada a Don. Inocencio y Casimiro, los dejaba solos para que mantuvieran sus entrevistas, aunque era conocedor de su contenido.-


HECHO NÚM. 63.- Don Enrique conoció desde que recibió el encargo o con posterioridad a éste que las repetidas reuniones celebradas en su establecimiento por Don Inocencio y Don Casimiro tenían por objeto sobornar a este último para que fracasara la moción de censura planteada contra el alcalde Don Alejandro.-


HECHO NÚM. 64.- El domingo día 17 de octubre, Don Enrique, a ruego Don. Inocencio, llamó por teléfono a Don Casimiro citándole por la noche en "Lumi Cocinas".-


HECHO NÚM. 65.- Esa misma tarde D. Enrique llamó por teléfono a d. Casimiro confirmándole la reunión en "Lumi Cocinas".-



E) El Jurado ha declarado, respecto de Armando, PROBADOS los hechos siguientes:-



HECHO NÚM. 66.- Don Armando -industrial de la construcción a través de la empresa "Zafiro"-, entregó a Don Inocencio en la tarde del día 16 de octubre de 1999 un talón al portador contra el Banco de Santander por importe de cinco millones de pesetas.-



HECHO NÚM. 67.- Don Inocencio le comunicó a Don David el plan urdido por él y por otras personas para hacer fracasar la moción de censura presentada contra el alcalde de Sanlúcar mediante el ofrecimiento de determinados beneficios económicos a Don Casimiro.-


HECHO NÚM. 68.- Don David entregó el talón a sabiendas de que estaba destinado a su entrega a Don Casimiro y con el fin antes expuesto.-



F) El Jurado ha declarado, respecto de Casimiro, PROBADOS los siguientes hechos:-



HECHO NÚM. 69.- Don Casimiro -industrial de la construcción a través de la empresa "Zafiro"-, entregó a Don Inocencio en la tarde del día 16 de octubre de 1999 un talón al portador contra el Banco de Santander por importe de cinco millones de pesetas.-


HECHO NÚM. 70.- Don Inocencio le comunicó a Don Casimiro el plan urdido por él y por otras personas para hacer fracasar la moción de censura presentada contra el alcalde de Sanlúcar mediante el ofrecimiento de determinados beneficios económicos a Don Casimiro.-


HECHO NÚM. 71.- Don Casimiro entregó el talón a sabiendas de que estaba destinado a su entrega a Don Casimiro y con el fin antes expuesto".




Va a tener razón Pizarro, en El País lo del PSOE se da muy poco y si acaso en la edicion andaluza
manolo pizarro
La estulticia es la madre de "progreseo" que pulula no solo por España, recuerdo decian "juzguemos a Aznar por criminal de la guerra de IRAK" (Se olvidaron de Bush, Tony Bair, Fidel Castro, etc..), mucho peor lo que ahora expresan sus representantes en esa podrida organización que supone la ONU, papelera de todos los desastres por acción u omisión donde ha metido su pezuña y de desde donde quieren imponer su ideologia abortista, feminista radical y anticlerical a todas las Naciones, tanto es así que ¡Quieren incriminar tambien al Papa!

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April 9, 2010
Un juez de la ONU afirma que el Papa debería ser procesado por la Corte Penal Internacional

By Susan Yoshihara, Ph.D.

(NUEVA YORK - C-FAM) El pasado viernes, en Londres, un destacado jurista de las Naciones Unidas solicitó al gobierno británico la detención del Papa Benedicto XVI durante su próxima visita a Gran Bretaña, para que sea procesado por «delitos de lesa humanidad» en la Corte Penal Internacional.

Geoffrey Robertson pregonó su condición de juez de la ONU en un artículo publicado la semana pasada, en el que sostuvo que los juristas deberían invocar los mismos procedimientos utilizados para acusar a criminales de guerra como Slobodan Milosevic, a fin de procesar al Papa como cabeza de la Iglesia Católica Romana, quien es el responsable último de los abusos sexuales perpetuados por sacerdotes católicos en contra de niños.

Robertson es uno de los cinco juristas selectos que componen el sistema interno de justicia de la ONU, ante el cual comparecen los funcionarios de las Naciones Unidas envueltos en casos de corrupción y mala administración. Su artículo fue publicado en Estados Unidos y Gran Bretaña, y divulgado por la Prensa Asociada.

El profesor Hurst Hannum, miembro de la Fletcher School, de la Universidad Tufts, dijo a Friday Fax que sería una «verdadera exageración» apelar a la Corte Penal Internacional, ya que la jurisdicción de dicho tribunal está reservada principalmente para crímenes cometidos durante la guerra. Es más probable, añadió Hannum, que Robertson y otros expertos con ideas afines invoquen el principio de «jurisdicción universal», de modo que las cortes nacionales de todo el mundo puedan detener al pontífice en el momento en que ponga un pie en su territorio. Los críticos consideran que el mencionado principio, que fue puesto en práctica anteriormente, constituye una violación de la soberanía según lo establecido en la Carta de la ONU.

No obstante, Robertson insistió en que la Corte Penal Internacional puede ser utilizada siempre y cuando no se aplique la inmunidad soberana del Papa y con la condición de que los juristas puedan probar que los abusos sexuales fueron llevados a cabo de manera «sistemática o generalizada», como fueron sometidos los niños soldados en las guerras de Sierra Leona y del modo en que son tratados los esclavos sexuales en todo el mundo.

Robertson, abogado especializado en delitos y cuasidelitos civiles, dijo que es necesario interponer una acción legal en contra de las máximas autoridades de la Iglesia, a fin de obtener más fondos para las víctimas de los abusos sexuales de los clérigos en aquellos casos en los que las diócesis se declararon en quiebra. Más precisamente, se refirió al hecho de que la diócesis de Los Ángeles ya ha desembolsado 660 millones de dólares estadounidenses en concepto de daños y perjuicios, mientras que Boston lo hizo por 100 millones de dólares.

Un destacado profesor de leyes dijo a Friday Fax: «Sin menospreciar en lo más mínimo la seriedad de las presuntas ofensas de los sacerdotes católicos, sería un error grave para las leyes de derechos humanos permitir que se trivializara el deber de proteger, y que se le hiciera el juego a los abogados norteamericanos que fijan honorarios bajo la modalidad de cuota litis».

Otro abogado de derechos humanos dijo a Friday Fax que el artículo podría ser parte de una campaña mayor. Robertson lucha desde hace muchos años para que se prive del estatus de observador permanente a la Santa Sede en la ONU, y se refirió públicamente a la primera como «la ONG más grande del mundo».

Cuando en 1999 se lanzó una campaña tendiente desplazar a la Santa Sede, los Estados Miembros de la ONU ofrecieron su apoyo al Vaticano, y en 2004 la Asamblea General aprobó mediante votación unánime que se ampliara su estatus. No se sabe con certeza si el Secretario General de la ONU, Ban Ki-Moon, estaba al tanto de las tendencias políticas de Robertson antes de que lo nombrara juez de la ONU.

Traducido por Luciana María Palazzo de Castellano.


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Visto el fracaso obtenido por el progresismo que afirmaba ya a principios del siglo XX "acabemos con la Iglesia y obtendremos la verdad y la libertad", recuerdo la quema de Iglesias y los asesinatos de curas en España y en todos los paises de la orbita socialista pocos años despues. Ahora el lema se torma mucho más sibilino "acabemos con la verdad y la libertad y la lacra de la Iglesia desaparecerá del mundo"

En Juan 14:6 Jesús dijo, "Yo soy el camino, la verdad, y la vida; nadie viene al Padre, sino por Mí. ” Probablemente esta es la cosa más asombrosa que Jesús alguna vez haya dicho, la declaración más exclusiva realizada por alguien en este mundo. "Yo soy el camino que revela la verdad (sobre Dios al hombre) y da la vida (de libertad a ese hombre)". En nuestros días esto no es así porque cada uno quiere adorar a su propio dios. Cada uno quiere pensar que hay muchos caminos a Dios, pero no los hay. Hay un solo camino y una sóla verdad imnutable a través de los siglos y no moldeable al gusto de unos cuantos, la de Jesucristo. Esta declaración es la mayor ofensa a la era actual dominante del progresismo y que éste intenta atacar con todos sus medios disponibles.

Saludos.
Moncho Núñez
Mirad, no os dejéis engañar, porque vendrán muchos usurpando mi nombre y diciendo "Yo soy". No les sigáis. (Lc 21,dirol.gif
manolo pizarro
"Tu eres Pedro y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia", si lo que intentas insinuar es que defender a la Iglesia y a su maximo representante en la tierra de tanto ataque progresista es usurpar el nombre de Dios, apaga y vamonos.

Ojala los jóvenes, entre los que me incluyo, recuperemos el espíritu de búsqueda de la verdad, de compromiso con los más necesitados. Ojala que podamos desenmascarar la descarada y orquestada campaña que pretende eliminar el gusto por el pensamiento, el gusto por el compromiso, por el riesgo y la aventura de la vida y la defensa de los valores y derechos humanos. Afirmar que legalidad y moralidad no se identifican necesariamente, forma parte de esa nueva rebeldía que necesitamos.

¿Eran acaso las leyes de la época nazi morales?, ¿Eran morales las leyes de la dominación comunista?. Es decir, el parlamento representa al pueblo, pero eso no significa, ni mucho menos, que éste sea la encarnación de la moral o que, como algunos gustan decir, el parlamento sea la fuente del bien y del mal. ¿Es que el parlamento tiene el monopolio exclusivo de la razón y la verdad?. La convivencia entre ley y moral aunque a veces hayan podido coincidir, incluso identificarse, requiere deslindar los ámbitos propios de la ley y de la moral porque, obviamente, aunque puedan coexistir pacíficamente o ser complementarias, lo cierto es que son realidades muy distintas y que, en algún caso pueden incluso contradecirse.

Moncho, hoy lo auténticamente progresista, es criticar el rancio individualismo insolidario que representa el poder dominante. Lo revolucionario, mal que algunos les pese, es desafiar la dictadura del pensamiento único y de lo politicamente correcto. Hoy, lo que atrae a las mentes con espíritu abierto y plural, es llamar la atención sobre la gran conspiración que intenta narcotizar las conciencias de tanta gente de bien.

Saludos.
El LLanero Solitario
Sembraooooo Manolo, Sembraooo. En estos temas está Vd. sembraoooooo wink.gif
Indalecio
Ante la corrupción en el PP

La trama Gürtel muestra en toda su crudeza que el proyecto político de los actuales líderes de la derecha, de no mediar rectificación, embrutece la vida política española y la arrastra lejos de los niveles europeos

JAVIER MORENO

EL PAÍS
Opinión
11-04-2010



Si he de creerme las declaraciones de sus dirigentes, el PP ha sufrido con la trama Gürtel una gran bribonada. En primer lugar, un grupo de estafadores, trapisondistas y sinvergüenzas ajenos al partido montaron un tinglado con el que enriquecerse en ayuntamientos y comunidades autónomas gobernadas por los populares cobrando comisiones ilegales, logrando contratos a dedo, organizando pelotazos inmobiliarios y, en general, saqueando los recursos del Estado hasta donde pudieron o les dejaron la suerte y las circunstancias, sin olvidar reinvertir el producto de sus granjerías previo blanqueo en el extranjero de los millones logrados. Todo ello comenzó mientras el señor Aznar, a la sazón presidente del Gobierno, casaba a su hija en El Escorial -sarao al que asistieron como invitados distinguidos algunos de estos vividores- y dirigía los destinos de España con tal concentración que descuidó lo que la corte de los milagros organizaba a sus espaldas, según pudieron descubrir atónitos los espectadores que el jueves pasado siguieran la entrevista en CNN+ de Iñaki Gabilondo con la señora Cospedal, hoy secretaria general de ese mismo partido. Sobre que el saqueo se prolongara unos años más en los feudos del PP de Madrid y Valencia quedamos de momento huérfanos de explicación. Nadie en el partido supo nada, ni es responsable de nada, ni asume naturalmente responsabilidad política alguna por nada.

Para desgracia suya, la frenética sucesión de acontecimientos de los últimos meses en torno a la trama de corrupción, cuyo clímax se ha alcanzado esta semana tras levantar el juez el secreto sobre casi 50.000 folios del sumario, ha dejado en nada el intento de los dirigentes de la derecha de establecer un cordón sanitario entre los presuntos delincuentes y los políticos implicados, convencida como está la generalidad de los españoles de que no caben muchos distingos entre unos y otros. Los ciudadanos consideran de forma mayoritaria -incluido un notable porcentaje de votantes del Partido Popular-, como publica hoy EL PAÍS, que Francisco Camps y Esperanza Aguirre son también responsables de las tropelías de la trama Gürtel en sus respectivos territorios, y que el líder del partido, Mariano Rajoy, siempre ha sabido más de las andanzas de los corruptos de lo que ha venido en reconocer, a tenor de sus vacilaciones con el ex tesorero del partido, y a día de hoy todavía miembro del Grupo Popular en el Senado, Luis Bárcenas.

Son tantas y tan obscenas las colecciones de relojes de lujo, los bolsos, los trajes, algún yate, los inconfesables negocios inmobiliarios, los millones cobrados en comisiones diversas y las vergonzosas conversaciones grabadas entre los sospechosos que convierten en irrisorios, me parece a mí, los intentos del PP y de sus terminales mediáticas de encapsular al partido de tanto desafuero, y sobre ello no vale la pena seguir discutiendo. Más me interesa, por el contrario, una reflexión en profundidad sobre la venalidad en la democracia española que vaya más allá de la constatación más o menos impotente del lamentable estado en que se encuentra la política en este país. Hay que defender la democracia, sostiene Norberto Bobbio, aun cuando ésta sea ineficiente o corrupta. Y hay que hacerlo también, me atrevería a añadir yo, aun cuando la insensatez y la escasa cultura democrática de gran parte de la clase política, especialmente de una derecha que no logra incorporarse del todo a la gran tradición conservadora del resto de Europa, augure un triste futuro a la tarea.

Resulta conveniente recordar, por tanto, que el preámbulo a la Constitución sentó en su día la voluntad de establecer en España una "sociedad democrática avanzada". Faltos de una definición más restrictiva, se ha tendido a asociar el concepto de democracia avanzada con aquellos países que disfrutan de un grado más elevado de derechos, libertades y garantías; pero también de prácticas y procedimientos del conjunto de sus instituciones y, en particular, de la justicia y los partidos políticos: lo que podríamos considerar como el cielo de la democracia, por contraposición al purgatorio y aun al infierno al que están sometidos millones de habitantes del planeta; o también la AAA de la democracia, por utilizar otra taxonomía muy en boga en estos tiempos de descalabros financieros. No resulta necesaria harta sagacidad para concluir que España no sólo no ha logrado en estas tres décadas situarse al nivel de los países con mejores prácticas, ni por lo que respecta a los partidos ni a los tribunales, sino que ahora se corre serio riesgo de descender aún más peldaños en esta particular escalera al infierno si, como todos los sondeos parecen apuntar, la derecha gana las próximas elecciones sin haber purgado previamente su papel central en el escándalo de Gürtel y otros (Matas, Fabra), y asumido las consecuencias que de ello se derivan.

No voy a insistir en lo obvio: la crisis económica que desde hace dos años castiga a España con una ferocidad desconocida para toda una generación, la impericia de los socialistas en comprender desde el primer momento los peligros de todo tipo que ésta comportaba y el comprensible retraimiento de una parte de los votantes de izquierda explican por qué los sondeos colocan de momento a Mariano Rajoy en La Moncloa tras las elecciones que previsiblemente se celebrarán en 2012. Por lo demás, y en lo que respecta a la corrupción, no creo que a estas alturas quepa duda alguna de que un eventual triunfo de la derecha traerá como correlato automático el discurso que ya hemos oído en su versión más arrabalera e iletrada en los mítines de Camps, Fabra o la siempre desaforada Rita Barberá. Los votos cosechados, han dicho todos ellos de una forma u otra, expían los abusos cometidos, y el pueblo, el mejor tribunal en última instancia, les absuelve así de los cargos que de forma atrabiliaria les atribuyeron jueces prevaricadores, fiscales partidistas y una policía manejada a su antojo por un Gobierno socialista constituido en régimen y decidido a liquidar la oposición. Para lograr sus objetivos, los socialistas no paran en mientes, según han afirmado tanto la señora Cospedal como el señor Cascos, vicepresidente con Aznar, respaldados de forma oficial por el partido este mismo viernes. Y así los españoles han tenido que escuchar de dirigentes cuyas declaraciones no toleraría ningún partido democrático en Europa cómo los policías trucan las pruebas del sumario o el Ministerio del Interior monta un sistema de escuchas ilegales contra la oposición política.

El que resulte estrambótica no convierte esta hez en menos peligrosa, y convendría no menospreciar su capacidad de desestabilización. La campaña que orquestaron los dirigentes populares contra Baltasar Garzón desde el mismo fin de semana que el juez encarceló al cabecilla de la trama tiene mucho que ver con el irrespirable clima que se ha creado en los tribunales españoles, sectarios y cargados de ideología, en los que el magistrado puede ver liquidada su carrera ante el asombro del resto del mundo.

Mucho me temo que los actuales dirigentes de la derecha sean incapaces de rectificar el rumbo político cuyos principales rasgos he descrito antes, a los que cabría añadir unos cuantos más ensayados con carácter previo en Madrid y Valencia. El desaire a los periodistas, a los que se ignora o se les contesta con excentricidades, obviando que es a los ciudadanos a los que verdaderamente se dirige este desprecio y que en las democracias occidentales el poder se somete cada día al escrutinio de la opinión pública, o al menos a aquella parte de la opinión pública que le interroga. La deformación masiva de la realidad mediante la manipulación de los medios de comunicación social públicos, y aun de aquellos privados que gustosamente contribuyen a cambio de dádivas y privilegios de todo tipo. La bastarda contraposición de un poder del Estado, el Ejecutivo, a todos los demás, especialmente al judicial cuando éste no se pliega de grado a sus exigencias, como se ha visto con Garzón o, en otro orden de cosas, con Caja Madrid. Todo ello muestra, en mi opinión, que el proyecto político de los actuales líderes de la derecha para los españoles, de no mediar rectificación, se reduce, en cuanto a libertades democráticas se refiere, a un bonapartismo sin carisma en el que el principio caudillista de legitimidad acaba embruteciendo y desfigurando una vida política que debería transcurrir, pasados más de 30 años de la aprobación de la Constitución, por vías más homologables con el resto de Europa. Todo ello estaba ahí, en mayor o menor medida, antes del escándalo. La trama corrupta lo ha exacerbado hasta el esperpento actual. Ésas son, creo yo, las verdaderas consecuencias del caso Gürtel, de las que Rajoy y los suyos no quieren, no pueden o no saben desuncirse, y que impide contar con el PP vigoroso y preparado que España necesita para asumir la gobernación sin lastre alguno. Una bribonada, en efecto. Pero no contra el PP, como pretenden, sino contra la mitad del electorado que legítimamente les elige para encarnar y defender sus sueños de progreso, primero, y contra el conjunto de la ciudadanía después.




http://www.elpais.com/articulo/opinion/cor...lpepiopi_13/Tes
Andy Maykuth
La generación privilegiada


MARGARITA RIVIÈRE

EL PAÍS
Opinión
11-04-2010



Este artículo no está escrito por una máquina. La advertencia, pese a la fotografía y la firma, pronto será imprescindible. Hace pocos días (9/03/2010) Ives Eudes explicaba en el diario Le Monde que entramos en La era de los robots-periodistas. Una simple crónica del partido entre los Minnesota Twins y los Texas Rangers, por ejemplo, venía ya firmada por The Machine (La Máquina). Ideada por dos profesores de la universidad Northwest (Illinois), el periodista-máquina es fruto de un programa de inteligencia artificial llamado Status Monkey, actualmente en pruebas.

El periodista francés explica cómo esa máquina rastrea todos los datos, todos los estilos de escritura y es capaz de redactar una crónica desde el punto de vista del que juega en casa o del visitante y, de acuerdo con las instrucciones del editor, sólo informar o bien animar a la afición. El invento puede aplicarse a cualquier rama del periodismo y se ha especializado en el seguimiento integral de la actualidad. Un programa similar ya ha creado en Estados Unidos un telediario, News at seven, en Internet presentado por Zoe y George, dos seres virtuales, naturalmente.

¿A alguien le extraña que un robot suplante a un supuesto trabajador intelectual o que unos homínidos sustituyan a los presentadores de carne y hueso? ¿No hay ya periodistas y presentadores que parecen dóciles máquinas de absoluta disponibilidad? ¿Y no es real la perspectiva de un robot-escritor de best sellers o, por qué no, de poesía? Uf. ¿Para qué van a hacer falta escritores, periodistas o gente que, simplemente, piense, si eso ya resulta mucho más fácil gracias a una máquina capaz de procesar en segundos millones de datos? Añadamos que una máquina no reclama ni copyright ni derecho alguno de propiedad intelectual.

Ignoro si existe el pintor-robot, el artista-máquina, pero cosas tan impensables como que los chinos fueran propietarios de buena parte de la riqueza de los Estados Unidos, o los árabes de las tradiciones inglesas y unos rusos se hicieran con la propiedad de periódicos británicos, o que los alemanes pudieran comprar media Grecia y Dios sabe qué más maravillas geopolíticas, todo eso hoy es perfectamente real y no parece extrañar a nadie.

Hace pocos días, en Australia, reconocían oficialmente algo que no existía todavía: un nuevo sexo, el neutro (soy incapaz de definirlo más allá de su propio nombre, pero parece que no tiene que ver con la transexualidad, hoy muy déjà vu). Y se aplaude y jalea el genio de Mark Zukerberg (amo de Facebook) que insiste en optimizar los beneficios (para sí mismo) del "negocio de la intimidad" y al espíritu borreguil del tecnocratismo de pacotilla.

El ex canciller Helmut Schmidt en su espléndida autobiografía (Fuera de servicio, Icaria) recién aparecida, hace un impecable inventario de las maravillas que el "capitalismo de rapiña" (sic) movido por una codicia infecciosa (la infectious greed (sic) de Alan Greenspan) deja como herencia cultural y moral. Pero el ex canciller es ya algo muy antiguo que no hace otra cosa que advertir al personal sobre las ventajas de la democracia y de la necesidad del reparto de la riqueza global, comparándolas con las necedades -y vicios- de la cultura neocon que, por lo que se ve, no va a desaparecer sin antes dejar muchísimos damnificados sobre la tierra.

Con el robot-periodista inventado, queridos amigos, ya puede esperarse cualquier cosa y parece muy claro que las personas, el humanismo y la humanidad entera, sobran. Cuando no queda lugar sobre la tierra a lo más propio de los seres humanos, la capacidad de pensar, de relacionar cosas y atar cabos sobre la realidad -esa anomía sin sentido es lo que vemos todos los días en todos los terrenos- no cabe hablar de crisis sino de revolución, de vuelco. Hace años (en 1992, nada menos), el periodista André Fontaine, director de Le Monde durante muchos años, lo definió, en una entrevista que le hice, como "la revolución de las dimensiones (de tiempo y espacio)".

Quienes pertenecemos a la denostada generación sesentaiochista y seguimos pensando que el futuro ultraconsumista, regido por el valor del dinero se barruntaba ya en los años setenta -véase ¡horror! Marcuse- contemplamos el actual trajín con tanta preocupación como distancia. También nos permitimos un suspiro de alivio: pertenecemos a una ¡generación privilegiada! que conoció la realidad real pese a no vivir más guerras que las económicas. Situados entre la píldora y el sida, fuimos testigos de cómo el sexo pasaba de ser pecado a convertirse en obligación, y vimos cómo la censura política se transformaba en censura económica, mientras las ideologías dejaban paso a los intereses.

Ni los periodistas ni los escritores de esa generación -que hizo que el mundo descubriera a los jóvenes y a las mujeres- imaginamos que tendríamos que competir con robots, como si el humanismo y la información fueran un campo de patatas. No creo que lo mereciéramos, pero la nuestra -por otras muchas razones que un día explicaré- fue, desde luego, una generación privilegiada.


Margarita Rivière es periodista y escritora.


http://www.elpais.com/articulo/opinion/gen...elpepiopi_5/Tes
Bruce Beelher
Nos comemos África


JAVIER GUZMáN (Director de Veterinarios Sin Fronteras.)
Barcelona

EL PAÍS
Opinión
11-04-2010



Estos días estamos asistiendo a la constatación de un expolio y explotación inédita que está ejerciendo Europa en el continente africano: la compra de tierras por parte de empresas e inversionistas, en muchos casos subvencionados por los propios Estados, por una normativa europea que obliga a utilizar un 10% de biocombustibles para el transporte a partir del año 2015, y el gran negocio que representa la producción intensiva de alimentos de cara al cambio climático, la escasez de agua y el aumento de población que se prevé en el futuro.

En la actualidad, son 20 las naciones africanas que ya han vendido 50 millones de hectáreas de territorio africano (más del doble de toda la superficie del Reino Unido). Etiopía ha ofrecido a la venta en los últimos años tres millones de hectáreas de su tierra más fértil a países ricos y a algunos de los individuos más adinerados del mundo para que exporten alimentos a sus países ricos a precio barato. El dato paradójico es que en este país 13 millones de personas están necesitadas de ayuda alimentaria

Los compradores de tierra afirman que generan puestos de trabajo en la región, pero la realidad es que los campesinos de África se ven privados de su forma de vida y de su principal sustento, forzándoles a abandonar sus territorios e, inevitablemente, obligándoles a emigrar a ciudades y otros países, generándose como consecuencia enormes bolsas de pobreza periurbana. Sus tierras, mientras, se convierten en grandes plantaciones cuyos amos son empresas extranjeras. Europa se ha lanzado sin complejos a la senda de la recolonización, pero, además, con los impuestos que pagamos.




http://www.elpais.com/articulo/opinion/Nos...lpepiopi_11/Tes
Pepin
CITA(Pepin @ Apr 9 2010, 09:36 PM) *
CITA
Editorial


An Injustice in Spain

The New York Times
Published: April 8, 2010


Spain’s best-known investigative magistrate, Baltasar Garzón, is now being prosecuted in a politically driven case that should have been thrown out of court.

Judge Garzón is charged with ignoring a 1977 amnesty law when he decided to investigate the disappearances of more than 100,000 people during Spain’s 1930s civil war and the decade of Francoist repression that followed. The charges were brought by two far-right groups who fear an open investigation of the Franco-era record. Unfortunately, one of Mr. Garzón’s fellow magistrates sustained the complaint and brought formal charges this week.

As a result, he will now be suspended from his duties pending trial. If convicted, he could be barred from the bench for up to 20 years, effectively ending a career dedicated to holding terrorists and dictators accountable for their crimes. That would please his political enemies, but it would be a travesty of justice.

The real crimes in this case are the disappearances, not Mr. Garzón’s investigation. If, as seems likely, these were crimes against humanity under international law, Spain’s 1977 amnesty could not legally absolve them. The suspected perpetrators are all dead, and Mr. Garzón long ago halted his investigation, passing jurisdiction to local Spanish courts in the areas where the victims were exhumed.

Mr. Garzón is a fearless and controversial prosecutor who has made many enemies over the years. He has brought cases against Basque and Al Qaeda terrorists, powerful Spanish politicians, Latin American dictators and Russian mafia thugs.

High-profile cases, like his bid to try the former Chilean dictator Augusto Pinochet, appeal to him, and sometimes he overreaches. But his consistent goal has been to deny impunity to the powerful and expand the scope of international human rights law.

Mr. Garzón should be allowed to resume that work at the earliest possible date. Spain needs an honest accounting of its troubled past, not prosecution of those who have the courage to demand it
.

http://www.nytimes.com/2010/04/09/opinion/...tml?ref=opinion





CITA
Una injusticia en España




EL PAÍS
Opinión
11-04-2010



El juez español más conocido, Baltasar Garzón, está acusado en un caso de trasfondo político que debiera haber sido desestimado por el tribunal. Se le acusa de ignorar la Ley de Amnistía de 1977 cuando decidió investigar más de 100.000 desapariciones en la Guerra Civil y la represión franquista que siguió. Los cargos los sustentan dos grupos de extrema derecha que temen una investigación sin cortapisas de la época franquista. Por desgracia, uno de los magistrados compañero de Garzón sustanció la querella y ha formalizado los cargos. Como consecuencia, será suspendido en sus funciones hasta el juicio y si es considerado culpable puede ser apartado de la carrera judicial hasta 20 años, dando por acabada una trayectoria dedicada a la persecución de terroristas y dictadores para que dieran cuenta de sus delitos. Ello puede alegrar a sus enemigos políticos, pero será una farsa de justicia. Los verdaderos delitos en este caso son las desapariciones, no la investigación de Garzón. (...)

Garzón es un juez valiente y controvertido que se ha granjeado muchos enemigos. Ha instruido casos contra terroristas vascos y de Al Qaeda, poderosos políticos españoles, dictadores latinoamericanos y jefes mafiosos rusos. (...) Su objetivo ha sido impedir la impunidad de los poderosos y extender el imperio de los derechos humanos internacionalmente.

Hay que permitir que Garzón prosiga su trabajo. España necesita un honesto ajuste de cuentas con su problemático pasado y no la persecución de quienes tienen el coraje de pedirlo
.


http://www.elpais.com/articulo/opinion/inj...elpepiopi_3/Tes
Francisco Alegre
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal

AUTO

CAUSA ESPECIAL
Nº: 20048/2009

Fallo/Acuerdo: Auto Texto Libre
Procedencia: Querella
Fecha Auto: 07/04/2010
Magistrado Instructor Excmo. Sr. D.: Luciano Varela Castro
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
Escrito por: CPB


Causa Especial

Causa Especial Nº: 20048/2009
Magistrado Instructor Excmo. Sr. D.: Luciano Varela Castro
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo


TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal

AUTO



Magistrado Instructor Excmo. Sr. D.:
D. Luciano Varela Castro


En la Villa de Madrid, a siete de Abril de dos mil diez.


I. ANTECEDENTES DE HECHO



1.- Por resolución del Instructor de fecha 3 de febrero de 2010 se denegó el sobreseimiento de la presente causa solicitado por el querellado.


2.- En fecha 5 de febrero de 2010 se dio cuenta al Instructor de la admisión de querella por los mismos hechos formulada por Falange Española


3.- Contra el Auto de 3 de febrero se interpuso por el querellado escrito, fechado en 9 de febrero de 2010, en el que, al tiempo, se recurría en apelación directa ante la Sala, la decisión de no sobreseer la causa y se dirigía al Instructor la pretensión de práctica de determinadas diligencias que se calificaron como de investigación de hechos.


4.- Admitido el recurso en un solo efecto por resolución de fecha 1 de marzo de 2010, se dejó pendiente de resolución la pretensión relativa a las diligencias solicitadas por el imputado.


5.- Por la Sala se dictó auto de fecha 23 de marzo de 2010 por el que se desestimó el recurso de apelación interpuesto por el querellado contra el auto de 3 de febrero de 2010 dictado por este Instructor y declara que no ha lugar al sobreseimiento de la causa.


6.- Al cumplimentar el traslado que le fue conferido, el Ministerio Fiscal, en escrito fechado el 23 de febrero de 2010, se opuso a la práctica de dichas diligencias, con la excepción de la convocatoria, en calidad de testigos, de los Magistrados que suscribieron un Voto Particular al Auto de la Audiencia Nacional de 2 de diciembre de 2008. La defensa única de los querellantes personados se opuso a la práctica de la totalidad de las diligencias, en escrito fechado en el mismo día 23 de febrero de 2010, sin que Falange Española pudiera manifestarse al respecto, por no haber constituido en tal fecha la preceptiva fianza a cuya prestación quedó condicionada su pretensión de actuar como parte acusadora en esta causa.


II. RAZONAMIENTOS JURÍDICOS



1.- Presupuestos de la continuación del procedimiento por los trámites de preparación del juicio oral


La regla 4ª del artículo 779.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal manda seguir el procedimiento por el trámite de preparación del juicio oral (artículos 780 y siguientes de la misma) cuando el delito que pueda constituir el hecho objeto del proceso, sea de los previstos en el artículo 757 de aquélla.


Tal decisión se condiciona a los siguientes presupuestos.


1º.- En cuanto a la investigación, como reza el encabezamiento del precepto, que se hayan practicado las diligencias pertinentes.


2º.- En cuanto al hecho que hubiese dado lugar a la formación de la causa, que sea constitutivo de infracción penal y que su perpetración resulte justificada, sin que esa calificación jurídica provisional determine la competencia de la jurisdicción militar o lleve a considerar los hechos como constitutivos de una simple falta.


3º.- Que sea conocido el autor de los hechos imputados.

Cuando tales presupuestos concurren, la resolución que acuerda la continuación del proceso, en cuanto a su contenido, debe satisfacer dos exigencias:

1ª.- Ha de determinar el hecho punible.

2ª.- Ha de identificar a la persona imputada.

El delito imputado en este caso -prevaricación judicial-, previsto y penado en el artículo 446.3º del Código Penal, es de aquellos que resultan comprendidos en el ámbito determinado por el citado artículo 757 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La misma atribución competencial resultaría en la hipótesis de la eventual calificación del hecho como constitutivo de la modalidad imprudente del delito prevista en el artículo 447 del Código Penal.


La elección de procedimiento no se excluye por el aforamiento, que sólo determina cual es el órgano competente para la instrucción y enjuiciamiento.


Examinaremos a continuación si han concurrido los presupuestos indicados.


2.- Suficiencia de la investigación: criterio de determinación


Respecto a la fase de investigación del denominado procedimiento abreviado ya tuvo ocasión el Tribunal Constitucional de advertir en su sentencia 186/1990 que ha de responder a la finalidad consistente en la realización de las diligencias esenciales para poder determinar los hechos, las personas participantes en los mismos y, en su caso, el órgano competente para el enjuiciamiento con el objetivo de acordar luego alguna de las decisiones del artículo 789.5, hoy artículo 779.1, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


Para atender dicha finalidad, el Juez Instructor ha de actuar objetivamente, practicando no sólo aquellas diligencias que sean útiles para la formulación de la acusación, sino también aquellas que, siendo pertinentes, puedan favorecer la defensa del imputado. En ambos casos, es al Juez Instructor a quien corresponde apreciar motivadamente el carácter pertinente, esencial o necesario de las diligencias de investigación pretendidas por las partes.


La pretensión de celeridad de tal fase se refleja en la exigencia de necesidad que para las diligencias reclama el artículo 777.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


Por otra parte, el Tribunal Constitucional (STC 85/1997) también ha advertido que la regulación del procedimiento abreviado en nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal -especialmente los artículos 789.5 y 790.6- no obliga al juzgador a practicar todas las diligencias pedidas por las partes, sino que, en el ejercicio de su potestad jurisdiccional y a la vista de las diligencias practicadas que sean necesarias, debe decidir con arreglo a su criterio debidamente motivado la resolución que estime aplicable al caso añadiendo que, aunque el agotamiento de los medios de investigación forma parte de las garantías constitucionales, (SSTC 46/1982, fundamento jurídico 3.º, y 40/1988, fundamento jurídico 3.º), aquél ha de ser entendido no como un derecho a practicar todas las diligencias que la parte solicite, sino, como reiteradamente ha afirmado este Tribunal, solamente aquellas que el Juez estime pertinentes» (STC 351/1993, fundamento jurídico 4.º).


Por otro lado, para determinar esa pertinencia ha de recordarse, como hace también el Tribunal Constitucional (STC nº 41/1998), que cada una de sus fases… se halla sometida a exigencias específicas que garantizan en cada estadio de desarrollo de la pretensión punitiva, e incluso antes de que el mismo proceso penal empiece (STC 109/1986, fundamento jurídico 1.º), la presunción de inocencia y las demás garantías
constitucionales del imputado».



Al denominado juicio de acusación no le incumbe establecer con certeza las afirmaciones fácticas que fundan la imputación. Le corresponde únicamente la determinación de una veracidad probable de las afirmaciones sobre los datos históricos, únicos verificables, y respecto de los cuales una valoración jurídica pueda concluir que son constitutivas de delito. Es decir que procede dictar esta resolución cuando no concurren los supuestos de sobreseimiento previstos, por un lado, en los artículos 637 1.º y 641 1º y, por otro lado, en el artículo 637.2º, todos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


No cabe, pues, extender más allá de tal objetivo la fase de investigación que precede a aquel juicio de acusación.


3.- Las diligencias interesadas por la defensa del Ilmo. Magistrado querellado exceden del contenido propio de las diligencias previas.


La defensa del Ilmo. Magistrado querellado, abandonando su anterior actitud de apremio en la pretensión de inmediata conclusión de esta fase, insta ahora su ampliación con la pretensión de práctica de nuevas diligencias.


En el escrito de fecha 9 de febrero pasado, por el que su representación procesal formuló apelación contra el Auto de denegación del sobreseimiento solicitado, se argumenta que en dicha resolución se amplió la imputación, respecto a la que, según su criterio, se contenía en los Autos de admisión de querella. Según dicho razonamiento, al no limitarse ahora al reproche de indebida asunción de competencia por el querellado, las nuevas diligencias que postula en su defensa autorizarían a este Instructor a liberarse de las constricciones derivadas de las resoluciones de la Sala.


Según proclama la defensa del imputado en su escrito, las diligencias que se proponen se dirigirían a acreditar dos extremos:


I)de una parte, el comportamiento e intencionalidad del querellado al admitir las denuncias y tramitar la causa en que dictó diversas resoluciones y,


II) de otra, la existencia de un debate sobre la perseguibilidad de los crímenes contra la Humanidad, la vigencia e interpretación de las Leyes de Amnistía y el alcance de la prescripción en los casos de desaparición forzada de personas.

a) Respecto del primer objetivo (I) no puede olvidarse que el único "comportamiento" del imputado que es objeto de este proceso es el constituido por la adopción de determinadas resoluciones judiciales, las cuales ya han sido valoradas, tanto en las decisiones por las que se admitieron las querellas como en las que analizaron su petición de sobreseimiento.


Por lo que respecta a la "intencionalidad" del imputado al adoptarlas, también ha sido ya objeto de valoración suficiente en las decisiones de este Instructor y en la de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que resolvió la apelación. En cualquier caso, la totalidad de las diligencias propuestas bajo esa rúbrica I) del escrito del imputado, nada pueden aportar sobre esos dos objetivos, lo que sería suficiente para su inadmisión. Decisión que se ve reforzada si recordamos la fase del procedimiento en que se proponen, pues en modo alguno se justifica por el proponente en qué medida su resultado debilitaría la probabilidad de verdad del hecho imputado.


Se comprende así que el Ministerio Fiscal no solamente reproche la incorrección procesal del modo de proponerlas, sino que exprese su oposición a la práctica de casi su totalidad. La excepción que se hace por el Ministerio Fiscal, respecto a la posibilidad de oír a los autores del Voto Particular a la decisión de la Audiencia Nacional sobre la competencia del querellado para incoar las diligencias previas 399/2006 (propuesta A del querellado), tampoco está justificada. Dichos Magistrados, en ejercicio de su función jurisdiccional, han dicho en su Voto Particular cuanto estimaron conveniente expresar. Lo que excluye que sea necesario reiterar en este proceso la exposición de su criterio jurídico.


Por otro lado, si lo que se desea con esa diligencia es justificar que la argumentación jurídica de las decisiones del imputado es defendible en Derecho, no puede ignorarse que tal característica es de naturaleza normativa y no fáctica, razón por la cual está excluida de los objetivos de la investigación, lo que la convierte en innecesaria.


No menos inadmisibles procesalmente, desde el criterio antes expuesto, resultan las demás diligencias que se dicen orientadas al mismo objetivo. Y así:


- La declaración del experto Excmo. Sr. Don Carlos Jiménez Villarejo -propuesta B- del que no se expone qué tipo de experiencia ha puesto a contribución en la causa en su día tramitada, tampoco resulta útil para hacer visible la "intencionalidad" del imputado, más accesible, sin duda, a través del contenido de las resoluciones que suscribió.


- La declaración del Excmo. Sr. Fiscal Don Javier Zaragoza, (propuesta C), lo es porque su criterio resulta ya, extensa y nítidamente, expuesto en las diversas alegaciones y dictámenes presentadas en las actuaciones.


- No es pertinente la declaración de Don Ricardo Vinyes, (propuesta D), al que se pretende convocar para ilustrar a este Instructor a fin de que pueda valorar lo horrendo de los crímenes relativos a secuestro de niños, por cuanto que, aún en la hipótesis de que el Instructor careciera de capacidad propia para tal valoración, esa constatación nada añadiría, ni restaría, a las razones de la imputación.


- Tampoco lo son las declaraciones de los denunciantes, (propuesta E), sobre las intenciones que les llevaron a formular las denuncias, porque éstos ya se han expresado, y nítidamente, sin que su discurso afecte a la calificación del comportamiento del imputado.


- Ni las documentales solicitadas, (propuesta F), constituidas por testimonio de las cuestiones de competencia planteadas por algunos Juzgados, dado que los pareceres de los Jueces y Magistrados involucrados no parece que puedan sobreponerse a los ya considerados por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que es a la que corresponde resolver sobre la competencia cuestionada; para lo que podría ser criterio precedente el que antes establezca al resolver definitivamente este procedimiento.


- La relación de causas penales abiertas por Juzgados Centrales de Instrucción contra otros individuos a los que se imputan otros delitos cometidos en otros países (propuesta G) tampoco resulta trascendente, en esta fase del procedimiento, para determinar cual debe ser la subsunción de los hechos imputados al querellado en el ordenamiento jurídico español.


- Por último, el testimonio de las actuaciones seguidas en el Consejo General del Poder Judicial por razón de las denuncias contra el querellado, (propuesta H), nada puede aportar sobre la citada calificación jurídico-penal del comportamiento de éste. Lo mismo ocurre con el texto del diario de sesiones del Congreso de Diputados (propuesta I) cuya accesibilidad al público, sin más conocimiento que el de usuario común de internet, hace innecesario el testimonio que se propone.


b.) La “existencia de un debate” acerca de la perseguibilidad de los crímenes contra la Humanidad, la vigencia e interpretación de las leyes de Amnistía y el alcance de la prescripción en los casos de desaparición forzada de personas, (objetivo II de la propuesta) es calificada por el imputado como un "hecho" a investigar.


Tal tesis no puede ser compartida. Lo que la representación procesal del propio imputado denominaba, en sus anteriores escritos, “corrección” jurídica de sus resoluciones es una cualidad cuya atribución - que no verificación- deriva de la interpretación de la norma jurídica. Su ausencia es, como dice la propuesta de diligencias del imputado, un elemento objetivo del tipo penal de prevaricación. Pero no objetivo descriptivo, sino objetivo valorativo o normativo, que carece de naturaleza empírica, sin que pueda ser percibido o conocido a través de los sentidos.


Precisamente por eso, no siendo verificable, su afirmación o negación puede suscitar acuerdo o discrepancia, pero la adhesión o rechazo no es el resultado de una investigación histórica, sino de la interpretación de la norma desde la que se valora el acto. Su aceptabilidad es más tributaria de la fuerza del argumento que la justifica que de otro tipo de referencias.


A la hora de determinar si ha sido o no cometida prevaricación, el juicio de valor correspondiente sobre la corrección jurídica de las resoluciones del imputado es responsabilidad exclusiva y excluyente del Tribunal que ha de enjuiciarlo. Sin duda lo hará ilustrado por los argumentos de las partes al respecto, pero sin la intermediación de pericias jurídicas y, menos aún si cabe, de plebiscitos que son incompatibles con el ejercicio de la potestad jurisdiccional de un Estado democrático. (cfr. Sentencia del Tribunal Supremo Sala 2ª, núm. 13/2006, de 20 de enero).


Solamente desde una apriorística desconsideración, no ya del Tribunal enjuiciador, sino de la capacidad técnica de la defensa letrada de las partes, se puede entender necesario, ni siquiera útil, acudir a la opinión de otros juristas para formar el criterio que aquel enjuiciamiento reclama.


En la actual fase de éste procedimiento ese enjuiciamiento ha de resolverse en clave de mera probabilidad en lo que concierne a la constatación de veracidad de hechos imputados. Por ello, en la medida que la investigación practicada excluye la ausencia de suficiente justificación de la perpetración del delito de prevaricación imputado, debe declararse que ha lugar a proceder, conforme pasamos a exponer.


4.- Existencia de causa probable:


Resulta poco cuestionable la probabilidad de que el Ilmo. Magistrado querellado haya perpetrado los hechos objeto de este proceso. Tales hechos consisten en la adopción de las resoluciones que se han detallado, tanto en las querellas como en los Autos de admisión de éstas, en el Auto de este Instructor que denegó el sobreseimiento y, en fin, en el Auto de la Sala que ha confirmando esta última decisión.


Y precisamente esta última confirmación, al rechazar el recurso de apelación directa del querellado, excluye toda eventual discrepancia, y rectificación, del criterio de este Instructor, ante el que no se formalizó recurso alguno al respecto, y que, por ello, viene ahora nuevamente vinculado a tener por concurrente dicho presupuesto.


a) La inviabilidad del sobreseimiento concurre, no solamente respecto del elemento histórico del delito imputado, sino también respecto de la valoración jurídica del comportamiento atribuido al autor del hecho.


Pretende el imputado que esa valoración sea reconsiderada, con desvinculación de este Instructor, mediante la constatación de lo que quiere calificar como nuevos hechos, a través de las diligencias a que acabamos de referirnos.


En la alegación segunda de su escrito que, de forma poco coherente, quiso ser a un mismo tiempo de apelación, pretendiendo el sobreseimiento, y de solicitud de nuevas diligencias que continuaban la investigación, se argumenta que la “indefendibilidad” de una resolución es un dato de hecho del tipo objetivo del delito de prevaricación. A su exclusión tenderían las diligencias propuestas.


Ya hemos advertido que la naturaleza normativa de tal elemento lo hace ajeno al objeto propio de la actividad procesal de investigación. Tal dato ya ha podido ser valorado por la Sala Segunda del Tribunal Supremo al rechazar el recurso de apelación del imputado. Pero aún cabe añadir que la fáctica existencia de plurales posiciones teóricas no determina su validez normativa. De la misma forma que no cabría conformar un peculiar estatuto de parte con asimétrico y discriminatorio haz de derechos en función de su declarada adscripción ideológica, por muchos que fueren los que pusieren en ello su empeño.


No se requieren denodados esfuerzos o inusuales conocimientos jurídicos para conocer la existencia de plurales teorizaciones y propuestas acerca de la perseguibilidad de los crímenes de lesa humanidad u otros de los que se consideren en el denominado derecho penal internacional.


El ejercicio de la potestad jurisdiccional no es el ámbito propio de la teorización, como tampoco lo es de lo que algunos denominan imaginación creativa, por muy honesta o bienintencionada que se autoproclame. Menos aún cuando aquella potestad se ejerce en el ámbito penal, que es el que de forma más intensa incide sobre la libertad de los ciudadanos (STC 41/1997).


Sin duda el debate teórico y público puede enriquecer a quienes tienen la responsabilidad política de conformar el ordenamiento jurídico. Quienes consigan la mayoría parlamentaria suficiente al efecto bien tienen a su alcance hacer efectivos aquellos anhelos de justicia promoviendo y aprobando las oportunas modificaciones legislativas. Esta es su responsabilidad que no puede transmitirse, desde su pasividad, al juez penal. El Poder Legislativo podrá entonces derogar la ley española de amnistía de 1977 y redefinir el alcance de la retroactividad de las normas sobre prescripción. Solamente restará, en tal caso, examinar si con tal decisión se supera el canon constitucional.


Esa es la pauta y la referencia del enjuiciamiento a que, por ahora, estamos sometidos. Ese es el límite y también la razón de ser, la única, de la independencia del juzgador en una sociedad democrática: la recta aplicación de la ley vigente. Tarea que no siempre será compatible con el seguimiento de la opinión, más o menos homogénea, de juristas de relevancia pública.


b.) Tampoco, desde la perspectiva del elemento subjetivo del tipo de prevaricación, resulta excluida como probable la responsabilidad penal del imputado.


No se constituye éste por sostener una opinión jurídica diversa de la que se declare como correcta. La previsión del tipo penal de la prevaricación no es en absoluto un obstáculo a la independencia, que garantiza la conformación autónoma de criterios y la adopción no interferida de decisiones por el Juez.


Aunque sea obvio, parece necesario recordar que ese delito es una garantía de efectividad de la independencia, porque la razón de ésta es que el Juez dependa sólo, pero siempre, de la ley. Y no se actúa con independencia, con esa independencia legítima que la Constitución y las leyes protegen, cuando se resuelve para fines no acogidos por el ordenamiento jurídico, o incluso bajo la mera opinión personal –cualquiera que sea la intención que la impulse- que no encuentra apoyo en dicho ordenamiento.


En la resolución que denegaba el sobreseimiento y que la Sala ha ratificado, se expusieron las razones por las que se estima que el imputado actuó con esos objetivos no justificables. Dada su extensión, a lo allí expuesto debemos remitirnos de nuevo.


5.- Determinación del hecho y de la persona imputada.


a) Como dejamos establecido en nuestra resolución del 3 de febrero de 2010, el objeto del proceso ha venido, y sigue, siendo la adopción de plurales decisiones que por múltiples motivos se califican como opuestas al ordenamiento jurídico, desde la consciencia de dicha antijuridicidad y, por ello, eventualmente constitutivas de un delito de prevaricación.


Aún cuando el artículo 779.1.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no ordene una específica calificación, ni la que se formule resulte excluyente de otras, (artículo 447 del Código Penal) a los efectos de fundar esta decisión, se estima que tal hecho puede ser constitutivo del delito de prevaricación del artículo 446.3º.


Por ello procede reiterar que el hecho a enjuiciar puede describirse más concretamente de la misma forma que se describió en al resolución del Instructor de 3 de febrero pasado:


Tras recibir, inicialmente, siete denuncias, el querellado decide incoar, en diciembre de 2006, un procedimiento criminal, sin determinar su concreto objeto y congelando de facto su efectiva tramitación, pese a la pronta ratificación de algunas de aquellas denuncias.


Una vez aprobada la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, y pese al informe contrario del Ministerio Fiscal (febrero de 2008), decide, en junio de 2008, superar la limitación que dicha ley imponía a la colaboración de los poderes públicos en la localización e identificación de las víctimas de la Guerra civil española y dictadura que le siguió, intentando asumir el control de las localizaciones y exhumaciones de cadáveres de víctimas de la represión civil y militar llevada a cabo por el franquismo. Todo ello dentro de un proceso penal cuya artificiosa incoación suponía desconocer principios esenciales del Estado de Derecho, como los de legalidad penal e irretroactividad de la ley penal desfavorable, además de implicar el desconocimiento objetivo de leyes democráticamente aprobadas, como la Ley de amnistía 46/1977.


La demora en la expresa formalización de la asunción de competencia dio lugar a una apariencia de inocuidad de las providencias que precedieron a aquella, disuadió de la interposición de recursos obstaculizadores y, así, permitió recabar de multitud de instituciones y organismos un volumen de información de gran magnitud, que era presupuesto necesario para desplegar la actividad de exhumación que pretendía controlar el querellado.


Con el resultado así obtenido, formalizó su competencia –en octubre de 2008- y a continuación asumió el control de las exhumaciones que le habían sido solicitadas en la medida y conforme a los criterios que estimó oportunos.


Consciente de su falta de competencia y de que los hechos denunciados ya carecían de relevancia penal al tiempo de iniciar el procedimiento, construyó una artificiosa argumentación para justificar su control del procedimiento penal que incoó, que fue rechazada por la Audiencia Nacional, tan pronto el Ministerio Fiscal lo interesó, pese a los obstáculos que, para retrasar tal decisión, intentó el querellado, llevando a cabo una transformación del procedimiento abreviado en ordinario, sin que, al tiempo de tal transformación, ocurrieran hechos nuevos que lo justificara, y que implicaba un régimen de recursos contra decisiones interlocutorias más premioso.


Privado, por previa decisión expresa de la Audiencia Nacional, de toda posibilidad de control de las exhumaciones, el querellado puso fin a la tramitación del sumario, lo que pretendió justificar por la acreditación del fallecimiento de los que él mismo había identificado como eventuales responsables criminalmente de los hechos denunciados y ello pese a que tampoco tenía competencia para declarar tal extinción de responsabilidad en el marco del sumario que no concluyó.


Tal delimitación del hecho exige una advertencia adicional, a la vista de lo alegado en el escrito de interposición de recurso de apelación y petición de diligencias presentado por el querellado. Se queja de que nuestra resolución de 3 de febrero pasado guarde silencio respecto a la querella presentada por Falange española. Basta advertir, como se recoge en los antecedentes, que en aquella fecha el Instructor no había sido notificado de la admisión a trámite de dicha querella.


En cualquier caso, en lo concerniente al contenido de la misma, la mera lectura del auto de admisión dictado por la Sala aleja cualquier duda de que fue admitida en relación a los mismos hechos por los que se habían admitido a trámite las formalizadas por los demás querellantes.


Nada pues añadió esa querella al contenido de esta causa. Ni siquiera se tradujo en la formalización de pretensión alguna respecto a las diligencias a practicar. No deberá pues el querellado ampliar sus esfuerzos de defensa a ningún título de imputación por injurias o calumnias, a las que la querella de esa parte alude pero que no erige en hecho a imputar. Ni, de haber sido esa su voluntad, ha sido acogida para trámite tal eventual
pretensión.


b.) La persona a la que se imputan esas actuaciones es el Magistrado querellado Ilmo. Sr. D. Baltasar Garzón Real.


Por ello, procede acordar, y así lo


III. PARTE DISPOSITIVA



DISPONGO: Que ha lugar a proceder contra D: Baltasar Garzón Real por el hecho que dejamos indicado en el último fundamento jurídico en cuanto constitutivo de delito de prevaricación, siguiendo el procedimiento por los trámites previstos en los artículos 780 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .


Dese traslado de las actuaciones seguidas ante este Instructor, mediante fotocopia, al Ministerio Fiscal y a todas las partes acusadoras por plazo común de diez días, para que soliciten, si así lo entienden procedente, la apertura del juicio oral, debiendo en dicho plazo formalizar escrito de acusación o, en caso contrario, soliciten el sobreseimiento de la causa y, sólo excepcionalmente, diligencias complementarias, si entendieren que concurre el supuesto del apartado 2 del citado artículo 780 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


Así lo acuerda manda y firma el Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Luciano Varela Castro de lo que como Secretaria, doy fe



http://www.elpais.com/elpaismedia/ultimaho...c_1_Pes_PDF.pdf


manolo pizarro
Seguirá el Gurtel y El Pais dandole caña, así como en la defensa del caso Garzon, pero por estos lares siguen pasando cosas de las cuales El Pais o no cuenta o no sabe no contesta:

En Andalucía, el caso de Estepona, por poner sólo un ejemplo nos llevó a comprobar, policialmente, cómo un alcalde socialista había colocado a dedo a casi la mitad de sus afiliados en el Ayuntamiento. VER

En la Diputación de Sevilla, se colocaron a 400 personas sin pruebas ni exámenes. Existen pruebas rigurosas de Mancomunidades en las que las personas que van en listas electorales del PSOE han sido colocadas sistemáticamente. ¿Son casualidades o son modos precisos de funcionar por parte de uno o varios partidos?.

Examinemos hoy, por ejemplo, el caso de María Victoria Martínez Ocón, que, como se puede comprobar en la página del Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, ya estuvo en la lista de candidatos de 1979, a las primeras elecciones municipales democráticas. Hasta hace muy poco, la señora Ocón ha estado integrada en el equipo del controvertido alcalde de Sevilla, Alfredo Sánchez Monteseirín. Auxiliar de enfermería la Ocón dijo en sus declaraciones oficiales tener derechos de propiedad compartidos sobre cuatro pisos, un garaje y un trastero, además de dos coches. Todo este patrimonio fue íntegramente pagado.

Podemos decir que algunos familiares de esta señora Martínez Ocón han estado colocados en puestos autonómicos y municipales. Pero hoy nos contentamos con admirar la obra de ingeniería por la cual una persona que es auxiliar de clínica y cuya experiencia durante 30 años ha sido fundamentalmente política –concejal, empresas públicas, cajas de ahorro, etc., en Sevilla, es agraciada con la concesión de una guardería infantil en Conil, Cádiz, cuando por los datos que existen tiene una edad próxima a la edad de jubilación.

Veamos la orden:

DISPONGO

Primero. Conceder la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil «Caballito de Mar II», quedando con la configuración definitiva que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de educación infantil.

Denominación específica: Caballito de Mar II.

Código de centro: 11012152.

Domicilio: Jesús Nazareno, 17.

Localidad: Conil de la Frontera.

Municipio: Conil de la Frontera.

Provincia: Cádiz.

Titular: Victoria Martínez Ocón.

Composición resultante: 2 unidades del primer ciclo de educación infantil para 35 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda las unidades de educación infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE del 19).

Tercero. La persona titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Cádiz la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 2 de marzo de 2010

María del Mar Moreno Ruiz

Consejera de Educación


Y observen cuidadosamente quién firma la concesión: Mar Moreno Ruiz, la mano derecha de Zapatero en el Sur y la presunta sucesora de Pepe Griñán al frente de los destinos del PSOE. Esto es, cambia el destino de las personas, pero no el estilo de funcionar del partido.

Claro que, puede ser, que esta Victoria Martínez Ocón no sea la misma que la de Sevilla sino una coincidencia extraordinaria en nombre y los dos apellidos sin mayor trascendencia. Pero sería tanta la coincidencia…

Libertad Digital.
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La Gaceta revela este domingo que el presidente del Congreso Jose Bono, ha comprado otro ático en el céntrico barrio madrileño de Salamanca por la cantidad de un millón de euros. El piso se levanta en un conjunto residencial de gran tamaño e incluye piscina climatizada y vigilancia las 24 horas del día. Tiene 106 metros cuadrados de superficie y una terraza de once, y fue comparado a través de la sociedad Ahorros Familiares Saja, en cuyo consejo de administración aparece como figura visible la mujer de Bono, Ana Rodríguez Mosquera.

El ático fue terminado en 2009 y dispone de dos dormitorios y dos baños, uno de ellos con hidromasaje, y está valorado por la promotora en nada menos que 991.600 euros. La hipoteca suscrita por Ahorros Familiares Saja en noviembre del año pasado sólo responde, no obstante, a un préstamo de 550.000 euros.

La Gaceta.

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Esperemos no preocuparnos con estos temas de corruptelas que no como no salen en El Pais, no existen y sí con que dentro de poco tendremos el "Coche Fantastico de Zejas", a pesar de estar escuchando durante años de su prole progre que hay demasiados coches, que la ciudad debe ser exclusivamente para el peatón, que el transporte colectivo es más racional, que la contaminación del coche es inadmisible, que el transporte de masas ayuda al ahorro energético y que el combustible se iba a acabar, nos encontramos ahora con que el Gobierno Socialista va a defender el coche particular siempre y cuando sea eléctrico. En realidad más que defenderlo va a intentar metérnoslo a empujones en nuestra plaza de garaje.

Como sucede con los niños pequeños, su impaciencia no le permite esperar. Tiene que ocurrir ya. Se despertó una mañana y creyó ver como un iluminado el futuro, la solución a nuestra crisis. Así que para conseguirlo ha decido ofrecer un regalito de nada menos que 6.000 euros a todo el que se compre un coche fantastico eléctrico. Claro que para poder dar ese dinero se lo tiene que quitar primero a otro. Como para ver cumplido su sueño no sólo va a tener que generar una demanda del coche que no existiría sin su regalito, sino que necesitará involucrar a los productores, importadores, comercializadores así como a muchos profesionales del sector, Zejas también va a dar hasta 590 millones de euros en ayudas a estos prebostes. Si consigue colocar todos los coches que quiere en los próximos dos años, las ayudas de cada uno habrán costado la friolera de 8.428 euros. Casi nada. ¿Habra pensado en el numero de parados en el sector del Diesel y la Gasolina que generará la susodicha industria?

Lo que me supòngo en realidad es que los socialistas de todos los partidos han sido grandes defensores del coche, siempre y cuando se tratara del oficial, el que traía chófer incluido y no requiere financiación a plazos porque lo paga el contribuyente. Tanto amor le tienen al coche oficial de gasolina de toda la vida –pero siempre claro en su versión más reciente y más lujosa– que ellos por ahora seguirán usándolo mientras al resto nos concederán el derecho y la obligación de tenerlo eléctrico.

Saludos.
Andy Maykuth
CITA
Los cuentos de Aído

La Razon.es
César Vidal
12 Abril 10



El Ministerio de Igualdad es un engendro inútil, sectario y carísimo, pero hay que reconocerle también una capacidad envidiable para provocar las carcajadas de aquellos que todavía conservan el sentido común. La penúltima de la ministra Aído consiste en una propuesta para realizar un cambio radical en los cuentos que se relatan a los niños de tal manera que se vean adecuados a ese amasijo diabólico conocido como ideología de género. ¿Se puede llevar a cabo tan prodigiosa mutación? Creo que sí. Por ejemplo, se podría cambiar el cuento del enano saltarín por el de la enana periodista. En lugar de un personaje de nombre impronunciable de género masculino, nos encontraríamos con una albondiga progre, partidaria del aborto y del feminismo, que aparecería en multitud de tertulias dando dentelladas a los que no se doblegaran ante los dictados de la izquierda. Otra posibilidad sería sustituir a la ratita presumida que cometía el pecado nefando de barrer su casita, tralarálarita, por la rata albina. En ese caso, podría tratarse de otra figura de la progresía que, procedente del clericalismo más rancio en la época de un tirano, acababa convertido en comisario de medios del partido bueno e incluso llegaba a cambiarse el nombre de pila por uno catalán. Como muestra de cómo su pasado malvado había quedado redimido, su pelo se convertiría de negro en blanco, blanquísimo. O también se podría narrar el cuento del ministro bueno que era hijo de uno de los soldados de un tirano bajito y de voz aflautada, pero luego se convirtió en el jefe de toda la policía de un país feliz y de clima privilegiado. Podría sumar los ejemplos porque imaginación no me falta, pero no deseo aburrir a los lectores ya que creo que, como pasa con la ley de la mal llamada memoria histórica, la iniciativa de Aído sólo deja de manifiesto una ignorancia supina. Vamos a ver. ¿Puede haber algo más progre que Blancanieves, una adolescente que se va de casa, comparte vivienda con siete varones y triunfa en la vida? Es cierto que no había tres enanas, tres enanos y un gay, pero el cuento yo creo que es salvable. Por lo que se refiere a Cenicienta ni siquiera Felipe González destacó tanto en el paso de una extracción humilde a un entendimiento con la monarquía. En realidad, me temo que tras la iniciativa de Aído subyace algo más profundo. Me atrevería a decir que la ministra de Igual-da-que-me-da-lo-mismo odia los cuentos infantiles por la sabia decencia que transmiten generación tras generación. Por ejemplo, sus protagonistas –hombres o mujeres por igual– son leales, valientes, respetuosos de los mayores, defensores del débil, obedientes a los padres, leales a su patria y desprendidos o sea todo lo contrario del ideal progre. Esos cuentos muestran por añadidura la importancia de la iniciativa personal, desprecian al holgazán, señalan el valor del esfuerzo e incluso proporcionan claves para identificar a seres odiosos como las brujas. Por ejemplo, la bruja malvada podía disfrazarse de anciana bondadosa que te ofrecía chocolate o que te brindaba una manzana, pero hasta el niño más lerdo se percataba de que si hacías caso de la bruja podías acabar en la perola como paso previo a que te devoraran. Ése es uno de los grandes aportes de los cuentos tradicionales, el enseñarte a reconocer brujas disfrazadas. A ver si… no, por Dios, ¿cómo se me ha podido pasar algo así por la cabeza?


http://www.larazon.es/noticia/2835-los-cuentos-de-aido





CITA
Blancanitos

ABCdeSevilla.es
JON JUARISTI
Domingo , 11-04-10



ÉRASE una vez un ministerio lleno de brujas piradas. Por supuesto, se trata de un cuento, nada que ver con la realidad. En un país de fábula había un gobierno presidido por un elfo cretino. Otro ejemplo tomado de la más rigurosa fantasía, que a lo mejor resulta tan útil como el anterior para ir preparando una colección de relatos infantiles no sexistas, en sustitución de las historias de Blancanieves, Caperucita Roja y la Bella Durmiente, textos responsables, según la ministra Aído, de la propensión de generaciones y generaciones de machos ibéricos a la violencia de género (o a la pedofilia, si optaban por el celibato).


En efecto, los cuentos que nos contaban nuestras abuelas incitaban al crimen sexual, y eso en el mejor de los casos, porque era más frecuente que te hundieran en la alienación religiosa. Por ejemplo, el de Blancanieves encubría una alegoría del alma pura que, acechada por el Maligno, caía en poder de los Siete Vicios Capitales, mordía la manzana del Pecado y permanecía muerta hasta la llegada de la Gracia Divina en forma de príncipe azulino. Qué diremos del de la Bella Durmiente, transparente referencia falangista a la España sumida en la modorra y en la abulia, que espera ser despertada por algún héroe masculino y asimismo Azul mahón. En cuanto al de Caperucita Roja, alguna controversia hay entre los psicoanalistas. Unos identifican la caperuza como un símbolo fálico; otros sostienen que el color rojo alude a la menorrea. Una guarrada misógina, se mire por donde se mire. Y de Pulgarcito, ya el nombre lo dice todo.


O sea, que no sorprende que los españoles/españolas de antes de Bibiana saliéramos tan tarados/taradas. Hubo, sin embargo, algunas excepciones. Pocas, por desgracia. A mi madre, de niña, su anciana tía Hortensia, sufragista, la dormía con una versión heterodoxa de uno de esos engendros que ahora va a proscribir de colegios y guarderías la ínclita Miembra. En el cuento de Blancanitos y las Siete Enanieves, el protagonista, huyendo de su padrastro, que pretende matricularle en una carrera arquetípicamente varonil, Caminos o Montes, es acogido por siete enanitas diplomadas en Puericultura, las cuales, en abierta rebelión contra el estado de cosas, han emigrado a lo más profundo del bosque, donde explotan en arriendo una mina de talco. Mientras ellas trabajan todo el día en pozos y canteras con picos, barrenos y martillos neumáticos, cantando lo de Santa Bárbara bendita, Blancanitos da rienda suelta a su natural inclinación doméstica, pasa la aspiradora, pone la cena para las chicas, lava sus ropas de faena y les prepara con mimo los bocatas de calamares para la jornada siguiente. Pero, a causa del polvo -de talco, bien entendu- que en suspensión impregna el ambiente, Blancanitos agarra una silicosis y la diña en un par de meses. También aquí habría material aprovechable para una educación en valores, obrera y socialista.


La única duda que me queda es si se advierte alguna diferencia entre la propuesta ministerial y las chorradas edificantes y dulzonas que pasan hoy como cuentos aptos para niños de primaria y niveles inferiores. Por si acaso, al mío lo he criado, desde que comenzó a balbucear, con lecturas macabras y violentas de la Biblia y de los hermanos Grimm. Sé que me la estoy buscando, pero añadiré que vemos juntos, cada fin de semana, una peli de John Ford o de Clint Eastwood, y que, mientras pueda, seguiré maleándolo en la honorable ética del guerrero. Prefiero que salga un poco facha, como John Wayne, a que, con el pretexto de la igualdad de géneros, me lo conviertan en otro Blancanitos.



http://www.abcdesevilla.es/20100411/opinio...s-20100411.html




CITA
Los cuentos de Bibí


La Razon.es
Alfonso USSÍA
10 Abril 10



El Ministerio de la Igualdad y su Instituto de la Mujer, con doña Bibí y doña Laura Seara a la cabeza –la de los mapas del clítoris–, se han propuesto desplazar o prohibir los cuentos de Blancanieves, la Cenicienta y la Bella Durmiente del Bosque por machistas y trasnochados. En esto se gastan el dinero de los españoles, con el apoyo de la UGT, que manda narices. A Caperucita Roja la dejan en paz por ahora por el color de la capucha, que si fuera naranja, verde o azul, no quedaba de Caperucita ni la cesta de la merienda ni el rabo del pobre Lobo Feroz. La medida adoptada es una de las fundamentales de la nueva campaña de doña Bibí «Educando en Igualdad». Ay, esos cuentos machistas. Propongo que en lugar de arrinconarlos, se adapten al progresismo intelectual que doña Bibí representa, encargando las nuevas versiones al poeta oficial García Montero –también sirve Suso de Toro–, y encomendando la cuidada edición de «Los Cuentos de Bibí» al editor Chus Visor, con subvención asegurada, claro está. De esta manera, nada saldría de casa. «Bambi» también se salva de momento, por temor a la reacción de las hermanas góticas. Algo es algo.


La Cenicienta es intolerable. Sumisa, obediente, humillada por una tía y unas primas asquerosas, y con unas pretensiones sociales inaceptables en una mujer de hoy. Recomiendo al autor de la nueva versión que Cenicienta sea una agente cubana o palestina, que soporta toda suerte de desprecios y desaires –barrer, fregar y lavar la ropa de las guarras de sus primas–, para pasar desapercibida y culminar su objetivo. Asesinar al Príncipe. Se suprimiría el episodio del zapato de cristal, porque no encaja en la nueva visión de la Cenicienta. Y a la tía y las primas se les aplicaría la Ley de Memoria Histórica, con Garzón o sin Garzón, con severas penas de reclusión.

Blancanieves está preocupada por su mapa del clítoris, y los enanos se enfadan bastante. Llegan de la mina y la casa está desordenada, sin hacer. Además, Blancanieves ha comprado latas de conserva para no cocinar, y ha organizado en una dependencia de la casita un taller de masturbación. Termina liándose con el Mudito, queda embarazada, y a las doce semanas decide abortar porque lo que lleva dentro de sus entrañas es un ser vivo pero no humano, y además le puede salir enanito como su padre. La Bruja es Esperanza Aguirre y el Príncipe no tiene que darle un beso para que se despierte, porque a la Bruja le importa un bledo Blancanieves desde que es socialista, y no quiere saber nada del cuento.

Y la Bella Durmiente del Bosque, que siempre está cansada, se convierte en liberada de UGT y se dedica a hacer mapas del clítoris en colaboración con Almudena Grandes. Es decir, tres mujeres de hoy y no tres pesadas fascistas del ayer. Ardo en deseos de leer las nuevas versiones de tan deleznables cuentos, que tanto daño han hecho a cinco generaciones de mujeres de España, hasta que llegó Bibí.


Y una revelación final, que espero no dañe la sensibilidad de nuestra infancia. De buena tinta he sabido –no me pidan la identidad del informador porque he prometido mi silencio–, que Alicia, la del País de las Maravillas, no es virgen.

Y todo, gracias a Bibí.


http://www.larazon.es/noticia/8073-los-cuentos-de-bibi

Indalecio
LEY 46/1977, DE 15 DE OCTUBRE, DE AMNISTIA.
Jefatura del Estado

Rango: Ley

Publicado en: BOE número 248 de 17/10/1977, páginas 22765 a 22766 (2 págs.)

Referencia: BOE-A-1977-24937


TEXTO
DE CONFORMIDAD CON LA LEY APROBADA POR LAS CORTES, VENGO EN SANCIONAR:


ARTICULO PRIMERO.


I. QUEDAN AMNISTIADOS:

A) TODOS LOS ACTOS DE INTENCIONALIDAD POLITICA, CUALQUIERA QUE FUESE SU RESULTADO, TIPIFICADOS COMO DELITOS Y FALTAS REALIZADOS CON ANTERIORIDAD AL DIA QUINCE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS.

B.) TODOS LOS ACTOS DE LA MISMA NATURALEZA REALIZADOS ENTRE EL QUINCE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS Y EL QUINCE DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, CUANDO EN LA INTENCIONALIDAD POLITICA SE APRECIE ADEMAS UN MOVIL DE RESTABLECIMIENTO DE LAS LIBERTADES PUBLICAS O DE REIVINDICACION DE AUTONOMIAS DE LOS PUEBLOS DE ESPAÑA.

C) TODOS LOS ACTOS DE IDENTICA NATURALEZA E INTENCIONALIDAD A LOS CONTEMPLADOS EN EL PARRAFO ANTERIOR REALIZADOS HASTA EL SEIS DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, SIEMPRE QUE NO HAYAN SUPUESTO VIOLENCIA GRAVE CONTRA LA VIDA O LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS.

II. A LOS MEROS EFECTOS DE SUBSUNCION EN CADA UNO DE LOS PARRAFOS DEL APARTADO ANTERIOR, SE ENTENDERA POR MOMENTO DE REALIZACION DEL ACTO AQUEL EN QUE SE INICIO LA ACTIVIDAD CRIMINAL.

LA AMNISTIA TAMBIEN COMPRENDERA LOS DELITOS Y FALTAS CONEXOS CON LOS DEL APARTADO ANTERIOR.



ARTICULO SEGUNDO.


EN TODO CASO ESTAN COMPRENDIDOS EN LA AMNISTIA:

A) LOS DELITOS DE REBELION Y SEDICION, ASI COMO LOS DELITOS Y FALTAS COMETIDOS CON OCASION O MOTIVO DE ELLO, TIPIFICADOS EN EL CODIGO DE JUSTICIA MILITAR.

B.) LA OBJECION DE CONCIENCIA A LA PRESTACION DEL SERVICIO MILITAR, POR MOTIVOS ETICOS O RELIGIOSOS.

C) LOS DELITOS DE DENEGACION DE AUXILIO A LA JUSTICIA POR LA NEGATIVA A REVELAR HECHOS DE NATURALEZA POLITICA, CONOCIDOS EN EL EJERCICIO PROFESIONAL.

D) LOS ACTOS DE EXPRESION DE OPINION, REALIZADOS A TRAVES DE PRENSA, IMPRENTA O CUALQUIER OTRO MEDIO DE COMUNICACION.

E) LOS DELITOS Y FALTAS QUE PUDIERAN HABER COMETIDO LAS AUTORIDADES, FUNCIONARIOS Y AGENTES DEL ORDEN PUBLICO, CON MOTIVO U OCASION DE LA INVESTIGACION Y PERSECUCION DE LOS ACTOS INCLUIDOS EN ESTA LEY.

F) LOS DELITOS COMETIDOS POR LOS FUNCIONARIOS Y AGENTES DEL ORDEN PUBLICO CONTRA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS.



ARTICULO TERCERO.


LOS BENEFICIOS DE ESTA LEY SE EXTIENDEN A LOS QUEBRANTAMIENTOS DE CONDENAS IMPUESTAS POR DELITOS AMNISTIADOS, A LOS DE EXTRAÑAMIENTO ACORDADOS POR CONMUTACION DE OTRAS PENAS Y AL INCUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ESTABLECIDAS EN INDULTOS PARTICULARES.



ARTICULO CUARTO.


QUEDAN TAMBIEN AMNISTIADAS LAS FALTAS DISCIPLINARIAS JUDICIALES E INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS O GUBERNATIVAS REALIZADAS CON INTENCIONALIDAD POLITICA, CON LA SOLA EXCLUSION DE LA TRIBUTARIAS.



ARTICULO QUINTO.


ESTAN COMPRENDIDAS EN ESTA LEY LAS INFRACCIONES DE NATURALEZA LABORAL Y SINDICAL CONSISTENTES EN ACTOS QUE SUPONGAN EL EJERCICIO DE DERECHOS RECONOCIDOS A LOS TRABAJADORES EN NORMAS Y CONVENIOS INTERNACIONALES VIGENTES EN LA ACTUALIDAD.



ARTICULO SEXTO.


LA AMNISTIA DETERMINARA EN GENERAL LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL DERIVADA DE LAS PENAS IMPUESTAS O QUE SE PUDIERAN IMPONER CON CARACTER PRINCIPAL O ACCESORIO.

RESPECTO DEL PERSONAL MILITAR AL QUE SE LE HUBIERE IMPUESTO, O PUEDIERA IMPONERSELE COMO CONSECUENCIA DE CAUSAS PENDIENTES, LA PENA ACCESORIA DE SEPARACION DEL SERVICIO O PERDIDA DE EMPLEO, LA AMNISTIA DETERMINARA LA EXTINCION DE LAS PENAS PRINCIPALES Y EL RECONOCIMIENTO, EN LAS CONDICIONES MAS BENEFICIOSAS, DE LOS DERECHOS PASIVOS QUE LES CORRESPONDAN EN SU SITUACION.



ARTICULO SEPTIMO.


LOS EFECTOS Y BENEFICIOS DE LA AMNISTIA A QUE SE REFIEREN LOS CUATRO PRIMEROS ARTICULOS SERAN EN CADA CASO LOS SIGUIENTES:

A) LA REINTEGRACION EN LA PLENITUD DE SUS DERECHOS ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS CIVILES SANCIONADOS, ASI COMO LA REINCORPORACION DE LOS MISMOS A SUS RESPECTIVOS CUERPOS, SI HUBIESEN SIDO SEPARADOS. LOS FUNCIONARIOS REPUESTOS NO TENDRAN DERECHO AL PERCIBO DE HABERES POR EL TIEMPO EN QUE NO HUBIEREN PRESTADO SERVICIOS EFECTIVOS, PERO SE LES RECONOCERA LA ANTIGUEDAD QUE LES CORRESPONDA COMO SI NO HUBIERA HABIDO INTERRUPCION EN LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS.

B.) EL RECONOCIMIENTO A LOS HEREDEROS DE LAS FALLECIDOS DEL DERECHO A PERCIBIR LAS PRESTACIONES DEBIDAS.

C) LA ELIMINACION DE LOS ANTECEDENTES PENALES Y NOTAS DESFAVORABLES EN EXPEDIENTES PERSONALES, AUN CUANDO EL SANCIONADO HUBIESE FALLECIDO.

D) LA PERCEPCION DE HABER PASIVO QUE CORRESPONDA, EN EL CASO DE LOS MILITARES PROFESIONALES, CON ARREGLO AL EMPLEO QUE TUVIEREN EN LA FECHA DEL ACTO AMNISTIADO.

E) LA PERCEPCION DEL HABER PASIVO QUE CORRESPONDA A LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS DE ORDEN PUBLICO, INCLUSO LOS QUE HUBIESEN PERTENECIDO A CUERPOS EXTINGUIDOS.



ARTICULO OCTAVO.


LA AMNISTIA DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES JUDICIALES Y ACTOS ADMINISTRATIVOS O GUBERNATIVOS QUE HAYAN PRODUCIDO DESPIDOS, SANCIONES, LIMITACIONES O SUSPENSIONES DE LOS DERECHOS ACTIVOS O PASIVOS DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA AJENA, DERIVADOS DE LOS HECHOS CONTEMPLADOS EN LOS ARTICULOS PRIMERO Y QUINTO DE LA PRESENTE LEY, RESTITUYENDO A LOS AFECTADOS TODOS LOS DERECHOS QUE TENDRIAN EN EL MOMENTO DE APLICACION DE LA MISMA DE NO HABERSE PRODUCIDO AQUELLAS MEDIDAS, INCLUIDAS LAS COTIZACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y MUTUALISMO LABORAL QUE, COMO SITUACION DE ASIMILADAS AL ALTA, SERAN DE CARGO DEL ESTADO.



ARTICULO NOVENO.


LA APLICACION DE LA AMNISITIA, EN CADA CASO, CORRESPONDERA CON EXCLUSIVIDAD A LOS JUECES, TRIBUNALES Y AUTORIDADES JUDICIALES CORRESPONDIENTES, QUIENES ADOPTARAN, DE ACUERDO CON LAS LEYES PROCESALES EN VIGOR Y CON CARACTER DE URGENCIA, LAS DECISIONES PERTINENTES EN CUMPLIMIENTO DE ESTA LEY, CUALQUIERA QUE SEA EL ESTADO DE TRAMITACION DEL PROCESO Y LA JURISDICCION DE QUE SE TRATE.

LA DECISION SE ADOPTARA EN EL PLAZO MAXIMO DE TRES MESES, SIN PERJUICIO DE LOS ULTERIORES RECURSOS, QUE NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.

LA AMNISTIA SE APLICARA DE OFICIO O A INSTANCIA DE PARTE CON AUDIENCIA, EN TODO CASO, DEL MINISTERIO FISCAL. LA ACCION PARA SOLICITARLA SERA PUBLICA.



ARTICULO DIEZ.


LA AUTORIDAD JUDICIAL COMPETENTE ORDENARA LA INMEDIATA LIBERTAD DE LOS BENEFICIADOS POR LA AMNISTIA QUE SE HALLAREN EN PRISION Y DEJARA SIN EFECTO LAS ORDENES DE BUSCA Y CAPTURA DE LOS QUE ESTUVIESEN DECLARADOS EN REBELDIA.



ARTICULO ONCE.


NO OBSTANTE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO NOVENO, LA ADMINISTRACION APLICARA LA AMNISTIA DE OFICIO EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN TRAMITACION Y A INSTANCIA DE PARTE, EN CUALQUIER CASO.



ARTICULO DOCE.


LA PRESENTE LEY ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".

DADA EN MADRID A QUINCE DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE.-JUAN CARLOS.-EL PRESIDENTE DE LAS CORTES, ANTONIO HERNANDEZ GIL.



http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_da...OE-A-1977-24937
Julian Navascues
Los límites de la aministía


EL PAÍS
Opinión
05-10-1977



EL ACUERDO tomado por la Junta de Portavoces del Congreso de constituir una comisión mixta, formada por representantes del Gobierno y de la Oposición, para presentar un texto unificado sobre la amnistía es un motivo más para recuperar la confianza, en el sentido de la responsabilidad de los partidos con representación parlamentaria.Se trata de establecer un acuerdo entre posiciones que descansan en concepciones políticas discrepantes entre sí, pero todas ellas legítimas. Por esta razón, los comentarios en torno a esos puntos de discrepancia tienen como único propósito contribuir con el análisis y la reflexión a la realización de ese indispensable pacto.

Digamos que la Inclusión en la proposición de ley de la oposición de los actos de naturaleza laboral y sindical desmerece de la excelente técnica jurídica con que ha sido elaborada. Una ley que tiene como objeto los delitos y faltas penales y las sanciones impuestas por la Administración del Estado no puede incluir, en su marco, medidas adoptadas por las empresas privadas, y no nos parece procedente una petición semejante.

Otra cosa sería que el Estado pueda y quizá deba considerarse responsable de los perjuicios ocasionados a esos trabajadores en lo que se refiere a los derechos pasivos y al forzadd impago de la cuota de seguridad social durante el plazo de desempleo. No parece difícil que el gigantesco presupuesto de la Seguridad Social pudiera hacerse cargo de esas partidas. Respecto ai proyecto del Gobierno es también visible una gravísima deficiencia técnica. Nos referimos a la persistencia en el error, ya cometido en las dos anteriores amnistías de julio de 1976 y marzo de 1977, de confundir la figura de la amnistía, inequívocamente política, con una forma ampliada de indulto. Esa y no otra es la concepción que subyace a la decisión de encomendar a los tribunales la aplicación de la amnistía y de determinar en cada caso si existe o no intencionalidad política en los casos examinados. La referencia al «deliberado propósito de desestabilizar el proceso democrático iniciado el 15 de diciembre de 1976» basta para hacerse una idea del amplísimo margen de interpretación concedido a los jueces, a los tribunales y al ministerio Fiscal. Recuérdese la interpretación restrictiva dada por el señor Rodríguez-Acosta, entonces fiscal del Supremo, ala amnistía de julio de 1976, y también, las tensiones producidas por el acto de desistimiento de la Sala IV del Tribunal Supremo, a propósito de la legalización del PCE. Y recuérdese que el actual Fiscal del Supremo fue uno de los elaboradores del decreto-ley contra el terrorismo en el trágico verano de 1975. La amnistía es una decisión política.

Los tribunales no tienen por qué interpretarla o medirla.

Por lo demás, y aunque resulte paradójico, la proposición de ley de la izquierda es más generosa que el proyecto de la UCD con los grupos de ultraderecha; y más consecuente, también, con el espíritu proclamado por el Gobierno de acordar «una amnistía total que consagre definitivamente la reconciliación de todos los españoles de cara a la futura convivencia». Si el texto unificado descartara la cláusula restrictiva de la UCD respecto a los crímenes cometidos desde el 15 de diciembre al 15 de junio, los beneficiados no serían activistas de izquierda, sino los presuntos asesinos, abiertamente ultraderechistas, de los abogados de Atocha y de Arturo Ruiz, y los mercenarios a sueldo de los GRAPO, que muy probablemente encubren bajo siglas de izquierda connivencias de signo totalmente opuesto.

Otras discrepancias menores no merecen mayores comentarios. La amnistía por actos de tortura o ilegalidades cometidos por funcionarios públicos, explícita en el proyecto gubernamental, se halla implícita en la proposición de la izquierda. A ésta hay que agradecer, a cambio, la referencia abierta, ausente del texto del Gobierno, a las infracciones de prensa.

Queda, por último, la cuestión más espinosa: la amnistía militar. Ante todo, esa amnistía, plena y sin condiciones, sólo podría ser aplicada, a nuestro juicio, a los militares de carrera que optaron por defender el 18 de julio al Gobierno legamente constituido. No tendría sentido, ni político, ni jurídico, hacerla extensiva a los miembros de las milicias que fueron estampillados luego como oficiales; porque incluso en el Ejército vencedor, los alféreces y oficiales provisionales tuvieron luego que revalidar sus grados en academias militares. Con esta excepción, y aun a riesgo de herir alguna sensibilidad, pensamos que la única forma de enterrar definitivamente los fantasmas de la guerra civil es que la amnistía militar sea también total. Entre las páginas más honrosas de nuestras Fuerzas Armadas fíguía aquel simbólico «abrazo de Vergara» entre los generales Espartero y Maroto, que fue seguido por la Incorporación, con sus grados, al ejército isabelino de los oficiales carlistas. De la amnistía deben beneficiarse también los objetores de conciencia. Y en cuanto a los oficiales condenados por su pertenencia a la Unión Militar Democrática durante las postrimerías del franquismo, independientemente de que no hay razón alguna para excluir al Ejército de medidas políticas de carácter general, tales como la amnistía total incondicionada, su autodisolución en la España democrática es la mejor prenda de que su reincorporación a las Fuerzas Armadas en nada afectaría a la unidad y disciplina de nuestro Ejército, atacadas en estos momentos por un flanco bien distinto e incluso opuesto
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http://www.elpais.com/articulo/opinion/lim...elpepiopi_3/Tes
Katharina Von Strauger
La amnistía del 39, para los afectos al Movimiento Nacional



EL PAÍS
España
02-10-1977



«Con anterioridad al Movimiento Nacional fueron objeto de procedimiento ante tos tribunales de justicia hechos cometidos por personas que lejos de todo propósito delictivo, obedecieron a impulso del más fervoroso patriotismo y en defensa de los ideales que provocaron el Glorioso Alzamiento contra el Frente Popular.

Las consecuencias de aquellos procedimientos no pueden subsistir en perjuicio de quienes lejos de merecer las iras de la Ley, son acreedores a la gratitud de sus conciudadanos, sobre todo cuando supieron observar, durante la guerra, la conducta patriótica consecuente a dichos ideales, formando en su inmensa mayoría en las filas de las armas nacionales.

En su virtud dispongo:

Artículo 1. º Se entenderán no delictivos los hechos que hubieren sido objeto de procedimiento criminal por haberse calificado como constitutivos de cualesquiera de los delitos contra la Constitución, contra el orden público, infracción de las leyes de tenencia de armas y explosivos, homicidios, lesiones, daños, amenazas y coacciones y de cuantos con los mismos guarden conexión, ejecutados desde el 14 de abril de 1931 hasta el 18 de julio de 1936, por personas respecto de las que conste de modo cierto su ideología coincidente con el Movimiento Nacional y siempre que aquellos hechos que por su motivación político-social pudieran estimarse como protesta contra el sentido antipatriótico de las organizaciones y Gobierno que con su conducta justificaron el Alzamiento.

Art. 2. º En las causas que, seguidas por los hechos expresados en el artículo anterior, se encuentren en las audiencias respectivas, se dará vista al ministerio fiscal, y si concurrieron los requisitos señalados en dicho artículo, solicita el sobreseimiento libre si aún no se hubiere celebrado vista o dictado sentencia.

En las causas en que hubiera recaído sentencia, el ministerio fiscal solicitará la extinción de responsabilidad criminal por aplicación de esta ley, así como la cancelación de antecedentes penales y la libertad de los acusados que en cualquiera de los casos se hallasen privados de ella.

Art. 3. º Si la causa se hallare en período sumarial, los jueces dictarán auto de conclusión, y por el ministerio fiscal, en trámite de instrucción, se solicitará el sobreseimiento libre.

Art. 4. º No apareciendo en las actuaciones practicadas en los respectivos sumarios debidamente comprobadas las circunstancias que señala el artículo primero, pero si vehementes indicios de concurrencia, el juez o tribunal en cuyo poder se hallare la causa, o el ministerio fiscal, reclamará, previamente, las justificaciones e informes necesarios para definir tanto la ideología y conductas de las personas como la naturaleza y circunstancias del hecho.

Art. 5. º Solicitada por el ministerio fiscal la aplicación de esta ley, si el tribunal competente para resolver la petición la desestimare, se acordará, en el mismo auto resolutorio, el inmediato envío de la causa a la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Recibida que sea, la Sala dará traslado al fiscal para que informe dentro del tercer día, y una vez evacuado el trámite resolverá en igual plazo sin ulterior recurso.

Art. 6. º Cuando el ministerio fiscal no hubiere promovido la aplicación de la presente ley, los procesados o penados que se consideren con derecho a este beneficio podrán solicitarlo del tribunal competente.

Sobre la procedencia de la petición se oirá al fiscal, quien emitirá su informe dentro del tercer día, y la Sala, en otro plazo igual, dictará la resolución que proceda. Si el dictamen del ministerio fiscal fuese favorable a la pretensión deducida, se procederá, en el caso de resolución denegada de la Sala, en la forma dispuesta en el artículo anterior.

Art. 7. º Si los penados por los hechos a que se refiere esta ley hubieren fallecido, el tribunal competente podrá acordar, a instancia del ministerio fiscal o del cónyuge, la cancelación de las notas que se hubieren causado en el Registro Central de Penados y Rebeldes.»




http://www.elpais.com/articulo/espana/amni...elpepinac_2/Tes
manolo pizarro
APARECEN NUEVOS ATICOS ADQUIRIDOS POR BONO.

12 de abril, 2010 Eugenia Viñes. La Gaceta

En julio de 2006, el presidente del Congreso adquiría dos áticos en la lujosa urbanización Las Náyades, ubicada en Cabo Bermejo (Estepona). Lo hacía a través de la sociedad patrimonial Ahorros Familiares Saja, administrada por su mujer, Ana Rodríguez Mosquera, empresa también titular del ático ubicado en Madrid valorado en un millón de euros y sobre el que LA GACETA informó en el día de ayer.

En julio de 2006, el presidente del Congreso adquiría dos áticos en la lujosa urbanización Las Náyades, ubicada en Cabo Bermejo (Estepona). Lo hacía a través de la sociedad patrimonial Ahorros Familiares Saja, administrada por su mujer, Ana Rodríguez Mosquera, empresa también titular del ático ubicado en Madrid valorado en un millón de euros y sobre el que LA GACETA informó en el día de ayer. En esta sociedad, la mujer de José Bono ostenta el 80% de las acciones y el resto se reparte entre su marido y sus tres hijas –no está presente el hijo de ambos– con un 5% cada uno.

Las dos viviendas son contiguas y suman un total de 267 metros cuadrados. La propiedad se obtuvo por título de permuta, lo que implica que la familia Bono canjeó terrenos suyos por los dos áticos, o bien con el constructor o bien con el promotor del complejo residencial; en este caso el primero fue Construcciones Rebollo y el segundo Rafael Santamaría. De acuerdo con abogados urbanistas consultados por este periódico, lo habitual es que los solares objeto de la permuta se encuentren próximos al terreno donde se levantará la edificación, aunque es cierto que pueden situarse en cualquier parte de España.

El precio de venta de cada uno de los áticos es de 365.000 euros y 489.000 euros; en total, la familia Bono debía ser propietaria de un terreno equivalente al importe total de ambas viviendas, que suman 854.000 euros, para permutar un bien por otro. Y, además, haberlo comprado o heredado entre junio de 2004 y julio de 2006, momento en que se escritura este canje en el Registro de la Propiedad.

En junio de 2004, cuando cesó como presidente de Castilla-La Mancha para ocupar la cartera de Defensa, José Bono hizo su última declaración de bienes, rentas y actividades que fue publicada en el Diario Oficial de aquella comunidad. En ella aseguraba tener únicamente una parcela de terreno rústico en Salobre, de dos hectáreas y adquirida por herencia. Finca cuyo precio difícilmente podría ser superior a los 20.000 euros, dado que el suelo rústico en aquella zona oscila entre el euro y los cincuenta céntimos el metro cuadrado. Muy lejos por tanto del precio de venta de cada uno de los áticos adquiridos por el concepto de permuta en Estepona.

Coincidencias

Los áticos tienen 114 metros cuadrados y 153 metros cuadrados, respectivamente. Son contiguos y disponen de dos y tres dormitorios cada uno, junto a escaleras interiores que conducen a sendos solárium de uso privativo, además de las correspondientes terrazas. Cada piso lleva aparejada una plaza de garaje. El conjunto residencial Las Náyades cuenta con piscinas exteriores, piscina cubierta climatizada, gimnasio, jacuzzi, sauna y jardines con especies vegetales tropicales, que incluyen un lago artificial.

En el interior de las viviendas, los cuartos de baño principales son de mármol travertino, disponen de bañeras y duchas de hidromasaje y todas las habitaciones disfrutan de climatización e hilo musical independiente. La domótica de cada vivienda permite controlar el domicilio por Internet, además de tener habilitados sensores de inundación y detectores de presencia para activar las alarmas.

La familia de José Bono se hizo con estos dos áticos cuatro meses antes de que dos ediles del Ayuntamiento de Estepona pusieran en marcha con sus denuncias la investigación policial y judicial del caso Astapa. Sus declaraciones acerca de las irregularidades que presenciaron en el consistorio socialista desde 2003 apuntaban a posibles delitos de cohecho, malversación de caudales públicos y blanqueo de dinero en el entorno del ayuntamiento, junto a la financiación irregular del PSOE.

Entre los detenidos se encontraba el ex alcalde socialista Antonio Barrientos quien, de acuerdo con el sumario instruido en el Juzgado número 1 de Estepona, puso su coche y a uno de sus escoltas al servicio de la mujer de Bono para trasladarla al campo de golf, donde le facilitó la asistencia de un profesor particular.

De nuevo Reyal

Este complejo residencial que se levanta a escasos 50 metros del mar Mediterráneo es obra del promotor Rafael Santamaría, propietario de Reyal Urbis y de una cadena hotelera. En junio de 2006, cuando tiene lugar la permuta con la familia Bono, este magnate del ladrillo se encuentra en plena expansión; ese mismo verano ha amarrado su entrada en la inmobiliaria Urbis y la Ciudad de Valdeluz en Guadalajara tiene en pie sus primeros bloques.

Este macroproyecto, hoy ciudad fantasma, se inició en 2003 cuando José Bono era presidente de la Junta de Castilla-La Mancha. Preveía la creación ya frustrada de 9.500 viviendas que alojarían a 35.000 personas, con la excusa de la cercanía a la estación del AVE en Los Yébenes, que permitiría llegar a Madrid en 20 minutos. Años después, en 2008, los habitantes de este proyecto, al estilo del de El Pocero en Seseña (Toledo) no rebasa el millar. Poco después Reyal Urbis tuvo que refinanciar 3.006 millones de euros de deuda.

En este grupo de Rafael Santamaría trabajó Ana Bono Rodríguez dentro de su gabinete de asesoría jurídica y llegó a formar parte de su consejo de administración como apoderada, si bien tan sólo durante tres semanas. Tal es la amistad entre este empresario y el presidente del Congreso de los Diputados que es en uno de sus hoteles-spa donde se aloja la familia de Bono al completo cuando disfruta del esquí; como suyo es el hotel de Madrid donde el socialista José Bono paga el alojamiento de los equipos de obreros que, procedentes de Albacete, reforman en la actualidad el piso que ha regalado a su hijo en el centro de Madrid.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...zacion-estepona
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Recuerdo que ya le llevan aparecidos en prensa:
Aparte de estos dos áticos de lujo en Estepona a pie de playa por más de 800.000 euros.
Otro ático en el céntrico bárrio madrileño de Salamanca por la cantidad de un millón de euros.
El piso adquirido para su hijo por casi dos millones de euros.
Tres pisos más en Madrid.
Una vivienda y un chalé en Olías del Rey (Toledo).
Una casa de 196 metros cuadrados.
Dos fincas rústicas en su pueblo natal, Salobre (Albacete).
Ah! y sin declarar la Sociedad Hípica con sus terrenitos.

Por lo que estoy viendo Matas al lado de Bono o debe ser un pardillo, o el juez anticorrupción solo mira de donde sacan los dineros los del PP.


Saludos.
Pepin
Parece ser que el Departamento de Estado Norteamericano ya desclasifico alla por 1977 los documentos relativos al periodo franquista. A ver si localizamos lo de Guinea.

Ademas la Defensora del Lector de El Pais tiene nueva pagina. Los lectores nos corrigen...... algun optimista....., que siempre lo hay.


http://blogs.elpais.com/defensora-del-lect...s-nos-corrigen/
manolo pizarro
MÁS SOBRE LA PREVARICACIÓN DEL JUEZ GARZÓN

En relación a lo Publicado en 3053 de este foro sobre el Juez Garzón, podríamos abundar más para demostrar su clara prevaricación en el articulo que cuelgo. No obstante, los tontos utiles siguen en su linea, esta vez de la mano del rector Berzosa de la Universidad Complutense de Madrid (Nunca ha ocultado ser de izquierdas y simpatizante del PSOE, tanto que no dudó en destacarse como miembro de la Plataforma de Apoyo a Zapatero (PAZ)). Los secretarios generales de UGT y CCOO, Cándido Méndez e Ignacio Fernández Toxo, han organizado mañana a las 11:30 un evento en apoyo de Garzon que se celebrará en la Facultad de Medicina y el Rector ha dado su total Visto Bueno.

Vayamos al grano:
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9 Abril 10 Cristina L. SCHLICHTING. La Razon.

El día 24 de enero del año 2000 el juez Baltasar Garzón Real estampaba su firma definitiva en contra de la querella interpuesta dos años antes por la «Asociación de Familiares y amigos de víctimas de genocidio en Paracuellos del Jarama». Denunciaban los fusilamientos en la Guerra Civil en Paracuellos entre noviembre y diciembre de 1936.

Los razonamientos del magistrado eran severísimos. Acusaba a los demandantes nada más y nada menos que de «mala fe», de tomarse «a la ligera las normas básicas de nuestro ordenamiento jurídico» y «hacer mofa y escarnio de la serenidad que toda actividad jurisdiccional comporta».

En aquella sentencia decía exactamente que los fusilamientos «están prescritos al haber transcurrido más de veinte años», que la amnistía dictada el 25 de noviembre de 1975 «veda cualquier posibilidad de reiniciar la persecución penal por los actos de nuestra Guerra Civil» y que además «el delito de genocidio no se encontraba tipificado en España en la fecha de los hechos».

Pero cuando las víctimas del franquismo se dirigieron diez años después a Garzón obtuvieron exactamente la respuesta contraria: pidió las actas de defunción de los responsables, se proclamó competente para juzgar y obvió la amnistía. Súbitamente, los crímenes constituían delito de genocidio y ni habían prescrito ni estaban perdonados. Leídos los hechos, que venga alguien a decir al juez Varela que Garzón no ha prevaricado. Que lo digan los firmantes del manifiesto en defensa del de Jaén: Juan Goytisolo, Caballero Bonald, Pilar Bardem, José Sacristán o Miguel Ríos. A ver quién tiene bemoles de afirmar que un juez que dice en dos materias paralelas cosas antagónicas no está juzgando injustamente.

http://www.larazon.es/noticia/4449-paracuellos.

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Estos Sindicatos verticales........, está claro que los parados no son su principal problema, sino otros ideológicos y de cobro a primero de mes de los impuestos del currante. Así nos vá.

Saludos.
Pepin
Líster: "Carrillo, gángster de la política"


SEBASTIAN GARCIA

EL PAÍS
España
08-11-1977



A primera hora de la tarde de ayer regresó a Madrid Enrique Lister, secretario general deI Partido Comunista Obrero Español (PCOE) y, uno de los principales mandos del ejército republicano durante la guerra civil. El señor Líster, que permanecía exiliado desde entonces, se reafirmó en la opinión de que Santiago Carrillo, secretario general del PCE, es «un gánster de la política, y ha actuado siempre como un gánster».«Carrillo -añadió- está considerado por muchos como un dirigente político y próximamente un estadista. Allá cada uno con su idea.» Enrique Líster fue esperado pacientemente por un centenar de militantes de su partido, en el aeropuerto de Barajas, mientras sus maletas tardaban más de una hora en salir. Cuando por fin salió, rodeado de un duro cordón de sus militantes, recordó «a las decenas de miles de los que hace cuarenta años salieron como yo al exilio y no regresaron, sino que quedaron en los campos de concentración y de batalla de Europa, en la segunda guerra mundial, a lo largo y ancho de muchos países y continentes, donde han defendido la misma causa que nosotros entre 1936 y 1939".

Afirmó después que regresa a España «para continuar la lucha a la que ha dedicado 55 años. Soy comunista -agregó- y vengo a luchar por la sociedad comunista».Sobre la situación en España, opinó que «se ha abierto una nueva etapa democrática. EI que no desemboque -añadió- en un choque sangriento, como la iniciada en 1931, depende de todos y especialmente de los jóvenes».

En cuanto al aniversario de la revolución soviética de octubre, manifestó que tiene para él un significado especial, pues le recuerda la defensa de Madrid durante la guerra civil. Sobre el mismo tema, manifestó que su partido no ha sido invitado a la celebración en Moscú, «porque aún no está reconocido en el movimiento comunista internacional, pero todo llegará».

Dirigió después unas emocionadas palabras a los militantes del PCOE, que gritaban «Líster, Líster» y «España, mañana, será republicana», en las que evocó de nuevo la defensa de Madrid y a sus compañeros perdidos en la guerra europea.

Sobre su partido, dijo que es el continuador del «gran partido de José Díaz. Mantenemos en alto -agregó- la bandera del marxismo-leninismo y tenemos plena confianza en el futuro, porque hemos sabido conjugar la veteranía comunista con el empuje de la juventud». Por último, señaló como tarea del PCOE preparar su próximo décimo congreso y aprobar en él un programa consecuente con la situación
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http://www.elpais.com/articulo/espana/List...lpepinac_15/Tes
Indalecio
CITA
Pervivencia del franquismo judicial


SALVADOR MILÀ

EL PAÍS
Opinión
13-04-2010



Parece que en España algo quedó a medio hacer, o se hizo mal, en el proceso de transición de la dictadura a la democracia, en relación al sistema judicial, a éste tercer poder clave para determinar la calidad y buena salud democrática del Estado social y democrático de derecho.

En estos últimos meses se están poniendo de manifiesto, de forma descarnada, muchos malentendidos -o sobrentendidos- en relación a la legalidad -formal- y legitimidad -social y política- del entramado judicial de excepción -primero- y "especial" -después- puesto en pie por la Junta Militar rebelde durante la guerra civil de 1936-39 y los sucesivos gobiernos del dictador Francisco Franco a golpe de bandos, decretos leyes, leyes de legislador único y expedientes de depuración, sin otra legitimación que la fuerza de las armas ni otra aspiración que la aniquilación y la venganza del "enemigo interior".

La sociedad española asiste con incredulidad a una serie de pronunciamientos judiciales -y fiscales- entorno a cómo aplicar la Ley de Memoria Histórica, ante las lógicas peticiones de revisión de sentencias condenatorias de personas a las que el Gobierno solemnemente ha reconocido que fueron injustamente encarceladas o ejecutadas por tribunales ilegítimos; o entorno a las resoluciones del Tribunal Supremo que dan pábulo a las denuncias falangistas contra el magistrado Garzón, acusándole de prevaricar por el simple hecho de abrir diligencias, a instancia de partes legítimas, para averiguar el paradero de los desaparecidos a causa de la represión en el bando franquista. Con la paradoja de que se trata de acallar la acción judicial al amparo de una -cuando menos- sesgada interpretación de la Ley de Amnistía de 1977 como "ley de punto final" que ampare el olvido de las víctimas, evite la localización de sus cuerpos y la reparación de su honor y memoria familiar, a la par que esquiva el juicio de responsabilidad moral de sus asesinos e inductores.

Ya antes de la Ley de Memoria Histórica se habían dictado resoluciones del Tribunal Supremo, específicamente de su Sala de Justicia Militar en que, como si estuvieran fuera del tiempo y del espacio, con la asepsia de la sábana que tapa el cuerpo del delito, se invocaron argumentos formalistas relativos a la -al parecer- inexistencia de "nuevos hechos relevantes" que pudieran hacer necesaria la reconsideración de lo "juzgado" en su día por tribunales indignos de llamarse de justicia, para denegar la revisión de juicios sumarísimos que condenaron de forma injusta, alevosa y sin respetar los mínimos principios de un proceso penal digno de tal nombre, a personas tan significativas como Joan Peiró, líder sindical ejemplar, ministro de Industria de la República, que se opuso de forma pública y valiente a los desmanes de los incontrolados en los primeros días de la guerra civil en Cataluña (inexcusable la lectura de su recopilación de artículos Perill a la reraguarda!) y que salvó a cientos de personas.

Ante este panorama en la dehesa judicial, el fiscal superior del Estado, asistido de su junta de fiscales, ha optado por denegar la petición de la Generalitat de Catalunya -amparada por la Fiscal Jefe de esta comunidad- de promover la correspondiente revisión del juicio que condenó a muerte al President mártir Lluís Companys, con el singular artilugio de atribuir a la fiscalía del Estado una inexistente facultad de declarar nula la sentencia, cosa que la ley no hace directamente ni mucho menos le atribuye al fiscal.

Es más que probable que el fiscal del Estado haya tratado así de evitar un nuevo escándalo público judicial, en previsión de un pronunciamiento de la Sala Militar del Tribunal Supremo, que, ignorando la expresa e individualizada declaración de ilegitimidad y de falta de todo atisbo de justicia material en la sentencia que le condenó, que se contiene en el reconocimiento del gobierno.

Sin pasar por alto, ya puestos, el que todavía el Tribunal Supremo no haya hecho un reconocimiento solemne de la dignidad y honorabilidad de los cientos de jueces y magistrados que fueron apartados de sus carreras, degradados o ejecutados por no dar amparo con su toga a la rebelión, o por negarse a juzgar y condenar por rebeldes a las autoridades legítimas.



Salvador Milà es diputado de ICV-EUiA en el Parlamento de Cataluña.

http://www.elpais.com/articulo/opinion/Per...elpepiopi_5/Tes






CITA(Julian Navascues @ Apr 12 2010, 06:39 PM) *
Los límites de la aministía


EL PAÍS
Opinión
05-10-1977



EL ACUERDO tomado por la Junta de Portavoces del Congreso de constituir una comisión mixta, formada por representantes del Gobierno y de la Oposición, para presentar un texto unificado sobre la amnistía es un motivo más para recuperar la confianza, en el sentido de la responsabilidad de los partidos con representación parlamentaria.Se trata de establecer un acuerdo entre posiciones que descansan en concepciones políticas discrepantes entre sí, pero todas ellas legítimas. Por esta razón, los comentarios en torno a esos puntos de discrepancia tienen como único propósito contribuir con el análisis y la reflexión a la realización de ese indispensable pacto.

Digamos que la Inclusión en la proposición de ley de la oposición de los actos de naturaleza laboral y sindical desmerece de la excelente técnica jurídica con que ha sido elaborada. Una ley que tiene como objeto los delitos y faltas penales y las sanciones impuestas por la Administración del Estado no puede incluir, en su marco, medidas adoptadas por las empresas privadas, y no nos parece procedente una petición semejante.

Otra cosa sería que el Estado pueda y quizá deba considerarse responsable de los perjuicios ocasionados a esos trabajadores en lo que se refiere a los derechos pasivos y al forzadd impago de la cuota de seguridad social durante el plazo de desempleo. No parece difícil que el gigantesco presupuesto de la Seguridad Social pudiera hacerse cargo de esas partidas. Respecto ai proyecto del Gobierno es también visible una gravísima deficiencia técnica. Nos referimos a la persistencia en el error, ya cometido en las dos anteriores amnistías de julio de 1976 y marzo de 1977, de confundir la figura de la amnistía, inequívocamente política, con una forma ampliada de indulto. Esa y no otra es la concepción que subyace a la decisión de encomendar a los tribunales la aplicación de la amnistía y de determinar en cada caso si existe o no intencionalidad política en los casos examinados. La referencia al «deliberado propósito de desestabilizar el proceso democrático iniciado el 15 de diciembre de 1976» basta para hacerse una idea del amplísimo margen de interpretación concedido a los jueces, a los tribunales y al ministerio Fiscal. Recuérdese la interpretación restrictiva dada por el señor Rodríguez-Acosta, entonces fiscal del Supremo, ala amnistía de julio de 1976, y también, las tensiones producidas por el acto de desistimiento de la Sala IV del Tribunal Supremo, a propósito de la legalización del PCE. Y recuérdese que el actual Fiscal del Supremo fue uno de los elaboradores del decreto-ley contra el terrorismo en el trágico verano de 1975. La amnistía es una decisión política.

Los tribunales no tienen por qué interpretarla o medirla.

Por lo demás, y aunque resulte paradójico, la proposición de ley de la izquierda es más generosa que el proyecto de la UCD con los grupos de ultraderecha; y más consecuente, también, con el espíritu proclamado por el Gobierno de acordar «una amnistía total que consagre definitivamente la reconciliación de todos los españoles de cara a la futura convivencia». Si el texto unificado descartara la cláusula restrictiva de la UCD respecto a los crímenes cometidos desde el 15 de diciembre al 15 de junio, los beneficiados no serían activistas de izquierda, sino los presuntos asesinos, abiertamente ultraderechistas, de los abogados de Atocha y de Arturo Ruiz, y los mercenarios a sueldo de los GRAPO, que muy probablemente encubren bajo siglas de izquierda connivencias de signo totalmente opuesto.

Otras discrepancias menores no merecen mayores comentarios. La amnistía por actos de tortura o ilegalidades cometidos por funcionarios públicos, explícita en el proyecto gubernamental, se halla implícita en la proposición de la izquierda. A ésta hay que agradecer, a cambio, la referencia abierta, ausente del texto del Gobierno, a las infracciones de prensa.

Queda, por último, la cuestión más espinosa: la amnistía militar. Ante todo, esa amnistía, plena y sin condiciones, sólo podría ser aplicada, a nuestro juicio, a los militares de carrera que optaron por defender el 18 de julio al Gobierno legamente constituido. No tendría sentido, ni político, ni jurídico, hacerla extensiva a los miembros de las milicias que fueron estampillados luego como oficiales; porque incluso en el Ejército vencedor, los alféreces y oficiales provisionales tuvieron luego que revalidar sus grados en academias militares. Con esta excepción, y aun a riesgo de herir alguna sensibilidad, pensamos que la única forma de enterrar definitivamente los fantasmas de la guerra civil es que la amnistía militar sea también total. Entre las páginas más honrosas de nuestras Fuerzas Armadas fíguía aquel simbólico «abrazo de Vergara» entre los generales Espartero y Maroto, que fue seguido por la Incorporación, con sus grados, al ejército isabelino de los oficiales carlistas. De la amnistía deben beneficiarse también los objetores de conciencia. Y en cuanto a los oficiales condenados por su pertenencia a la Unión Militar Democrática durante las postrimerías del franquismo, independientemente de que no hay razón alguna para excluir al Ejército de medidas políticas de carácter general, tales como la amnistía total incondicionada, su autodisolución en la España democrática es la mejor prenda de que su reincorporación a las Fuerzas Armadas en nada afectaría a la unidad y disciplina de nuestro Ejército, atacadas en estos momentos por un flanco bien distinto e incluso opuesto
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http://www.elpais.com/articulo/opinion/lim...elpepiopi_3/Tes



CITA(Katharina Von Strauger @ Apr 12 2010, 06:51 PM) *
La amnistía del 39, para los afectos al Movimiento Nacional



EL PAÍS
España
02-10-1977



«Con anterioridad al Movimiento Nacional fueron objeto de procedimiento ante tos tribunales de justicia hechos cometidos por personas que lejos de todo propósito delictivo, obedecieron a impulso del más fervoroso patriotismo y en defensa de los ideales que provocaron el Glorioso Alzamiento contra el Frente Popular.

Las consecuencias de aquellos procedimientos no pueden subsistir en perjuicio de quienes lejos de merecer las iras de la Ley, son acreedores a la gratitud de sus conciudadanos, sobre todo cuando supieron observar, durante la guerra, la conducta patriótica consecuente a dichos ideales, formando en su inmensa mayoría en las filas de las armas nacionales.

En su virtud dispongo:

Artículo 1. º Se entenderán no delictivos los hechos que hubieren sido objeto de procedimiento criminal por haberse calificado como constitutivos de cualesquiera de los delitos contra la Constitución, contra el orden público, infracción de las leyes de tenencia de armas y explosivos, homicidios, lesiones, daños, amenazas y coacciones y de cuantos con los mismos guarden conexión, ejecutados desde el 14 de abril de 1931 hasta el 18 de julio de 1936, por personas respecto de las que conste de modo cierto su ideología coincidente con el Movimiento Nacional y siempre que aquellos hechos que por su motivación político-social pudieran estimarse como protesta contra el sentido antipatriótico de las organizaciones y Gobierno que con su conducta justificaron el Alzamiento.

Art. 2. º En las causas que, seguidas por los hechos expresados en el artículo anterior, se encuentren en las audiencias respectivas, se dará vista al ministerio fiscal, y si concurrieron los requisitos señalados en dicho artículo, solicita el sobreseimiento libre si aún no se hubiere celebrado vista o dictado sentencia.

En las causas en que hubiera recaído sentencia, el ministerio fiscal solicitará la extinción de responsabilidad criminal por aplicación de esta ley, así como la cancelación de antecedentes penales y la libertad de los acusados que en cualquiera de los casos se hallasen privados de ella.

Art. 3. º Si la causa se hallare en período sumarial, los jueces dictarán auto de conclusión, y por el ministerio fiscal, en trámite de instrucción, se solicitará el sobreseimiento libre.

Art. 4. º No apareciendo en las actuaciones practicadas en los respectivos sumarios debidamente comprobadas las circunstancias que señala el artículo primero, pero si vehementes indicios de concurrencia, el juez o tribunal en cuyo poder se hallare la causa, o el ministerio fiscal, reclamará, previamente, las justificaciones e informes necesarios para definir tanto la ideología y conductas de las personas como la naturaleza y circunstancias del hecho.

Art. 5. º Solicitada por el ministerio fiscal la aplicación de esta ley, si el tribunal competente para resolver la petición la desestimare, se acordará, en el mismo auto resolutorio, el inmediato envío de la causa a la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Recibida que sea, la Sala dará traslado al fiscal para que informe dentro del tercer día, y una vez evacuado el trámite resolverá en igual plazo sin ulterior recurso.

Art. 6. º Cuando el ministerio fiscal no hubiere promovido la aplicación de la presente ley, los procesados o penados que se consideren con derecho a este beneficio podrán solicitarlo del tribunal competente.

Sobre la procedencia de la petición se oirá al fiscal, quien emitirá su informe dentro del tercer día, y la Sala, en otro plazo igual, dictará la resolución que proceda. Si el dictamen del ministerio fiscal fuese favorable a la pretensión deducida, se procederá, en el caso de resolución denegada de la Sala, en la forma dispuesta en el artículo anterior.

Art. 7. º Si los penados por los hechos a que se refiere esta ley hubieren fallecido, el tribunal competente podrá acordar, a instancia del ministerio fiscal o del cónyuge, la cancelación de las notas que se hubieren causado en el Registro Central de Penados y Rebeldes.»




http://www.elpais.com/articulo/espana/amni...elpepinac_2/Tes

Francisco Alegre
Bono exige a la Fiscalía que actúe contra medios de comunicación

El presidente del Congreso ha decidido responder a las informaciones sobre su abultado patrimonio acusando a los medios que han hablado de él de "falsear" y "calumniar". Bono ha enviado a la Fiscalía datos sobre sus bienes y ha hablado de una campaña para "sembrar sospechas".


LibertadDigital.com
2010-04-12


El presidente del Congreso de los Diputados, José Bono, se ha dirigido a la Fiscalía General del Estado con un escrito en el que detalla sus ingresos y los de su familia. En su escrito, Bono afirma que existe una campaña para "sembrar sospechas" sobre su honestidad. Atribuye dicha campaña al grupo periodístico Intereconomía.

En una nota, Bono explica que ha trasladado a la Fiscalía General del Estado "las falsedades y calumnias que se han vertido contra él con el propósito de cuestionar la licitud en la obtención de su patrimonio personal y familiar".

José Bono ha aportado más de 60 escritos notariales y ante Registros Públicos detallando toda su actividad y patrimonio, especificando sus ingresos familiares: su retribución como presidente del Congreso (accesible en la página institucional de la Cámara baja), y también el sueldo de su esposa, los beneficios de las tiendas que ella regenta, y los beneficios de la sociedad familiar "Hípica Almenara". También da cuenta del contrato firmado con la Editorial Planeta para una futura publicación sobre la que Bono trabaja desde hace años.

Bono señala directamente a los medios que vienen publicando informaciones sobre pisos propiedad del presidente del Congreso, y asegura que, con el propósito de cuestionar la licitud en la obtención de su patrimonio personal y familiar, se ha iniciado una campaña de "noticias falsas" para sembrar sospechas sobre su honestidad.

El inicio, según asegura, es la publicación de la compra, por parte de su hijo, dice, de un piso en Madrid. Indica que se dio un precio más de cuatro veces por encima del precio real. Asimismo, afirma que se ha insinuado falsamente que ha ocultado información en su declaración de patrimonio.

En su escrito a la fiscalía, Bono asegura que tiene constancia ante notario y de manera pública de todo su patrimonio, desde que en 1979 desempeñó el primer cargo público de su vida. Además, indica que como presidente de Castilla-La Mancha promovió la primera Ley de Transparencia para que los bienes de los Altos Cargos se publicasen el Diario Oficial, como así hizo desde 1995 hasta su cese como Presidente autonómico (2004).


http://www.libertaddigital.com/sociedad/bo...nio-1276389920/
Julian Navascues
CITA(El fantasma del Blog @ Feb 6 2006, 07:08 PM) *
Hace diez años, en una primavera incierta, pero menos que la actual, un amplio sector del alumnado iniversitario madrileño y cuatro queridisimos colegas mios (profesores Aranguren, Tierno, Montero Diaz y Garcia Calvo) coincidimos en una forma de pensar los problemas españoles y los universitarios e intentamos comportarnos con la responsabilidad y el civismo que nos imponia nuestra condicion profesional y la misma naturaleza de las cosas.

Al publicar este libro quiero recordar aquellas jornadas y, sobre todo, a los hombres que las vivieron.


Semana penitencial de 1975

M. Aguilar Navarro

Derecho Civil Internacional.





CITA
Universidad y sindicatos ante el 'caso Garzón'

ANTONIO ELORZA

ELPAIS.com
España
13-04-2010



Los medios de opinión de la derecha española han iniciado ya desde hace semanas una campaña contra la posibilidad de que los sindicatos mayoritarios decidan una u otra forma de actuación frente al delirante procedimiento que está a punto de acabar con la carrera judicial de un prestigioso magistrado por el terrible crimen de intentar fijar de una vez las responsabilidades de quienes se sublevaron el 18 de julio de 1936, no sólo para acabar con la democracia, sino para eliminar masivamente a todos aquellos que la defendían. En una palabra, de quienes planearon y llevaron a cabo un genocidio, con más de cien mil ejecutados, amen de desencadenar la Guerra Civil.

Asimismo clamarán ahora contra el hecho de que nuestra Universidad se sume a la iniciativa de UGT y CC OO, olvidando que la Universidad era presentada por el dictador como el centro en que se fraguaba la degeneración de España, en virtud de lo cual muchos universitarios fueron asesinados y/o represaliados. La Universidad fue víctima del genocidio franquista. Es lógico que tome una posición pública frente a aquellos que desde cualquier ángulo y condición traten de frenar la declaración del levantamiento franquista como crimen contra la humanidad y que apoyen a los perseguidos injustamente por intentar una delimitación jurídica de esa responsabilidad criminal, no para ejecutar venganza alguna, sino para que de una vez por todas resulte deslegitimado todo intento de edulcorar la imagen de ese genocidio, en la opinión pública, y sobre todo en la enseñanza.

Tantas o más razones existen para la movilización de los sindicatos mayoritarios (curiosamente la derecha ha callado cuando se han puesto en acción los fascistas, verdaderos grupúsculos sin otra presencia que la reconocida para ellos por la Sala Segunda del Tribunal Supremo).

CC OO no existía en 1936, pero UGT, sí, y de acuerdo con las instrucciones del general Mola, en los documentos previos al 18 de julio e inmediatos a esa fecha que reproducía en su auto el juez Garzón, en tanto que pertenecientes a la izquierda y al Frente Popular, la suerte de sus miembros no debía ser otra de antemano que el pelotón de ejecución. Había que imponer el terror; un simple delito político para la argumentación del juez Varela contra Garzón, como si delito político y plan de exterminio político (y físico, esto Varela lo omite) fueran la misma cosa.

La UGT fue víctima de una condena a muerte extensible a todos sus miembros, y aplicable de forma preferente a todos aquellos que desempeñasen funciones directivas, partiendo del nivel local. ¿Cómo va a permanecer callada ante el intento de destrucción de la justicia que está teniendo lugar?

Y no sólo fue la muerte. A título personal, puedo mencionar el caso de mi padre, Antonio Elorza, que formó parte de la Comisión de la UGT que gestionó la Bolsa de Madrid a partir del 6 de noviembre de 1936. Guardo conmigo su carné, el que conservó hasta el fin de sus días y que hasta bien entrados los 40 le hubiera supuesto muerte. Nunca nadie le acusó de otra cosa. Mantuvo el pago de sus cuotas hasta marzo de 1939 y desde la victoria de Franco, tras salvar la piel permaneciendo escondido como topo durante varios años, perdió su empleo, y no lo recuperó hasta 1976. ¿Cuántos militantes de UGT salvaron la vida, pero vieron destrozada esa vida por el simple haber pertenecido al sindicato?

No es cuestión de venganza, sino de impedir que el mismo tiempo se corra una cortina infranqueable sobre el crimen de lesa humanidad en que consistió el franquismo y sea condenado quien intentó asumir la puesta en marcha de la justicia, siguiendo la estela de Francia, de Italia, de la propia Argentina.

Los autos del juez Varela rezuman incomprensión hacia lo sucedido a partir de julio del 36, animadversión al juez Garzón, perfectamente comprobable a partir de una lectura atenta de sus autos, y rechazo consciente de la pretensión de hacer justicia sobre algo que desde el juicio de Nüremberg debiera tener bien claro todo magistrado. Actuar frente a ellos mediante la ley y ante la opinión pública es, pues, una exigencia democrática.


Catedrático de la Universidad Complutense de Madrid



http://www.elpais.com/articulo/espana/Univ...lpepunac_15/Tes



Semana penitencial de 2010
Pepin
La aventura de publicar barbaridades


J. M. MARTÍ FONT
Barcelona

EL PAÍS
Última
23-10-2000



En el mundo académico, Alan Sokal, profesor de Física de la Universidad de Nueva York, no sólo es conocido por sus trabajos, sino especialmente por la broma pesada que jugó a sus colegas y a las instituciones científicas cuando en 1996 decidió poner en evidencia la farsa en la que, a menudo, se mueve el sistema. Sokal escribió el artículo Transgrediendo los límites: hacia una hermenéutica transformadora de la gravedad cuántica en el que, bajo el paraguas de un pensamiento posmoderno, mezclaba conceptos científicos y teorías filosóficas. Entre otras cosas, Sokal aseguraba que las teorías psicoanáliticas de Lacan habían sido confirmadas por trabajos en la teoría de los campos cuánticos. Sokal quería comprobar si era posible publicar una pieza tan absurda en una revista científica de referencia. Social Text lo publicó en 1996 y Sokal denunció la farsa y se armó el escándalo.Guillem Bou Bauzá, doctor en Ciencias de la Educación por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB), ha hecho lo mismo. Bou envió tres ponencias con nombres falsos a dos congresos para especialistas del mundo de la educación, que contenían párrafos plagiados, cuando no barbaridades racistas o simples insultos escondidos en citas en alemán.

Bajo el nombre de Héctor Luis Ormaza Villa, supuesto director del inexistente Instituto Nacional para la Tecnología en la Formación Superior, de Argentina, y asesor del Ministerio de Educación argentino, Bou presentó al I Congreso Internacional Docencia Universitaria e Innovación, celebrado en Barcelona en junio, una comunicación con el título: Balance de la docencia semipresencial apoyada por recursos telemáticos en el contexto universitario argentino.

En realidad, se trataba de una parodia de un artículo de Ramón Pérez Pérez, titular de Tecnología Educativa de la Universidad de Oviedo, copiado con un pequeño añadido, un párrafo en el que se asegura que "es un hecho contrastado" que "el catalán entorpece las comunicaciones en Internet al ser una lengua minoritaria"; que la producción literaria en esta lengua "es escasa y de poca calidad" y que su vocabulario científico es "inexistente". La ponencia afirma que "desde cualquier óptica sensata, los agentes sociales y culturales recomiendan que caiga en desuso hasta su extinción, a fin de evitar el costoso mantenimiento de un bilingüismo estéril culturalmente".

La segunda comunicación que Bou envió al congreso de Barcelona la firmaban al alimón Hans Heidelberg, supuesto profesor titular de la Universidad Politécnica de Mönchengladbach, y Natalia Ramiro, profesora visitante de la misma inexistente universidad. El título: Un modelo de organización para las nuevas tecnologías en la universidad. La trampa, además de la falsedad de los autores, se escondía en citas textuales en alemán. Consignas del estilo "que se metan el teclado donde les quepa" aderezaban los supuestos planes de innovación pedagógica del ICE de Mönchengladbach.

Bou reconoce que puede no haber nadie que sepa alemán en el comité de selección y que el nombre del autor del trabajo no levante sospechas, pese a que la Universidad Politécnica de Mönchengladbach no exista. Pero apunta que dentro del mundo académico a cualquiera le llamaría la atención que el supuesto investigador envíe sus trabajos desde una dirección del popular buscador Yahoo. Supuestamente, ambos textos fueron revisados por el comité científico del congreso y la bibliografía, contrastada. Sólo así se explica que el congreso aceptara ambas comunicaciones, junto con el dinero de la inscripción -30.000 pesetas- y que los textos fueran editados en un CD-ROM avalado por las tres grandes universidades de Barcelona (UAB), la Universidad de Barcelona (UB) y la Politécnica (UPC).

Bou decidió, a continuación, probar en otros caladeros y se decidió por el Congreso Internacional Educar para la Diversidad en el Siglo XXI, celebrado en Zaragoza en julio, organizado por la Asociación Aragonesa de Psicopedagogía con el apoyo del Gobierno de Aragón, el Ministerio de Educación, las diputaciones de Zaragoza, Huesca y Teruel, el Ayuntamiento de Zaragoza y varias cajas de ahorro.

La comunicación enviada bajo el nombre de Juan Garrido Heidelberg, supuesto funcionario del Ministerio de Educación de Austria, se titulaba: Austria después de Haider: una reflexión sobre la educación y el multiculturalismo en Europa. El texto era un puro desvarío, pues se deslizaban consignas como la referencia a un supuesto decreto del Gobierno de Viena titulado Toter Kanacker, Guter Kanacker, que significa: "El mejor extranjero es el extranjero muerto".




http://www.elpais.com/articulo/ultima/aven...elpepiult_1/Tes

Igualito que I. Martin
Katharina Von Strauger
CITA
A 'Torture' Judge's Comeuppance

Spain's Garzón is indicted for judicial overreach.

The Wall Street Journal

REVIEW & OUTLOOK
APRIL 13, 2010


Spanish judge Baltazar Garzón was indicted last week for his probe into Civil War-era executions and disappearances. A Spanish Supreme Court judge charged him with manipulating justice, overstepping his jurisdiction and ignoring a 1977 amnesty on atrocities linked to Francisco Franco's dictatorship.

So it turns out there are limits to Spanish jurisdiction—in Spain at least.

Mr. Garzón first rose to global legal stardom for issuing the 1998 arrest warrant that prompted U.K. authorities to place former Chilean strongman Augusto Pinochet under house arrest for over a year. The warrant rested on the concept of "universal jurisdiction," whereby a judge of any state claims legal jurisdiction over an individual from any other state suspected of having committed certain classes of crime. The judge's admirers considered the warrant against Pinochet the very essence of justice. We warned at the time that it was a recipe for legal anarchy and international discord, and profoundly antidemocratic to boot.

The hyperactive judge has since gone after everyone from Osama bin Laden to Argentine military officers to Italian Prime Minister Silvio Berlusconi. Last year he launched proceedings against former Bush Administration officials on "torture" allegations. Mr. Garzón's colleagues in the Spanish judiciary have also followed his lead with moves against Israeli, Rwandan and Chinese officials for various abuses, real or imagined.

Few of these cases have amounted to much, unless you count a lot of ruined travel plans. And now, at long last, the Garzón shtick is wearing thin. Jaime Alonso, one of the lawyers who filed the case, accuses the judge of employing "judicial gymnastics" to gain "a political platform for his own glory." Spain's Congress has also attempted to curb the judiciary's extraterritorial enthusiasms by limiting its purview to cases with a Spanish connection, and where the target's home country isn't already investigating.

Judge Garzón faces a trial and, if convicted, a ban of up to 20 years from court. Whether it's legal for the Spanish judge to re-fight Spain's 70-year-old civil war will be settled by Spaniards, in Spain, according to Spanish law. Which sounds right to us. Here's hoping Mr. Garzón's imitators grant other countries the same respect.


http://online.wsj.com/article/SB1000142405...latestheadlines




CITA
A Garzón le llega su merecido


Garzón es acusado de extralimitación judicial.


The Wall Street Journal
Opinion
13 de abril 2010



El juez español Baltazar Garzón fue encausado la semana pasada por su investigación sobre las ejecuciones y las desapariciones de la Guerra Civil. Un juez del Tribunal Supremo español le acusó de manipular la justicia, sobrepasar su jurisdicción y hacer caso omiso de una amnistía de 1977 sobre las atrocidades relacionadas con la dictadura de Francisco Franco.

Por tanto, queda demostrado que sí hay limites a la jurisdicción española. Al menos en España

El Sr. Garzón se hizo celebre mundialmente cuando en 1998 emitió una orden de arresto que llevó a la detención en el Reino Unido del ex dictador chileno Augusto Pinochet que estuvo bajo arresto domiciliario durante más de un año. La orden se basaba en el concepto de "jurisdicción universal", mediante la cual un juez de cualquier Estado puede reclamar jurisdicción legal sobre una persona de otro estado sospechosa de haber cometido cierta clase de delitos. Los admiradores del juez consideraron la orden contra Pinochet como la esencia misma de la justicia. Advertimos en aquel momento que se trataba de una puerta para la anarquía, la discordia jurídica internacional, y profundamente antidemocrática.

Después de aquello, este juez hiperactivo se ha lanzado tanto contra Osama bin Laden, como contra oficiales militares argentinos o el primer ministro italiano Silvio Berlusconi, además de que el año pasado abrió procedimientos contra ex funcionarios de la Administración Bush por denuncias de "torturas". Colegas del Sr. Garzón también han seguido su ejemplo con demandas contra Israel, Ruanda y funcionarios chinos por diversos abusos, reales o imaginarios.

Pocos de estos casos han progresado. Y ahora, por fin, el numerito de Garzón se está agotando. Jaime Alonso, uno de los abogados que presentaron el caso, acusa al juez de utilizar la "gimnasia judicial" para conseguir "una plataforma política para su propia gloria." Congreso de los Diputados español también ha tratado de frenar el entusiasmo extraterritorial, al limitar su competencia a los casos con un punto de conexión español, y donde el asunto no se está investigando en el país de origen.

El juez Garzón se enfrenta a un juicio y, si es declarado culpable, la pena puede ser una inhabilitación de hasta 20 años. Si es legal que un juez español reabra ahora asuntos de la Guerra Civil registrada en España hace 70 años, lo resolverán los españoles, en España, de acuerdo con la ley española. Eso es perfectamente correcto. Esperamos que los imitadores de Garzón muestren el mismo respeto hacia otros países".


manolo pizarro
EL APOYO A GARZÓN

En vez de luchar por los que representan e importales un pimiento que tripliquemos las cifras de incremento del paro de países como Reino Unido o Italia, o que Alemania y Polonia tengan hoy menores cifras de desempleo de las que arrojaban al inicio de la crisis allá por septiembre de 2007. A la mafia de los Sindicatos subvencionados se han ocurrido realizar en la Universidad Complutense, una manifestación de apoyo a Garzón para acusar a los jueces del Supremo de haber estado en el Tribunal de Orden Público (TOP) del franquismo y de haber sido "cómplices de torturas", una "Vergüenza histórica" instigada por los "hijos de la dictadura", no se sabe si refieren en este ultimo extemo a Bono, De la Vega, Cebrián, Chaves...

Se les une ahora a los Sindicatos, los tambien subvencionados "de la ceja" Pedro Almodóvar, José Sacristán, Pilar Bardem, Luis García Montero y Almudena Grandes que entre otros muchos que se encerrarán en la Facultad de Relaciones Laborales de la Universidad Complutense con el mismo fin, imagino que el lugar elegido será por aquello de la defensa de sus interes de la SGAE sin dar dan un palo al agua. Alegan como motivo, la gravedad en el hecho de que la Falange y Manos Limpias puedan sentar en el banquillo a un juez que se atrevió a investigar el franquismo, algo que, de llevarse a cabo, "supondría una nueva victoria de Franco". Cuando verdaderamente a Garzon no lo acusan por investigar al Franquismo, sino de prevaricar por ello.

Recuerdo cuando todos estos mismos progres de la hoz y el martini, con las barrigas llenas a costa de nuestros impuestos, querían mandar a Garzón al asilo por investigar los GAL (Ver lo que decía El Pais), sinembargo ahora no les entra en la cabeza que "fascistas" sienten ante un tribunal a un "juez demócrata", ... apoyados por otros jueces del Supremo "complices de torturas" que no son democratas. Apañados vamos con esta gentuza tan "democrata" ¿Que pensarán es la democracia?, pasarse por su supuestamente democráticos forros, normas y leyes, que son las que constituyen las reglas del juego en un Estado de Derecho.

Parece como si en todo este teatro se viera la mano del "subvencionador", entreteniendo al despistado y al tonto útil de lo que verdaderamente importa a los españoles en las estadisticas del INE, el paro, la crisis economica que padecemos y ETA. Las dos primeras cosas tenemos ya la certeza que no va a solucionarnosla, pero la tercera es como para ponen el grito en el cielo al ver cómo la Audiencia Nacional y Gómez Bermúdez no ven indicios de financiación de ETA al diario Egunkaria. Claro que lo prometido a estos encapuchados para que puedan rehabilitar silenciosamente a Batasuna y a todas las marcas blancas que utilizó en el pasado a su favor, es similar a las subvenciones realizadas a estos progres para montar estas algaradas.

Vislumbro que para pasar el encierro los "de la ceja" hayan contratado ya los servicios de colchones pikolin (el mas caro de la gama), el desayuno irá por cuenta del hotel ritz, del que suelen ser clientes y la comida se la servirán desde el restaurante El Bulli. Despues del encierro tendrán previsto un viaje en crucero por las Seychelles, Caymán y Cuba, las dos primeras para ver que banco da más beneficio a sus subvenciones y la tercera para apoyar a los Castro de su generosa política de derechos humanos y quejarde de la poca democracia existente en España. Aunque por mi, podrian encerrarse y tirar la llave al mar.

En este apoyo gerracivilista, antidemocratico y antitrancisión, a excepción hecha de los improperios de algunos etarras contra sus juzgadores, nunca se habian escuchado en la reciente historia de nuestro país insultos tan graves como los que han recibido este martes los magistrados del Supremo. ¿Que le deberá el PSOE a Garzón?.

Saludos.
Bruce Beelher
'Tangentópolis'

ANTONIO ELORZA

EL PAÍS
Opinión
14-04-2010



La corrupción viene de atrás en países como Italia o España, donde la Administración del Estado fue secularmente opresiva y débil al mismo tiempo, siendo el consiguiente vacío de poder ocupado por redes clientelares. El resultado al llegar el siglo XIX es que si bien hubo falseamiento de elecciones en otros países, esto es, presencia de la corrupción en el sistema político, otra cosa fue que como en España o en el Mezzogiorno italiano el régimen político estuviera bajo el dominio absoluto del sistema de la corrupción.

El conocido hecho de que a lo largo de un siglo, desde la década de 1830, nunca hubiese en España una victoria electoral de la oposición, hasta el punto de que en vez de decir el gobierno convoca elecciones fuera consagrada la expresión el gobierno hace las elecciones, resulta ya suficientemente expresivo. Corrupción política que estuvo unida a la económica, tanto por la subordinación del aparato estatal a los poderosos como en su colusión con intereses delictivos. Hasta alcanzar la consagración social del gran corruptor. En España la más prestigiosa fundación cultural lleva el nombre de Juan March, cosa que no sucede en Estados Unidos ni en Europa con ningún personaje comparable.

En la Italia de los años noventa el término acuñado para designar la nueva forma de corrupción sociopolítica fue el de tangentópolis. Con el mismo era designado el círculo de relaciones económicas según el cual los políticos recibían importantes pagos (tangenti) a cambio de proporcionar contratos, obras, subvenciones con dinero público de acuerdo con un riguroso orden preestablecido y no menos estrictos porcentajes de distribución entre los partidos con poder (socialistas de Craxi y Democracia Cristiana en primer plano).

En Sicilia, me contaba en los ochenta un político socialista, hasta la entrada en determinados ayuntamientos era de pago, y le parecía muy bien. La protesta de un pequeño empresario ante las exacciones del socialista director de un hospicio milanés fue el hilo a partir del cual un pequeño grupo de magistrados etiquetado como Mani Pulite (la náusea me impide utilizar la traducción) acabaron poniendo al descubierto entre 1992 y 1994 la lógica interna y los principales implicados en el sistema de la corrupción.

Hasta que un empresario vinculado a la logia subversiva derechista P2, Silvio Berlusconi, interrumpió el proceso al ocupar el Gobierno. Un instrumento muy eficaz, ejemplar de cara al caso Gürtel, había sido la prisión sin fianza, fuente de muchas confesiones e inculpaciones recíprocas. En la calle, el procesado por corrupción no va a escaparse, pero sí tiene plena libertad para destruir pruebas y confabularse con otros implicados en su actuación delictiva.

Tal como van conociéndose los datos en la trama corrupta dentro del PP hay elementos comunes y también diferencias. Cabe aplicar al caso la etiqueta de tangentópolis, por cuanto no se trata de lamentables episodios aislados, como el de Santa Coloma, sino de telas de araña tejidas en torno a personajes que han podido desarrollar sus millonarias actividades ilegales gracias a ocupar puestos de alta responsabilidad en el PP y en sus administraciones, incluyendo al ex presidente de la comunidad más rica de España y al propio tesorero del partido, por no hablar de Valencia.

La acumulación de datos reunidos en los sumarios sobre los presuntos delitos de Matas, Bárcenas o Correa pone de manifiesto algo muy grave: la posibilidad de que el cáncer de la corrupción haya alcanzado grandes dimensiones tanto en el cuerpo del partido conservador como en el entorno empresarial del mismo. Pero a diferencia de lo sucedido en Italia, y por mucho que se intente la exhumación del caso Filesa, no cabe extender esta situación al conjunto del sistema político. Aunque moleste a Rajoy, tangentópolis aquí y ahora es toda suya.

Además la actitud adoptada no hace sino incrementar las razonables sospechas. Su silencio actual sirve para recordar que ha tenido todo un año para emprender una investigación interna que le permitiera separar el trigo de la cizaña. Nada ha hecho. Las palabras sobre su voluntad de "tolerancia cero" son desmentidas, al diseñar una táctica consistente en lanzar cortinas de humo y en esperar a que escampe, como si estuviéramos ante problemas personales y no ante la puesta en cuestión de la moralidad de todo un partido. Una cosa es la presunción procesal de inocencia y otra cerrar los ojos ante datos irrefutables, que hubieran debido acarrear inmediatas suspensiones de militancia. El despacho de Bárcenas, pagar su abogado, la baja a la carta decidida por Matas, la absolución previa sobre las posibles financiaciones irregulares, escudándose en la gran extensión del sumario, son indicios de todo menos que de un comportamiento respetuoso con la ciudadanía. Volviendo a Italia, recuerdan a las maniobras de Bettino Craxi hasta que la culpabilidad quedó irrefutablemente refrendada por las sentencias judiciales.

Al ser acusado de corrupción el presidente balear Gabriel Cañellas, Aznar cortó en 1995 por lo sano, forzando su dimisión. En el caso Gürtel, Rajoy ha decidido desde el principio refugiarse en la opacidad, con el riesgo de un daño irreparable. A no ser que la gravedad del mismo sea tal que juzgue suicida practicar la transparencia.


Antonio Elorza es catedrático de Ciencia Política.



http://www.elpais.com/articulo/opinion/Tan...elpepiopi_5/Tes
Pepin
CITA
Teodoro Nguema Obiang: Part Imelda Marcos, part Cruella de Ville

HARPER'S MAGAZINE
April 12, 11:41 AM, 2010
Washington Babylon
By Ken Silverstein


As recently reported here, the U.S. government has been investigating Teodoro Nguema Obiang Mangue, son of the dictator of oil-rich Equatorial Guinea, for money laundering and corruption. Obiang, who earns about $5,000 per month as Minister of Forestry (AKA, the Minister of Chopping Down Trees), was found to have laundered at least $75 million into the United States the past few years. That comes to nearly twice the amount allocated by Equatorial Guinea for its yearly national education budget.

With that money, Teodorin bought a private jet and a $35 million estate in Malibu, which boasts a swimming pool, tennis courts, and a four-hole golf course. Government documents also show that he owned millions of dollars worth of sports cars and at least two luxury boats. “It is suspected that a large portion of Teodoro Nguema OBIANG’s assets have originated from extortion, theft of public funds, or other corrupt conduct,” said a Justice Department document.

In addition to being a crook, Obiang also turns out to be a terrible employer. I recently obtained papers from a court judgment against Obiang, who was ordered to pay his former housekeeper in Malibu, Lily Panayotti, roughly $62,000 in unpaid wages, penalties, and lawyer’s fees. Panayotti’s complaint says her work included cleaning his 14,000 square foot compound, which had four “houses” on the property. This included “cleaning and polishing the Property’s enormous collection of silver and crystal” and shuttling Obiang’s vast amount of luggage (he “traveled with hundreds of pairs of shoes”) to and from the airport.

Panayotti’s deposition states:

I had to be in attendance at all times while Mr. Obiang was present. We could not leave the property to eat lunch, nor could we leave the property until he woke up each day. Sometimes he would not wake up until 7, 8, 0r 9 o’clock in the evening. When this happened, even though it was long after I had already been on the Property for approximately 12 hours, i had then to clean his room, closet, bathroom and straighten all of his clothes and anything else that I was ordered to do. This routinely required me to work at the Property until 11:00 or 12:00….

I felt threatened at work because of the way that the Defendants treated employees. The Defendants did not allow me to eat the same food that other guests and even some workers got to eat. While at work, I was fed beans, corn, and a mixture of potatoes with sausage..I was not permitted to eat other food…

As with food “restrictions,” I could only use one of the approximately sixteen bathrooms on the Property. This was very stressful, sometimes painful, and required me to constantly run back and forth across the Property to the location of “my” bathroom. I felt it was nearly impossible to take care of the Defendants’ strict needs and demands and take care of unavoidable personal necessities….

Mr. Obiang had very strict preferences about how he was treated when he arrived, while he was at the Property and how he was treated when he was leaving. When Mr. Obiang would arrive at the Property, all of the workers, including myself, were required to stand at attention in a line waiting for him. Likewise, we had to greet him and line up when he left.. And we had to constantly wait for him when he was asleep and be ready at a moment’s notice when he awoke.

The U.S. government continues to allow Obiang into the country, even though he should clearly be barred under a proclamation issued by George W. Bush which bars entry to corrupt foreign officials. If the government can’t muster the political will to do that — U.S. oil companies have billions invested in Equatorial Guinea — it should at least block him as a means of keeping him from ripping off American workers.



http://harpers.org/archive/2010/04/hbc-90006864






CITA
Teodoro Nguema Obiang: una mezcla de Imelda Marcos y de Cruela de Ville

HARPER'S MAGAZINE
April 12, 11:41 AM, 2010
Washington Babylon
por Ken Silverstein


El gobierno de los EEUU ha estado investigando a Teodoro Nguema Obiang Mangue por los delitos de corrupción y blanqueo de dinero. Se ha encontrado que el hijo del dictador ecuatoguineano, con un sueldo de 5000 dólares mensuales como ministro de Agricultura ha podido blanquear al menos 75 millones de dólares en Estados Unidos en los últimos años. "Es una cantidad que dobla la asignada a la educación en el presupuesto anual destinado a la educación".

Con este dinero, Teodorin se ha comprado un jet privado y una finca en Malibú valorada en 35 millones de dólares que cuenta con una piscina, canchas de tenis y un campo de golg de cuatro hoyos. El gobierno norteamericano ha podido comprobar que es propietario de millones de dólares en vehículos deportivos y, al menos, dos barcos de lujo. "Se sospecha que una gran parte de los activos de Teodoro Nguema Obiang son producto de la extorsión, el robo de fondos públicos, o de otras conductas corruptas", dice un documento del Departamento de Justicia norteamericano.



Además de ser un ladrón, Teodorin parece ser un "empleador terrible". Ken Silverstein ha conseguido recientemente el texto de un fallo judicial por el que se le condena a pagar a su antigua ama de llaves en Malibú, Lily Panayotti, unos 62.000 dólares en salarios no pagados, multas y los honorarios del abogado. La señora Panayotti indica que su trabajo incluía la limpieza de 14.000 metros cuadrados en las cuatro "casas" que hay en la propiedad, en la que se incluye la "limpieza y el pulido" de las colecciones de plata y cristal y el traslado del voluminoso equipaje con el que viaja Teodorin ("viajó con centenares de pares de zapatos") desde y hacia el aeropuerto.

En su declaración dice también la señora Panayotti: "Tenía que estar siempre en la casa cuando el señor Obiang estaba presente. No podíamos salir de la propiedad para comer, teníamos que esperar a que se despertara. A veces no se despertaba hasta las 7, las 8 e incluso las nueve de la noche. Esa era la hora a la que había que limpiar su cuarto, su baño, arreglar su ropa o cualquier otra cosa que me ordenara hacer, aunque yo llevase en la propiedad casi doce horas... Tenía que estar en la propiedad hasta las once o las doce...".

Otros aspectos notables del trato de Teodorin a su empleada eran las normas relativas a la comida. "No me permitía comer lo mismo que los huéspedes e incluso lo que comían otros trabajadores. Estaba harta de judías, maíz y una mezcla de patatas con chorizo... no se me permitía comer otra cosa".

En lo que hace a los cuartos de baño, "sólo podía usar uno de los aproximadamente dieciséis que hay en la propiedad. Me veía obligada a correr constantemente en uno y otro sentido a través de la propiedad para llegar a "mi" cuarto de baño. Tuve la sensación de que era imposible cumplir con mi trabajo y al mismo tiempo con las inevitables necesidades personales...".

Teodorin "tenía criterios muy estrictos sobre la manera en la debía ser tratado a su llegada, durante y cuando se iba" de la propiedad. "Todos los trabajadores estábamos obligados a colocarnos en fila para darle la bienvenida y recibir sus instrucciones y lo mismo cuando se iba... Estábamos obligados a esperar constantemente cuando dormía y estar pendientes de el cuando estaba despierto".

El gobierno de los Estados Unidos, termina Ken Silverstein, sigue permitiendo a Teodorin que entre en el país a pesar de que debería afectarle la disposición dictada por George W. Bush que prohíbe la entrada en EEUU de personas que corrompan a funcionarios extranjeros. "Si el gobierno no es capaz de reunir la voluntad política para hacerlo - empresas petroleras de los EEUU han invertido miles de millones en Guinea Ecuatorial - debe hacerlo para que impedirle que estafe a trabajadores estadounidenses".


manolo pizarro
Bruce Beelher, puestos hablar de Tangentópolis.......


El escándalo de Canal Sur TV y la RTVA

L D (Pedro de Tena).

La Radio Televisión Andaluza depende del entorno de Manuel Chaves, en concreto de la consejería de Presidencia del famoso Gaspar Zarrías. Para que en el resto de España y en buena parte de Andalucía se hagan los lectores una idea general de qué representa Canal Sur TV y el conjunto de los medios públicos de la RadioTelevisión Andaluza, bastarán unas pinceladas de esbozo:


1.-Los tres presidentes socialistas de la Junta de Andalucía desde 1982 han tenido o tienen intereses en Canal Sur y la RTVA:

* Rafael Escuredo es socio de Lolacción, SA, empresa en la que participa junto con Paco Lobatón, ex alto cargo de Canal Sur TV, periodista afín al Partido Socialista y beneficiario de suculentos contratos de la RTVA.

* José Rodríguez de la Borbolla tuvo a su hermano Pedro en la plantilla de la RTVA.

* Manuel Chaves González tiene a su hermano Francisco Javier en la jefatura de Servicios Generales de la RTVA.


2.-Ejemplos de altos cargos del PSOE que tienen familiares en la RTVA:

* El que fuera presidente del Parlamento andaluz y actualmente diputado nacional y presidente de la Comisión de Fomento y Vivienda y de la Delegación española en la Asamblea Parlamentaria de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE), Javier Torres Vela, tiene a su hermana, María Belén, en la plantilla de la RTVA y dirige el programa "Solidarios".

* El que fuera vicepresidente del gobierno andaluz, José Miguel Salinas, tiene a su esposa, Blanca Garrido Ramos, en la plantilla de la RTVA.

* El ex portavoz del PSOE en el Parlamento andaluz, José Caballos Mojeda, tiene a su hermana, Emilia, en la plantilla de la RTVA. Su actual compañera, Mercedes Gordillo, ha sido jefa de prensa del grupo parlamentario del PSOE y actualmente está en la Fundación Audiovisual de Andalucía.

* El actual alcalde de Sevilla, Alfredo Sánchez Monteseirín, tiene a su hermana María Teresa en la plantilla de la RTVA y está casada con el actual presidente de la Caja de Ahorros San Fernando Jerez y ex presidente socialista de la Diputación de Sevilla, Luis Navarrete Mora.

* Alonso Balosa, destacado militante socialista, ex comunista, que fue adjunto al Defensor del Pueblo y fue, al menos hasta 2004, secretario permanente del Consejo de Administración de la RTVA, tiene a su esposa, Pilar Morán de la Fuente, en Canal Sur.

* Patricio Gutiérrez del Álamo, Defensor del Oyente y el telespectador de Radio y Televisión de Andalucía. Es hermano de Chiqui Gutiérrez del Álamo, en otro tiempo, factotum del PSOE de Málaga.

* Gaspar Zarrías tiene a su prima política, María Paz Albors Patuel, colocada en la secretaría del director general de la RTVA, por cierto, amigo personal de Manuel Chaves.

Quedan bastantes más, pero sirva de muestra este botón.


3.-Ejemplos de las relaciones de altos cargos del PSOE con productoras de televisión que trabajan para Canal Sur.

* Entre las personas relacionadas con la empresa de José María Zafra, Mundo Visión MGI 2000 SA, están Ángel Ojeda Avilés, ex consejero de la Junta de Andalucía; Antonio Roig, ya fallecido, y que fue director general de Presupuestos de la Junta de Andalucía; Mencía Morales Francisco, director General del IFA, también del Parque tecnológico y Aeroespacial de Andalucía, SL. Aeropolis.

* Un vicepresidente de la Junta, José Miguel Salinas, tiene intereses en la productora Videoplanning, que trabaja desde hace años para Canal Sur TV.

* La trama publicitaria de Canal Sur tenía a dos hijos de Carmen Severo Mejías y a su propio marido entre sus miembros, junto con el periodista y recientemente moderador del debate Rajoy-Zapatero, Manuel Campo Vidal. Juan María González Márquez, marido de Carmen Mejías, compartió con el periodista Manuel Campo Vidal participación en una empresa a la que ha recurrido como socio una agencia publicitaria multinacional tras obtener un contrato de 7,3 millones de euros de una empresa pública de la Junta de Andalucía. O sea que un hermano de Felipe González, además de su cuñada y sus dos sobrinos, podían, según el PP, haber incurrido en un "presunto delito de tráfico de influencias" por su participación en una compleja "trama publicitaria" montada desde las más altas esferas de la Junta de Andalucía y cuyas ramificaciones llevarían hasta la televisión pública andaluza, Canal Sur. En concreto, Juan María González Márquez y sus dos hijos, Juan María y Javier González Mejías, formaban parte de Al Sur S.A., una empresa que crearon en julio de 2004 y en la que también aparecía –a través de Económica y Estrategias Consulting de la Comunicación S.L.– uno de los periodistas mejor relacionados con el Gobierno andaluz: Manuel Campo Vidal. A este último el presidente de la Junta, Manuel Chaves, le encargó la campaña de difusión de su proyecto de la Segunda Modernización.


4.- Ejemplos de ex altos cargos de la RTVA vinculados a productoras con las que el Ente Público andaluz contrató casi la mitad del presupuesto entre 1999 y 2004, según El Mundo.

Desde 1999 hasta 2004, los principales contratos de la televisión pública andaluza recayeron en 42 productoras que recibieron 125 millones de euros (casi 21.000 millones de pesetas).

Frente a los más de 53 millones de euros que le facturaron las 12 productoras pata negra a Canal Sur, las otras 30 empresas se tuvieron que conformar con algo más de 71 millones de euros, que representan el 57 por ciento del total.

Las productoras pata negra están controladas por diez ex directivos de la cadena autonómica, entre los que destacan dos ex directores generales de la RTVA, Salvador Domínguez, que fue el primero, y Manuel Melero, que ocupó este puesto entre 1990 y 1994.

El listado de los diez ex directivos con negocios en productoras que contratan con la cadena pública se completa con Francisco Cervantes, Francisco Romacho, Pedro Recuenco, Julián Pavón Fuentes, Francisco Lobatón, Juan Luis Manfredi, José María Durán Ayo y Ricardo Llorca.

Francisco Cervantes, que fue director de Canal Sur Televisión en los años 1988 y 1989, es uno de los casos más significativos de los contratos a dedo y millonarios de la RTVA a sus propios ex directivos, convertidos en empresarios tras su salida de la cadena pública.

Además, Cervantes es el ex directivo de Canal Sur que ha conseguido mejores contratos a través de sus productoras Productora Cinematográfica Veintinueve y PC 29 Televisión. Con la primera empresa, en la que figura como administrador único, ha obtenido de la RTVA cerca de 13 millones de euros en contratos (2.125 millones de pesetas) entre 1999 y 2004.

En los últimos años, las adjudicaciones de la televisión pública a Cervantes han sido derivadas a PC 29, que tiene los mismos socios y prácticamente el mismo nombre. Con esta sociedad, constituida en mayo de 2003, ha logrado más de 4,2 millones de euros (701 millones de pesetas) en contratos de la RTVA. Según los datos del Registro Mercantil, la actual apoderada de las dos productoras, María de los Ángeles Oliver Puelles, aparece en el listado oficial de trabajadores que han pasado por Canal Sur.

En la productora ZZJ confluyen los intereses de tres destacados ex directivos de la cadena. Se trata de Francisco Romacho, jefe de Programación de Informativos de Canal Sur Televisión durante cuatro años, entre 1990 y 1993, director de Canal Sur Radio en 1995 y subdirector general de Desarrollo y Operaciones de la RTVA; Pedro Recuenco, director Comercial de la cadena pública en los años 1996 y 1997; y Julián Pavón Fuentes, que fue director de Producción entre 1988 y 1999.

Pedro Recuenco Rivera, Francisco Romacho y Julián Pavón Fuentes están vinculados al principal socio y actual consejero delegado de la productora ZZJ, José María Zafra Benjumea, a través de las sociedades Mundovisión MGI 2.000 S.A. y Ficciones del Sur, según los datos del Registro Mercantil. Romacho figura como consejero dentro de los órganos sociales históricos de Mundovisión MGI 2.000 S.A., mientras que José María Zafra Benjumea es el presidente de la misma. El ex directivo de Canal Sur Pedro Recuenco Rivera también fue consejero de la productora Mundovisión MGI 2.000 S.A.

Once años estuvo en Canal Sur Televisión Julián Pavón Fuentes, que actualmente es el director gerente de Ficciones del Sur, de la que Zafra Benjumea es consejero.

Es llamativo que el propio ex director general de la RTVA Manuel Melero Muñoz, que ocupó este puesto cinco años, entre 1990 y 1994, posea una productora con contratos en la cadena pública. La sociedad Media Planet Internacional está representada por Melero Muñoz y le ha facturado a Canal Sur Televisión más de 500.000 euros a través de contratos a dedo y sin publicidad.

Otro ex directivo de Canal Sur con productora propia que incluso presenta actualmente un programa que está en antena es Francisco Lobatón, que fue jefe de Programación de Informativos entre 1988 y 1989. Lobatón, que dirige y presenta el programa Siete Lunas, es el administrador único de la productora Red Acción 7 Andalucía, la sexta que más le ha facturado a Canal Sur Televisión entre 1999 y 2004, con un total de cinco millones de euros (866 millones de pesetas). Lobatón creó esta sociedad en 1998 con tan sólo 3.000 euros de capital social.

La novena productora con un volumen de facturación más alto de Canal Sur Televisión es Atrium Digital. Detrás de esta empresa, a través de sociedades interpuestas, hay dos ex directivos de la RTVA, según los datos recopilados en el Registro Mercantil. Se trata de José María Durán Ayo, que fue director de Canal Sur Radio en 1989 y director de Canal Sur Televisión en 1990, y Juan Luis Manfredi, ex directivo de Relaciones Externas de Canal Sur entre los años 1989 y 1991.

José María Durán Ayo es administrador solidario de la empresa Almotacen S.L., que a su vez aparece en los órganos sociales, en calidad de presidente, de la productora pata negra Atrium Digital.

Un consejero de esta productora es la empresa Ikono Consultores de Imagen Integral S.L., cuyo socio único es Juan Luis Manfredi, actual profesor de Periodismo en la Universidad de Sevilla y ex directivo de Canal Sur.

Otro destacado ex directivo de Canal Sur es Ricardo Llorca, que además fue jefe de prensa del socialista Ramón Jáuregui en el País Vasco a mediados de los años 80. Siempre ligado al PSOE, llega a Sevilla entre 1993 y 1994 como director del centro de TVE en Andalucía, en la última etapa de gobierno de Felipe González. En 1996, con la llegada del PP al gobierno central, es destituido. Su desembarco en Canal Sur es inmediato.

Recordarán que en esta última campaña electoral Canal Sur ha sufrido cuatro expedientes por incumplir las normas mínimas de neutralidad y objetividad en favor del PSOE y en contra del PP. NATURAL.

http://www.libertaddigital.com/nacional/el...tva-1276325369/
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Esto si que es verdadera Tangentópolis, pero El Pais solo ejemplifica con la oposición y el Gurtel ¿Porqué será se les ha rayado el disco?.

Saludos.
Indalecio
Las críticas al patrimonio de Bono molestan a dirigentes del PP


ANABEL DÍEZ
Madrid

ELPAIS.com
España
15-04-2010



En las filas del PP reinó ayer cierta confusión, dado que hubo quienes defendieron al presidente del Congreso, José Bono, en tanto que otros mantuvieron las exigencias de que explique el origen de su patrimonio. Lo cierto es que el titular del Congreso tuvo ocasión ayer de agradecer, a muchos diputados del PP, las muestras de solidaridad que le mostraron. En el entorno de Bono se asegura que 17 parlamentarios del Grupo Popular, algunos en grupo, otros individualmente, le mostraron su apoyo.

Otros del mismo partido lo hicieron en alto, incluso alguno por escrito, aunque posteriormente se retractó. Este fue el caso del presidente de Nuevas Generaciones, Ignacio Uriarte, que en su blog personal escribió: "José Bono es un hombre honrado, que no tiene por qué estar pendiente de justificarse", añadió. "Quien tenga pruebas contra él, lo que debe hacer es ir al juzgado". Pocas horas después, Uriarte retiró ese artículo y lo sustituyó por otro que tituló: "Me equivoqué". Explicó que su primer artículo había sido utilizado para proclamar que se enfrentaba a su partido. Entonces decidió retirarlo.

José Manuel Molina, ex alcalde de Toledo del PP y directo adversario años atrás, señaló: "José Bono es una persona honrada y lamento que se haga uso del refrán 'Difama que algo queda". También defendió en alto a Bono el diputado del PP Juan Costa. "Yo no sé si el señor Bono es una persona profundamente rica o no, pero no tengo ninguna razón para poner en tela de juicio su honradez personal".

Ahora bien, también de las misma filas, el diputado popular por Guadalajara, José Ignacio Echaniz, insistió en que alguna de las cuentas no cuadraban. Desde el PP, Mariano Rajoy, se limitó a señalar que lo mejor para Bono es "la claridad y la transparencia". El presidente del Congreso ofreció ayer a todos los portavoces parlamentarios la documentación que ha remitido al fiscal general del Estado. Tras entrevistarse con todos ellos ha trascendido que ninguno estima necesario estudiar esos documentos. El portavoz adjunto de CiU, Josep Sánchez Llibre, proclamó la honorabilidad de Bono y lamentó que se siembren dudas sobre el origen de su patrimonio.

Ahora bien, también de las misma filas, el diputado popular por Guadalajara, José Ignacio Echaniz, insistió en que alguna de las cuentas no cuadraban. Desde el PP, Mariano Rajoy, se limitó a señalar que lo mejor para Bono es "la claridad y la transparencia". El presidente del Congreso ofreció ayer a todos los portavoces parlamentarios la documentación que ha remitido al fiscal general del Estado. Tras entrevistarse con todos ellos ha trascendido que ninguno estima necesario estudiar esos documentos. El portavoz adjunto de CiU, Josep Sánchez Llibre, proclamó la honorabilidad de Bono y lamentó que se siembren dudas sobre el origen de su patrimonio.




http://www.elpais.com/articulo/espana/crit...elpepunac_1/Tes
El fantasma del Blog
Franco, ese fantasma


ABCdeSevilla.es
IGNACIO CAMACHO
Jueves , 15-04-10


MALO, malo, malo.

Algo se ha roto en el sistema cuando los magistrados del Supremo tienen que convocar a la prensa extranjera para explicar que Franco lleva treinta y cinco años enterrado y que ellos no son la quinta columna del tardofranquismo sino la ultima ratio de la justicia de un Estado de Derecho. Algo ha crujido en la estructura de la democracia bajo el zarandeo de una campaña extremista de descalificación de las instituciones, sin que el Gobierno sepa salir con decisión en defensa del prestigio de una nación moderna. Quizá porque esa exaltada ola de agitación ha crecido en la confianza de que se mueve a favor de corriente, en sintonía ideológica con el discurso rupturista de un poder dispuesto a desguazar el legado de la Transición, y ha terminado convirtiéndose en un maremoto al que ahora es difícil contener sin que erosione la estabilidad institucional.

Al permitir que la izquierda social lleve el debate sobre el juicio a Garzón al ámbito tramposo de la propaganda política, mostrando incluso una anuencia oficiosa con el fondo de esa maniobra desquiciada, el Gobierno ha dado pie a un severo deterioro extra de la ya muy cuestionada independencia judicial, causando daños de difícil reparación en la estructura de un poder esencial del Estado. En realidad, se trata de un escándalo que avería todo el núcleo del sistema, porque la resurrección del fantasma de Franco -agitado por la izquierda como espantajo contra una decisión judicial adversa- constituye un elemento de enorme sugestión simbólica para la opinión pública internacional. Después de tres décadas de impecable funcionamiento de un Estado constitucional construido sin traumas sobre las cenizas de la dictadura, influyentes medios anglosajones han comprado la mercancía averiada de la supervivencia del viejo régimen en el entramado democrático. Y esa falacia, urdida de manera dolosa y culpable dentro de España, supone un perjuicio gravísimo que compromete la credibilidad del país entero en un momento especialmente sensible para nuestros intereses colectivos.

El Gobierno que no ha sabido o querido salir al paso de toda esta interesada patraña es el que tiene ahora la responsabilidad de deshacerla, aunque ello le suponga la obviedad de proclamar que, por mucho que se empeñen Garzón y sus defensores, el franquismo es una página olvidada en la realidad cotidiana de una democracia firme, sin cuentas pendientes ni atrasos históricos. La tentación de aceptar la tesis contraria para presentarse como depurador salvífico de los residuos dictatoriales no puede constituir siquiera una hipótesis de trabajo. El problema es que al zapaterismo le cuesta templar este trastornado descalzaperros porque aunque se desmarque de las formas parece compartir los argumentos de la confusión interesada. Y tal vez se sienta a gusto peleando contra falsos molinos franquistas como un Quijote de barraca.




http://www.abcdesevilla.es/20100415/opinio...a-20100415.html
Pepin
Vaya pleito, Pizarrin

http://www.youtube.com/watch?v=4jSHXZ6RtxI
Maripili
CITA
El rey Pelayo pierde uno de sus símbolos

El historiador y arqueólogo César García de Castro demuestra que la Cruz de la Victoria data del reinado de Alfonso III.


La Voz de Asturias
15/04/2010
J. CUEVAS




Entre los arqueólogos era un secreto a voces. "Todo el mundo sabía que un trozo de madera no podía aguantar 200 años" . La leyenda cuenta que la Cruz de la Victoria, tal y como la conocemos hoy, es un revestimiento de metal y piedras preciosas que se realizó sobre el original de madera que sostuvo Pelayo en la batalla de Covadonga. Pero el carbono 14 ha demostrado que la cruz de madera también fue posterior al reinado del primer monarca asturiano.

El historiador y arqueólogo César García de Castro fue el responsable de la investigación que fijó la fecha en la que se taló la madera con la que posteriormente se realizaría la base de uno de los símbolos del Principado. "Cuando el alma de la cruz se rompió en 1977", explicó ayer a LA VOZ, la parte de madera quedó en el suelo "porque al ladrón no le interesaba". Fue entonces cuando se decidió extraer una pequeña muestra para someterla a la prueba del carbono 14, que en aquellos días no era tan fiable como lo es hoy.


Un árbol que cayó bajo el reinado de Alfonso III

En su libro Signum Salutis , dedicado a la historia de las cruces en el Principado, García de Castro incluye la calibración de los datos extraídos del examen radiocarbónico. "La fecha del corte del árbol fue bajo el reinado de Alfonso III", sentenció ayer el arqueólogo. "En arqueología era algo de sentido común".

Los resultados de la investigación coincidían con la fecha, ya conocida, de elaboración de la pieza de orfebrería que recubre a la cruz de madera. Casi podría asegurarse que ambas son coetáneas y, por tanto, datan del año 908. "Cuadra perfectamente", apuntó. Pese a todo, no se puede hablar de una fecha exacta, ya que el carbono 14 tiene un pequeño margen de error a la hora de determinar la antigüedad.

De hecho, reconoció el investigador, la leyenda que relaciona al monarca asturiano con la Cruz de la Victoria no surgió hasta el siglo XVI. Hasta esa fecha, no se ha encontrado ningún documento que relacione a este objeto con Pelayo, algo que ya fue apuntado por García de Castro en 1999.

Las falsas creencias sobre la Cruz de la Victoria se recogen en el libro Arqueología medieval en Asturias , que se presenta esta tarde en la Librería Cervantes y en el figuran algunos de los avances más importantes realizados en esta materia en los últimos años. El estudio ha sido realizado por los arqueólogos Iván Muñiz y Alejandro García-Alvarez del Busto. El informe ha hecho que los dos se lleven el XIII Premio Alfredo Quirós Fernández 2008-2009. La nueva edición del certamen se presenta hoy en la librería ovetense.

Muñiz indicó ayer que la investigación de García de Castro, realizada en el 2008 con motivo del aniversario de la Cruz de la Victoria, es una de las aportaciones más recientes a la arqueología en el Principado. Pero la publicación recoge además otros trabajos que, según Muñiz, ofrecen una visión completamente distinta de este campo.

Entre otras aportaciones, Arqueología medieval en Asturias recopila datos y mapas sobre poblaciones asturianas que hasta la fecha era inéditos. También acerca a los lectores a la forma de vida y a los rituales propios de Asturias durante el medievo. "Algunos aún perduran", señaló Muñiz. Por ejemplo, profundizó, la red de parroquias en la que se dividen los ayuntamientos procede de esa etapa histórica.

Arqueología medieval en Asturias , adelantó el autor, pretende ofrecer una visión menos técnica de la arquitectura. También realiza una labor de memoria histórica medieval , recuperando la actividad y el papel que desempeñaban los campesinos, sin los que los nobles no habrían podido mantener su modo de vida




http://www.lavozdeasturias.es/noticias/not...asp?pkid=550159




Ahora se descubre todo. Todo era mentira
Francisco Alegre
¿Se paga la corrupción?

IGNACIO SÁNCHEZ-CUENCA

EL PAÍS
Opinión
16-04-2010



Los datos que demuestran la corrupción generalizada en las filas del PP allí donde gobierna o ha gobernado son abrumadores. El hecho de que, por el momento, las encuestas no registren penalización electoral alguna a este partido político, o el que incluso muestren un aumento de sus apoyos en comunidades como la de Valencia, provoca cierta incredulidad y lleva a algunos a preguntarse si los votantes de derechas son menos sensibles que el resto a la corrupción. Se abre paso, así, la tesis de que a la derecha le da igual el comportamiento de sus políticos.

Pero debe recordarse que cosas similares se dijeron de los votantes de izquierda en los años noventa cuando se destapó la corrupción en los Gobiernos de Felipe González. La prensa conservadora se desesperaba por la extrema lentitud del desgaste electoral del PSOE y atribuía los apoyos a este partido al "voto cautivo", a la ignorancia de sus votantes, a la falta de cultura democrática del socialismo, al exceso de intervencionismo estatal, o al poco arraigo del liberalismo político en España. Cualquier cosa, por ofensiva o disparatada que resultara, servía para explicar que el PSOE no se hundiera en las elecciones, tal y como ellos deseaban.

Los efectos electorales de la corrupción son muy difíciles de detectar, si bien todo el mundo supone que son importantes. Quizá lo fundamental sea que dichos efectos no se materializan inmediatamente: operan más bien como un óxido que va corroyendo poco a poco la confianza en el partido y en sus cuadros. Las razones de estos efectos diferidos son varias. Los votantes, sobre todo los más fieles, necesitan tiempo para estar seguros de que las acusaciones son ciertas. Y se dan un cierto margen para comprobar cuál es la reacción del partido. En ocasiones, dicha reacción puede ser crucial, actuando como catalizador que lleve al perdón o al castigo. Si los votantes observan que el partido da explicaciones y toma medidas contra los corruptos, tal vez su castigo no llegue a aplicarse.

La corrupción tiene consecuencias sobre todo en un plano simbólico y afectivo. Aunque resulte obvio, conviene recordar que la corrupción no es una política, no tiene ideología y no supone, salvo en casos muy extremos, un coste económico desorbitante para el país. Si la gente se siente asqueada por la corrupción es más bien por motivos éticos, relativos al comportamiento de personas en las que se ha depositado una confianza y una responsabilidad importantes. Cuando la confianza queda traicionada, puede surgir un sentimiento de decepción que tenga una traducción política. El votante tal vez deje de identificarse con un partido que se asocia a prácticas abusivas socialmente reprobables, de forma parecida a como algunos consumidores dejan de comprar una determinada marca porque el fabricante explota a sus trabajadores o destruye el medio ambiente.

Sabemos que cuando los ciudadanos consumen, tiene muy en cuenta en qué medida los productos que eligen encajan con la imagen que tienen de sí mismosy que quieren transmitir ante los demás. En la política democrática hay también un componente de esta naturaleza. Cada partido está asociado con unas características determinadas que activan apoyos distintos en los diferentes grupos sociales. Por eso, es lógico que ninguno quiera aparecer como el partido de la corrupción, la mentira y el abuso de poder.

Si la campaña tremenda contra Felipe González en los noventa tuvo éxito fue porque consiguió que muchos votantes pudieran sentirse avergonzados de reconocer públicamente su apoyo al PSOE. La idea de que los socialistas eran unos corruptos caló hondo en la sociedad. A base de insistir con centenares de artículos, titulares, columnas, tertulias, etcétera, mucha gente acabó identificando a los socialistas con el abuso de poder. Incluso hubo intelectuales que elaboraron teorías curiosísimas al respecto, atribuyendo la corrupción a la educación sentimental de los cuadros del PSOE o a su querencia por el adosado, símbolo del éxito en aquella época, para concluir que lo que se dilucidaba en los comicios de 1993 y 1996 era si España elegía la política clientelar y estatista de los socialistas, o el espíritu liberal y la iniciativa de la sociedad civil representados por el PP.

La estrategia que están siguiendo ahora el PP y la prensa de derechas es transparente. Para evitar el castigo de los votantes, se busca desactivar cualquier posibilidad de asociación sistemática entre corrupción y Partido Popular. El objetivo consiste en que no se reproduzca el clima de los noventa (sólo que ahora con el PP en el centro del huracán). Para ello, se ensayan múltiples fórmulas.

Primero, insistir en que se trata de casos aislados, a pesar de que todos ellos estén conectados con la trama gigantesca urdida por Correa y muchos dirigentes del PP. La doble vara de medir resulta grosera: por ejemplo, mientras que Roldán no era sino el reflejo de la época socialista, el escándalo de Matas, ministro del Gobierno de Aznar, presidente de una comunidad autónoma, amigo de Rajoy y ejemplo para el PP durante muchos años, es sólo una anécdota.

Segundo, derivar las acusaciones hacia delitos que tengan una mayor aceptabilidad social. Aunque parezca increíble, el PP no tiene reparos en admitir que sus dirigentes engañaban al fisco o utilizaban dinero negro sin escrúpulos. Lo que niegan es que esas prácticas formaran parte de la corrupción y de la financiación ilegal del partido. Puesto que el fraude fiscal no está tan mal visto como la corrupción, admiten el primero pero no el segundo. Resulta descorazonador que un partido político utilice el delito fiscal como atenuante, pero a esto hemos llegado.

Tercero, establecer comparaciones especiosas con el pasado: "Gürtel no es Filesa, Filesa era mucho peor". Quizá esta es la línea de defensa más ridícula de todas. Hay más imputados en el caso Gürtel, hay más dinero en juego, el ya por fin ex tesorero del PP (pero, increíblemente, todavía senador) está en el centro de todas las operaciones y se trata de financiación irregular.

Fundescam en Madrid es un caso de libro de financiación irregular, como lo es también el de Valencia. En Madrid, un grupo de empresarios, incluido el actual presidente de la CEOE, hacía donaciones a una fundación fantasma a cambio de contratos. El dinero de esa fundación se destinaba luego a gastos de campaña a favor de Esperanza Aguirre. En Valencia, un grupo de empresarios organizaba actos del PP que no pasaban por la contabilidad del partido, consiguiendo en contraprestación contratos millonarios de la Administración de Francisco Camps. Y lo que es peor: a diferencia de Filesa, en el caso Gürtel se pagaba a las empresas con dinero público, con los impuestos de los ciudadanos.

Cuarto, insinuar, en contradicción con todo lo anterior, que sí hay corrupción, pero que está tan extendida que no hay motivo para la sorpresa o el escándalo. Se trata del "todos los políticos son iguales", "la política es un asco" y otras fórmulas destinadas a prevenir el castigo electoral al PP, aun a costa de dañar gravemente al sistema democrático en su conjunto.

Dados los apoyos mediáticos y judiciales del PP, así como la falta de garra del PSOE en este terreno, puede que estas estrategias acaben teniendo éxito y que la corrupción de la derecha sea disculpada por sus votantes. Lo que no podrá seguir sosteniendo el PP sin grave quiebra de su credibilidad es que representa las ideas liberales. Ni la red de privilegios y chanchullos de la trama Gürtel, ni la reacción de Mariano Rajoy y los suyos ante tal trama, tienen nada que ver con el liberalismo. Más bien, parece la reedición de la peor tradición carpetovetónica de nuestra derecha.



Ignacio Sánchez-Cuenca es profesor de Sociología en la Universidad Complutense de Madrid.



http://www.elpais.com/articulo/opinion/pag...elpepiopi_4/Tes
Indalecio
¡Qué apropiada su querella, amigo fascista!


Es incongruente que organizaciones de ultraderecha como Manos Limpias o Falange Española puedan sentar a Garzón en el banquillo con el apoyo de jueces como Adolfo Prego y Luciano Varela

JOSÉ MARÍA IZQUIERDO

EL PAÍS
Opinión
16-04-2010



José K. se ha parado frente al escaparate y ha tenido un sueño. Se ve a sí mismo entrando en la tienda especializada, y tras agradable cháchara con el educado sastre, ha optado por el uniforme jurídico y desechado, por excesivo, el académico con su birrete, sus guantes, los cordones y la muceta. Se ha enfundado la elegante toga de alpaca peruana con el escudo bordado de magistrado, se ha aplicado las puñetas de encajes de bolillos, ha empuñado el mazo de juez y, con los ojos cerrados, comadrea: sentado en mesa adecuada, ¿qué sentiré? ¿Me cambiará la cabeza? ¿Notaré cómo se me va llenando de abstrusas, rigurosas, implacables leyes? ¿Advertiré la enorme trascendencia y gravedad del cargo? ¿Apreciaré cómo una ligera levitación me eleva un peldaño, dos si magistrado de la Audiencia Nacional, tres si del Supremo? ¿Me haré incorpóreo de pura espiritualidad jurídica?

Abre los ojos José K., se seca unas gotitas de sudor frío, y recuperado el pulso normal tras la taquicardia del mal sueño, aprieta la corpórea cachava y se encamina por el sol, que este año se ha vendido muy caro, hasta su mesa en el cafetín. Últimamente vive una pasión fogosa, arrebatada, ardiente, con su periódico de siempre. Por razones que no vienen al caso, ha tenido la desgracia -falsamente obligado por ridículos retos que ahora ve casi incompatibles con su edad- de tener que hojear a diario los muchos periódicos que se editan en la capital. Asustado, espantado, sobrecogido de lo que allí encuentra, vuelve todos los días, tras el hercúleo paseo por ese túnel de los horrores, a refugiarse en su diario de siempre, que si hasta ahora era amado, ahora es idolatrado. Y allí se refugia de los bombardeos fascistas, cuerpo a tierra, como la laboriosa abeja regresa a la colmena, el cegato topo a la topera, el bronco oso a la osera.

A José K. le ronda el sueño de la toga, claro, porque el llamado caso Garzón le tiene tan oscurecido el entendimiento como lóbrego el ánimo. Estamos -hoy ha amanecido con el mismo cabreo con el que ayer se acostó: furioso duermevela- ante una pesadilla inacabable de la que nunca saldremos, en la que la derecha judicial, abrumadoramente mayoritaria entre sus señorías, vergonzantemente asistida por unos comparsas celosos y a la vista de la pasividad de un Gobierno débil, temeroso, timorato, que a nada se ha atrevido ante su gremio en seis años y que nunca ve el momento de actuar, va a hacer todo lo posible y lo imposible para impedir que nos despertemos de este mal sueño. Porque saben que de hacerlo, les buscaríamos las cosquillas y entre muchos, muchísimos, les empujaríamos, hombro con hombro, para sacarles del fétido paúl en el que chapucean hasta algún claro donde pudieran ver de frente la decencia y la dignidad.

¡Son tantos los jueces que hacen y dicen cosas incompatibles con la razón! ¡Tantas las sentencias aberrantes, los razonamientos arbitrarios, los atropellos a la justicia vestidos, o mejor ocultados, como si de trajes de camuflaje se tratara, con pomposo lenguaje repleto de tecnicismos y latinajos! Duda nuestro hombre, reflexivo por estupefacto más que por impulso intelectual, si ese aligeramiento que sintió en su sueño de sentirse juez -seguramente una blasfemia, un reniego- no era sino el resultado de que una vez investido del citado atavío, se produce en quien lo luce el conocido fenómeno de los vasos comunicantes, y a la misma velocidad con la que entran los miles de legajos jurídicos, la masa del cerebro, la chola, se ensopa, y al licuarse se convierte en voraz sumidero del sentido común, sustancia incorpórea que José K. valora en grado sumo, tanto que está convencido de que el caletre se arma con más razón y mejor juicio cuando gana en su composición atómica a las leyes, mil y una veces manoseadas por políticos y jurisconsultos.

Así que ya pueden recitarle razonamientos jurídicos y autos de Audiencias o Supremos, que nuestro amigo no puede comprender cómo togados de tal rango utilizan artimañas de leguleyos como los timadores los décimos falsos de lotería. Pretende que la justicia sea un elemento activo en la lucha de las luces de la razón frente al oscurantismo del fanatismo, y no en cumplir unos legalismos discutibles. Porque para José K. avanzar en el progreso es otra cosa; es lograr, por ejemplo, que los fascistas no sienten en los banquillos a los garzones. Eso sí que es respeto a las normas democráticas y un avance, de verdad, en el Estado de derecho. Ésa es la utilización del sentido común y la dignidad, sin recursos ingeniosos a la "imaginación creativa" y filigranas de sabihondo.

Porque, y ellos lo saben, no es verdad que la justicia se haya visto impelida a procesar al juez ahora maldito. Para acabar con la iniciativa de Garzón había bastado la acción de la Sala cerrando el paso procesal al caso, como ya había ocurrido. Se le procesa porque el magistrado del Supremo Adolfo Prego admitió a trámite la querella de Falange Española. ¿Y quién es Adolfo Prego? Pues un personaje relevante en la fundación Denae (Defensa de la Nación Española) que hace un mes concedió, por ejemplo, el título de Españoles Ejemplares a esos infamantes personajes de la ultraderecha mediática que son Federico Jiménez Losantos y César Vidal, o que actúa de telonero del seudo historiador Pío Moa, al que refrenda su interpretación de que el golpe militar de Franco no fue en realidad sino una digna contrarrevolución para impedir que triunfara el golpe de Estado de 1934 de los comunistas para acabar con la República.

Así que este magistrado, despolitizado, ya ven, en lugar de decirle al representante de Falange Española haga usted el favor de bajar el brazo, que se le va a infectar el golondrino, acogió amorosamente su querella. Tan cariñosamente como se hizo con el falso sindicato Manos Limpias, oiga, miren, demuéstreme que son un sindicato de verdad, traigan los convenios que han firmado, el número de afiliados que tienen, y, sobre todo, expliquen qué pintan ustedes en esta historia de Garzón, y ya veremos qué se hace.

El mismo afecto con el que el magistrado Luciano Varela ha admitido, tan telendo, que el susodicho se sobrepasó en sus funciones, ¿no se pueden investigar en profundidad algunos de los crímenes del franquismo? Pues habrá que pensarse algo, y a lo mejor el muy progresista Varela podía echar una mano para retocar las leyes que hagan falta, la de Amnistía de 1977, 33 años ya, hecha a martillazos en mitad de la trabajosa transición, o la reciente de Memoria Histórica, tan reacia a trabajar la memoria como a conocer la historia. Porque seguramente si logramos que los jóvenes conozcan, incluso desde la enseñanza obligatoria, los excesos que se cometieron en la Guerra Civil, impediríamos dos cosas: que vuelvan los fanatismos y que los fascistas de hoy dejen de justificar, cuando no glorificar, los crímenes de Franco y sus conmilitones. Podrían conocerse, también, las villanías de la Falange -la dialéctica de los puños y las pistolas- que durante 40 años tuvieron vía libre para fusilar, encarcelar o humillar a los rojos y que hoy, qué risa, presumen de empurar a Garzón.

Retoma José K. el sueño del travestido, y se imagina en alto estrado, mesa de roble maciza y acostumbrada parafernalia, agitando levemente, como al desgaire, las ricas puñetas de encaje. Enarbola enérgico su mazo y dicta sentencia. En el banquillo de los acusados, los magistrados Luciano Varela, a la izquierda, y Adolfo Prego a la derecha. Por un momento, se ve a sí mismo largando una briosa filípica. Tanto, que conociendo qué ocurre cuando se le dispara la vena del cuello, opta por no revelarles a ustedes ni su contenido ni la sentencia en la que desemboca.

Pero sonríe porque imagina.




http://www.elpais.com/articulo/opinion/apr...lpepiopi_13/Tes
Pepin
¿CUÁL ES EL PATRIMONIO DE BONO?


Bono decidió el lunes actuar y llevar a la Fiscalía todos sus datos sobre su patrimonio. Este martes trató de lograr el apoyo del Congreso a sus cuentas. Y hoy, los datos están en la prensa. Mientras algunos creen a pies juntillas su versión, otros arrojan algunas dudas.



2010-04-14
LIBERTAD DIGITAL



La Gaceta ha sido el medio que ha venido informando, en las últimas semanas, del importante patrimonio de José Bono. Comenzó contando que el presidente del Congreso compró a su hijo un piso de un millón de euros en pleno centro de Madrid. Después, reveló que el presidente del Congreso no declaró al Congreso, pese a que era obligatorio, las ganancias que obtuvo gracias a la hípica de su familia en Toledo. Además, reveló que la familia disfruta de dos pisos en Estepona y que ha adquirido, también, un lujoso ático en el barrio de Salamanca de la capital madrileña.

La publicación de sus bienes llevó al presidente del Congreso a llevar una relación de sus ingresos e inmuebles a la Fiscalía General del Estado y a pedir que se actúe contra los medios que él considera autores de una "campaña difamatoria". Este miércoles, la relación de sus cuentas han hallado eco tanto en La Gaceta como en el diario El Mundo, que detalla pormenorizadamente el estado de su patrimonio según los datos del propio presidente del Congreso.

Los ingresos

José Bono, según los informes que él mismo ha proporcionado, ganó, junto a su esposa, Ana Rodríguez, más de un millón de euros en 2008. Los obtuvo gracias a tres fuentes de ingresos: su sueldo de 169.000 euros al año como presidente de la Cámara, los beneficios de la rentable Hípica Almenara, que ascendieron a 316.000 euros, y, sobre todo, la fructífera relación de su esposa con el grupo Tous. Ana Rodríguez obtuvo ganancias de 450.000 euros gracias a su cargo de administradora de siete tiendas, en Madrid y Castilla-La Mancha, y de su contribución, con su imagen, a la marca. Además, el presidente del Congreso ha firmado un suculento contrato con la editorial Planeta para escribir sus memorias, por 700.000 euros, y ya ha recibido ya 220.000 euros aún no declarados puesto que los obtuvo este mismo año.

El Mundo no arroja ningún tipo de duda sobre las fuentes de ganancia del presidente del Congreso. Pero La Gaceta destaca el hecho de que Bono ha multiplicado en pocos años sus ingresos. Basándose en los mismos datos, el diario de Intereconomía recuerda que en 1998, es decir, diez años antes, los ingresos del entonces presidente de la Junta de Castilla-La Mancha eran bastante más moderados. Ascendían, cuenta, a 96.000 euros, su sueldo público más rentas por alquiler y derechos de autor.

Las propiedades

El otro asunto que analizan ambos diarios es el de las posesiones de que disfruta, según los datos de Bono. El Mundo recoge la versión del presidente del Congreso y sitúa sus bienes inmobiliarios actuales en su residencia familiar en Olías del Rey, la casa y terrenos rurales de Salobre, su localidad natal, y un piso en Estepona, que sería propiedad de la sociedad SAJA, propiedad de su mujer. Nada más.

Y es que aquí comienzan las divergencias. En el diario, que recoge los datos del presidente del Congreso, nada se dice del ático adquirido en 2009 también por la sociedad SAJA, según informó La Gaceta. El diario de Intereconomía sostiene que son dos, y no uno, los áticos adquiridos en Estepona, mientras que Bono habría desmentido este extremo a El Mundo. Tampoco se informa del chalé del hijo de Bono en Toledo, sobre el que pesa una hipoteca 120.000 euros y que está a nombre de la la sociedad Attack. Respecto del piso regalado a su vástago en Madrid, El Mundo dice que costó 450.000 euros y no un millón. Apunta que el presidente del Congreso se limitó a donar 200.000 euros a su hijo para su compra y que sobre él pesa una hipoteca con el resto del importe.

Otro punto controvertido es el de la adquisición de la residencia familiar. El Mundo lo incluye dentro de las propiedades del presidente del Congreso. El socialista vendió dos viviendas, en Toledo y Albacete, para adquirirla pero requirió de más dinero para hacerse con la vivienda, de más de 400 metros cuadrados. Fue el constructor quien se lo fió. Según El Confidencial, le dejó a deber unos quince millones. La Gaceta añade que en 1998, la deuda con el constructor, Rafael Santamaría, ascendía a diez millones. Tres años después, ya estaba liquidada.

En cuanto a la hípica Almenara, fue financiada gracias a la venta de parte de los terrenos rurales de Bono en Salobre y como aval puso su vieja casa en su localidad natal y la residencia familiar en Olías. Ha sido ampliada en varias ocasiones desde su adquisición, en 2001, hasta 2004, y le ha servido a Bono para recibir grandes ganancias. En los últimos tres años, hasta 2008, obtuvo 800.000 euros en beneficios. Sin embargo, el negocio le ha valido también algún disgusto. El "Pocero" de Seseña participó en unas obras de mejora y reveló, en una entrevista, que a él no le pagó Bono, sino los patrocinadores de la empresa. Añadió que ignoraba si Bono pagó después a los empresarios. Sus declaraciones fueron utilizadas por IU para denunciar el hecho ante la Fiscalía Anticorrupción.



http://www.libertaddigital.com/sociedad/cu...ono-1276390121/
Andy Maykuth
La aguja de los ricos


el blog de Juan Tomás Ávila Laurel
Malabo
13 Abril 2010




Entre los judíos con quienes andaba a veces, también iba con samaritanos, Cristo decía cosas muy poco claras. Y no siempre, o casi nunca, le entendían. Hablaba casi para gente que había pasado por una iniciación. En uno de sus arranques dijo a los que le escuchaban que era más fácil que un camello pasara por el ojo de una aguja que un rico entrara en el reino de los cielos. Bueno, quedó dicho que nadie entendió qué quería decir el maestro. Si se quisiera hacer un esfuerzo, se podía decir que un camello, y si es de los gibosos, tendrá todas las prominencias que con que lo adornó Dios, pero podría encontrar un artesano que hiciera una aguja grande por la que entrara y saliera con total desparpajo. Pero en el caso de los ricos no se podría, pues tendría que ser una aguja con un ojo estirable. Y es que el rico no solamente vendría con su panzón asomándose por la ventana de las camisas, sino querrá venir con un maletín. Luego se le antojará entrar por el agujero no solamente con la panza y el maletín, sino con un sofá para descansar. Y pensará luego que no deberá cruzar solo por el ojo agujeril y querrá hacerlo con una querida. Pero como todos los ricos son casados, querrá igualmente meterse por el ojo de la aguja con la primera mujer. Y claro, los hijos, y pasarán. Después querrá pasar con el coche familiar, la cama litera de los chicos, sus juguetes, el chalet del extrarradio, la podadora. Cristo tenía razón: es muy difícil que los ricos entren por el ojo de la aguja. Pero no nos desviemos, pues el asunto era que los ricos no entraban en el reino de Dios. Ahí está el tema. Y no entrarían porque la humanidad que dejan en el camino hacia su riqueza no estaría a gusto con la decisión del Señor.

Hace poco unas profesoras de las dos Américas visitaron Bioko, y en su recorrido, y viendo la carestía de las cosas, preguntaron por cómo se arreglaban los guineoecuatorianos para llegar al fin de mes, a lo que respondió la voz común que no llegaban. La mayoría de los guineanos estaban, dicho con todos los cálculos de desarrollo humano al borde de la lengua, al borde de la supervivencia. Y la carestía no parece tener su fundamento en el notorio hecho de la dependencia del país del exterior. Esta carestía de la vida se debe a la voracidad de los guineanos que mandan, quienes ignoran el mínimo del derecho de sus hermanos. Toda vez que el país carece de infraestructura industrial, y también de industria manufacturera de cualquier tipo, a qué se debe la carestía de los productos traídos del exterior. Toda vez que es voz pública la corrupción innata de los encargados de cobrar los impuestos también públicos y de los agentes de aduanas, ¿cuáles son los argumentos que esgrimen los que deciden las cosas para que los productos tengan este precio? Y es que, para ser un sitio al que se llega a pie, los productos de Camerún, comprados en otros países, todavía son ventajosos para los mercaderes guineanos y extranjeros que se enriquecen entre nosotros. ¿Qué dificultades hay para que los guineanos vayan a la misma fuente y no tengamos que pagar el triple por los productos que se venden a granel en la frontera más cercana?

Siendo este un país que lo recibe todo de fuera, impresiona el fuerte desembolso que hemos de hacer para adquirir objetos de necesidad primera. Hacemos un verdadero esfuerzo para comprar cosas de comer, como arroz, tomates, macarrones, mantequilla, carne, pollo, pescado, crema de untar, mahonesa, y otros productos de dudosa sanidad, pero que se consumen en todo el mundo. ¿Qué operación hacen los señores que mandan para que seamos los guineanos los que más desembolsan en África? No hay operación posible, es la dejadez, que se normaliza por la impunidad, el hecho de no castigar a los que, ante los ojos de todo el mundo, levantan millonarios chalets con una nómina de 200 mil francos mensuales. Y es que si sobre esta cantidad se hicieran operaciones, se vería que al final de mes solamente sobraría 5 mil francos, sin ningún margen para satisfacer las necesidades de ningún tipo. No queda ningún remanente para costear la salud, no queda para cubrir las necesidades del cuerpo, no queda para los viajes. Este panorama real es el que justifica el asombro de los ciudadanos de a pie por la suerte de los que tienen en su poder bienes muebles e inmuebles por valores relativamente astronómicos. ¿Qué ecuación humana resuelven para que algunos, aun siendo asalariados, estén al límite de la supervivencia mientras otros vivan en la opulencia más escandalosa y todos se llamen hermanos? Cualquier extranjero o nativo que recorriera los mercados y tiendas de Malabo y Bata se daría cuenta de la dispareja relación entre el verdadero poder adquisitivo de los guineanos y los productos que se ofertan. Y hacen comentarios, aunque sea por lo bajito. Y por lo bajito hablan de una realidad que solamente la irrealidad nacional lo puede desmentir, toda vez que Guinea es un país de hechos consumados y donde las leyes y costumbres van de boca en boca. La realidad es que, según te arrimes o no a quien tuviera en manos una obra, de vez en cuando trasciende el hecho de que ¡ya hay cemento! ¡Ya hay cemento en plaza! ¿Cuál es la razón por la que las bocas ciudadanas pueden exclamar ante la existencia en plaza de un producto que no puede llamarse de primera necesidad, pese a que sus usos sí que lo sean? Pues la razón de esta extraña exclamación es que las mismas bocas que hablan por bajito dicen que sobre todos los comerciantes de esta república de Guinea Ecuatorial pesa la prohibición de importar cemento pues hay que conceder la exclusividad de este negocio a una persona de gran poder. Un hermano poderoso. Pero toda vez que la importación del cemento no es un negocio cualquiera, ya que su acometida necesita inversiones poderosas, y públicas, podemos creer que la supuesta prohibición viene de una casa grande, incluso de la casa del Gran Hermano.

Si estas sospechas se confirmaran, y teniendo en cuenta que un tercio de los habitantes de los ciudadanos guineanos viven en casas insalubres, y que las casas de los que pueden se construyen fatigosamente, bloque a bloque, y durante años, esta leonina prohibición puede compararse al depredador acto de bloquear las arterias de cualquier presa apretándole el cuello, un certero mordisco a la yugular. Un acto criminal. Bastaría esta confirmación para que se haga innecesaria cualquier pesquisa sobre los precios de los artículos en toda Guinea. Habremos con ello dado con las causas del elevado coste de los mismos y no habría nada que objetar. El hallazgo no implicaría, sin embargo, una invitación al silencio.



http://www.fronterad.com/?q=node/1144
Katharina Von Strauger
Los banqueros de la ira

ABC.es
CARLOS HERRERA
Viernes
16-04-10



QUE unos querellantes argentinos pretendan investigar a falangistas del 36 y a Suárez y Fraga y el Rey es un disparate. Que unos supuestos generadores de cultura de consumo propongan encerrarse en protesta antifranquista treinta y cinco años después de la muerte del dictador es un disparate. Que un fiscal sectario y reaccionario, que ya ejercía sus labores en el año 62, acuse a los jueces del supremo de torturadores y corruptos es un disparate. Que un rector ideologizado y partidista ceda de forma poco reglamentaria locales de la Universidad para un acto prácticamente golpista es un disparate. Que unos sindicatos paralizados en la agitación contra el paro que acogota a cuatro millones y medio de españoles anuncien movilizaciones a cuenta de un juez amigo al que se le va a juzgar por prevaricación es un disparate. Que algunos sectores políticos y sociales parezca que hayan despertado repentinamente de un letargo invernal y pretendan dinamitar la Transición con la excusa de que se pusieron una venda en los ojos es un disparate. Que un ministro del Gobierno se lamente de que un partido como Falange acceda a la Justicia como cualquier otro partido legal y que no recuerde, por ejemplo, que partidos hoy ilegales como Herri Batasna pudieran sentar en el banquillo de las sospechas a guardias civiles bajo denuncia falsa de torturas es también un disparate. Que altos cargos del Gobierno acudieran con espíritu excursionista a un zarandeo de la estructura del Estado en el que la agitación se asemejaba a un mal movimiento asambleario es un disparate. Que no se les llame la atención es otro disparate. Que nadie reclame desde el Gobierno o desde la Organización Judicial un poco de cordura y que no lo haga firme y severamente es un disparate aún mayor.



Disparate tras disparate, la dinámica política en España ha derivado en un parque temático repleto de personajes predemocráticos soltando soflamas por doquier y mostrando una capacidad de resentimiento de dimensiones considerables. Merced a esta dinámica revisionista, no es de extrañar que se acabe cuestionando todo y se pretenda poner en práctica la ruptura que no se hizo entonces, en la segunda mitad de los setenta, y que no comparten ni siquiera muchos de los que entonces eran partidarios de ella. Ayer hablaba José María Fidalgo del nuevo libro de uno de los pensadores más interesantes y originales del momento, Peter Sloterdjik, «Ira y Tiempo», en el que maneja un argumento particularmente interesante llamado «la bancarización de la ira». Se pregunta Sloterdjik por los mecanismos que han servido a los movimientos revolucionarios para presentarse como administradores de una especie de banco mundial de la ira.

La ira se acumula en burbuja y es secuenciada en momentos concretos de la historia contemporánea: en España, ahora, en estos cinco o seis últimos años, parece haberse abierto una línea de crédito y la ira es liberada a la circulación con una generosidad desconocida. La ira no es ajena a la historia de ningún pueblo; el español conoce bien alguno de esos pasajes recientes en los que su manejo ha sido profuso y particularmente diestro, en los que han incendiado todas las relaciones transversales de los ciudadanos y en los que las consecuencias han sido, evidentemente, sangrientas. Ahora, en el 2010, la ira está tintando las estrategias de los arqueólogos de fantasmas y espectros hasta el punto de movilizarse en pos de desestructurar el pacto de convivencia sin revanchismos ni rencores que los ciudadanos nos hemos venido dando. Quienes están incendiando la mecha, quienes están echando gasolina a las brasas de un fuego condenado a apagarse, quienes hacen del odio un argumento político, quienes quieren reverdecer enfrentamientos fraticidas, quienes viven en la nostalgia del guerracivilismo, están prestando un pésimo servicio a su país y puede que también a ellos mismos. Los banqueros de la ira han abierto oficina y están dispuestos a poner en marcha una agresiva campaña comercial.



http://www.abc.es/20100416/opinion-firmas/...s-20100416.html
manolo pizarro
Bono olvidó que ya había comprado el piso de la playa de El Campello

14:18 | 16 de abril, 2010 Eugenia Viñes. La Gaceta.

Está escriturado a nombre de Hípica Almenara, de la que Bono ostenta el 80% de las acciones. El Ayuntamiento concedió la cédula de habitabilidad en marzo de 2010.

Tiene tres habitaciones y dos baños. Desde la terraza del salón comedor se puede contemplar el mar Mediterráneo. Ésta es la casa de José Bono en El Campello (Alicante), comprada en fechas recientes y con cédula de habitabilidad concedida por el ayuntamiento de esta localidad alicantina el 22 de marzo de 2010.

Tan nueva es la edificación que en Semana Santa la familia Bono estaba realizando las obras de acondicionamiento de su nuevo piso de la playa.

LA GACETA se ha desplazado a la playa de Muchavista y ha comprobado que en el momento de presentar sus notas registrales y documentos notariales ante la Fiscalía, José Bono ya había adquirido ese piso. De acuerdo con los documentos en poder del consistorio, está escriturado a nombre de la sociedad familiar Hípica Almenara y la familia Bono ha pagado por él 360.000 euros; la compra todavía no está inscrita en el Registro de la Propiedad.
Muchavista

La playa de Muchavista es de las más tranquilas de Alicante y, con diferencia, la que tiene las aguas más limpias y la playa de arena de mayor extensión. La nueva urbanización en la que José Bono ha comprado su retiro se levanta muy cerca del Hostal San Juan, en primera línea de playa y a tan sólo unos metros del mar, frente al paseo marítimo de Jaime I El Conquistador. El complejo es de dimensiones modestas; cuenta con una piscina con un surtidor decorativo en el centro, pista de pádel, aparcamiento y zonas verdes comunes protegidas por una valla. Está formado por dos bloques de cuatro pisos en altura y cuatro puertas por planta. Los apartamentos son de dos o tres dormitorios; Bono compró esta última opción.
Viejo conocido

La urbanización es en parte obra de Construcciones Moreno y Roldán, una empresa fundada en 1992 y con sede en Albacete, que cuenta con 46 empleados. Las últimas ventas registradas, del año 2008, son de 34.249.793,86 euros. Su cabeza visible es Sebastián Moreno Bautista.

Esta empresa centra su actividad en Castilla-La Mancha, donde protagoniza actuaciones urbanísticas no exentas de polémica. En enero de 2004 obtuvo la aprobación para realizar un gran centro de comercio y ocio en las proximidades de Capollano. Actuaba en UTE con otras dos sociedades; sólo en la urbanización de los terrenos la inversión superaba los 13.825.000 euros. Contaba con un centro comercial y de ocio de 6.500 metros cuadrados, con 20 salas multicine en su interior. Las obras comenzaron en 2004.

El licitador de este macroproyecto fue el Ayuntamiento de Toledo, entonces dirigido por José Manuel Molina, hoy diputado popular de base.

Molina, ex presidente del PP de Castilla-La Mancha, es el mismo que el pasado miércoles aseguró de José Bono que es “una persona honrada” y lamentó que se hiciera uso del dicho “difama, que algo queda” en relación a las informaciones publicadas por este periódico sobre el notable incremento patrimonial experimentado por la familia Bono en los últimos años.
Los otros olvidos

En 2005, la Junta de Castilla-La Mancha daba el visto bueno a la urbanización La Losilla, una construcción de 5.000 chalés individuales con campo de golf, destinada a 9.000 personas, en Chinchilla, Albacete, cuyo ayuntamiento estaba en manos del socialista Manuel Pérez Castell. Conocido como un “mini-Albacete” por su proximidad a la ciudad, esta isla urbanística que en 2007 aún no tenía autorización para el agua potable, se planeó sobre un terreno de 1,2 millones de metros cuadrados, en manos de una UTE formada por Promecal y Antonio Méndez Pozo –muy cercano a Bono– y, de nuevo, Moreno y Roldán SL. Con el piso de Campello, ya son tres los que José Bono olvidó declarar ente el Fiscal General del Estado el pasado lunes, cuando aseguró ser víctima de una campaña de difamación.

De acuerdo con lo filtrado al diario El Mundo respecto a sus declaraciones, el presidente del Congreso no recordó tener dos áticos en Estepona e insistía en disponer de sólo uno. Este periódico publicó ayer las dos notas registrales que demuestran la adquisición por título de permuta de dos áticos en Estepona a nombre de Ahorros Familiares Saja. Tampoco recordó que posee un ático en el centro de Madrid valorado en casi un millón de euros y comprado a finales del pasado año.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...-playa-campello
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Recuerdo que ya le llevan aparecidos en prensa:
-Aparte de los dos áticos de lujo en Estepona a pie de playa por más de 800.000 euros. (olvidados de declarar al Fiscal General del Estado)
-Otro ático en el céntrico bárrio madrileño de Salamanca valorado en cerca de un millón de euros. (olvidado de declarar al Fiscal General del Estado, actualmente desabitado y sede social de la empresa familiar SAJA)
-El piso adquirido para su hijo en Madrid por casi dos millones de euros.
-Tres pisos más en Madrid.
-Una vivienda y un chalé en Olías del Rey (Toledo).
-Una casa de 196 metros cuadrados.
-Dos fincas rústicas en su pueblo natal, Salobre (Albacete).
-Un piso en playa Campello (Alicante) por 360.000 euros (olvidado de declarar al Fiscal General del Estado)
-Ah! y sin declarar la Sociedad Hípica con sus terrenitos que han ido a más.

11 entre casas chalet, aticos y pisos, dos fincas rusticas y una hípica de tapadera social.

Eso sí, El Pais dale que te pego al Gurtel.


Saludos.

Indalecio
Caso Bono: Cronología de las exclusivas de LA GACETA

12:58 | 17 de abril, 2010
LA GACETA


Recopilamos todas las informaciones sobre el patrimonio de José Bono aparecidas en LA GACETA en las últimas semanas. Un completo índice con toda la información sobre el presidente del Congreso.


22 de marzo

Bono regala a su hijo un piso de un millón de euros en el centro de Madrid

Ha traído obreros de Albacete para hacer la reforma. Los aloja en un hotel de Rafael Santamaría. Su furgoneta tiene una autorización de aparcamiento de la Nunciatura.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...s-centro-madrid


23 de marzo

"A Bono le devuelven los favores de su paso por Castilla-La Mancha"

Lo dice Carmen Riolobos, portavoz del PP en esa comunidad. "Sus amigos han hecho buenos negocios con él y ahora se portan bien en el terreno personal".

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...castilla-mancha



24 de marzo

Bono dirige en persona las obras en el piso de lujo que regaló a su hijo

"Estamos hartos de que los inhibidores de frecuencia nos bloqueen el garaje", denuncian los vecinos. Se reunirán para "llamarle la atención por las molestias".

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...que-regalo-hijo



26 de marzo

Exigen a Bono que diga "de dónde sale el dinero" para el piso de su hijo

Los vecinos confirman a la Liga Pro-Derechos Humanos que está valorado en 1,8 millones de euros.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...inero-piso-hijo


02 de abril

Carmen Calvo, ex ministra de Cultura: "Bono debe mostrar ejemplaridad absoluta"

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...aridad-absoluta

04 de abril


José Bono 'olvidó' declarar la hípica de su propiedad

A pesar de que la ley le obliga a ser transparente, su declaración no incluye que es propietario de la Hípica Almenara, que gana al año más de 300.000 euros. Su patrimonio es ya un ‘murmullo’ urbano.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...ipica-propiedad


07 de abril


El hijo de Bono tiene un chalé en Bargas a nombre de una sociedad sin actividad

A la empresa Attack 84 sólo se le conoce el capital necesario para su constitución. El constructor de la urbanización es Aurelio González Villarejo, amigo personal de José Bono y José María Barreda

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...iedad-actividad


10 de abril


Exigen la dimisión de Bono por no hacer públicos sus bienes

Preeminencia del Derecho le pide que dimita como presidente del Congreso y diputado. “Es una violación gravísima de la ética del cargo público”.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...publicos-bienes



11 de abril


Bono compró otro ático en el centro de Madrid valorado en un millón de euros

Pertenece a la sociedad patrimonial Ahorros Familiares Saja, representada por la mujer del presidente del Congreso. Tiene 106 metros cuadrados y está deshabitado pese a ser el domicilio social de la empresa. La hipoteca está suscrita por la mitad del precio de venta

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...do-millon-euros


12 de abril


La familia Bono posee otros dos áticos en una urbanización de Estepona

En julio de 2006, el presidente del Congreso adquiría dos áticos en la lujosa urbanización Las Náyades, ubicada en Cabo Bermejo (Estepona). Lo hacía a través de la sociedad patrimonial Ahorros Familiares Saja, administrada por su mujer, Ana Rodríguez Mosquera, empresa también titular del ático ubicado en Madrid valorado en un millón de euros y sobre el que LA GACETA informó en el día de ayer.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...zacion-estepona


12 de abril



Bono remite copia detallada de su patrimonio al fiscal general

El presidente del Congreso de los Diputados, José Bono, se ha dirigido hoy a la Fiscalía General del Estado con un escrito en el que detallan sus ingresos y los de su familia.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...-fiscal-general



12 de abril


El PP exige a Bono que explique "los desajustes" de su patrimonio

La secretaria general del PP pidió la "comparecencia pública" del presidente del Congreso de los Diputados, José Bono, para que "dé cuenta de sus incrementos patrimoniales".

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...stes-patrimonio



13 de abril


Teconsa pudo intervenir en la permuta de los áticos de Bono

Construcciones Rebollo tiene un 15% de participaciones en la constructora.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...los-aticos-bono


13 de abril


Bono critica que el PP dé crédito a quienes le calumnian

El presidente del Congreso se considera objeto de una "campaña de difamación verdaderamente increíble".

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...es-le-calumnian


14 de abril


De 12 millones de pesetas de deuda en 1998 a ingresar un millón de euros en 2008

José Bono declaraba una casa en Salobre y otra en Olías, un piso en Madrid y una más en Toledo.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...llon-euros-2008



14 de abril


Bono debe responder

Los medios tienen la misión de velar por la transparencia de los cargos públicos.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...-debe-responder



15 de abril


A Bono no le salen las cuentas

Según el Registro Mercantil, Hípica Almenara nunca ha repartido dividendos entre sus miembros. Sin embargo, Ahorros Familiares SAJA sí generó 456.936 euros en dividendos.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...len-las-cuentas


16 de abril


Bono olvidó que ya había comprado el piso de la playa de El Campello

Está escriturado a nombre de Hípica Almenara, de la que Bono ostenta el 80% de las acciones. El Ayuntamiento concedió la cédula de habitabilidad en marzo de 2010.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...-playa-campello



Vídeos en El Gato al Agua

http://www.intereconomia.com/programa/gato...patrimonio-bono


13 de abril

El patrimonio de Bono

En el Gato al agua, Carlos Dávila, director de La Gaceta, explica todo lo publicado por su periódico, punto por punto y aclara que nunca se ha faltado a la verdad.

Eduardo García Serrano acusa a José Bono de ser un demagogo

Editorial

http://www.intereconomia.com/video/gato-al...-ser-demagogico

11 de abril

Bono (o a Bono)

En este periódico no hemos hecho otra cosa que informar sobre la gran suerte que ha tenido el presidente Bono con la administración de sus ganancias. Nada más, pero nada menos.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...ion/bono-o-bono

16 de abril

La integridad de Bono y Garzón

José Bono debería sonrojarse al recordar sus acusaciones con el 'caso del lino'.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...d-bono-y-garzon

Encuesta

¿Debería Bono explicar el origen de su patrimonio?



http://www.intereconomia.com/content/deber...igen-patrimonio


http://www.intereconomia.com/noticias-gace...clusivas-gaceta
manolo pizarro
PENSAMIENTOS.

A veces me pregunto, con lo que le gusta querellarse a los politicos, ¿Por qué Bono no tiene redaños de quellerarse contra la Gaceta o LD o el confidencial, o el Mundo? y se esconde en un Fiscal General del Estado designado a la medida por el PSOE. Seguro que porque perdería la querella. Estamos dormidos, el socialismo significa que ciertos politicos pueden llegar a eriquecerse y tener 11 pisos, mientras que a muchisimos españoles les toca vivir de okupas.

Pero pasemos al Contitucional y al ataque de Zejas a todo lo que los españoles nos comprometimos durante la transición.

LD.

Suele afirmarse, con razón, que una de las grandes lacras que impide el adecuado funcionamiento de las instituciones y de la economía en España es el lamentable estado en que se encuentra la administración de justicia. Dos son los motivos esenciales que explican semejante situación: una, la lentitud de los procedimientos judiciales; dos, la omnipresente politización de los jueces y magistrados.

Lo primero impide proteger a tiempo a las víctimas, quienes sólo ven satisfechas sus pretensiones años después de que lo necesiten. Lo segundo impregna de una inquietante arbitrariedad las resoluciones judiciales, primando no el respeto a la legalidad, sino a los intereses políticos. Ni los poderes están separados ni actúan de manera eficiente, lo que tiende a degenerar en forma de sentencias tardías con un contenido más que discutible.

Pocos casos aúnan con tanta claridad estas dos lacras de la justicia española como el recurso de inconstitucionalidad contra el Estatuto de Cataluña. Casi cuatro años después de que el PP, el defensor del Pueblo y cinco comunidades autónomas presentaran sus respectivos recursos, el Tribunal Constitucional, el principal garante de la vigencia y del respeto hacia nuestra Ley de leyes, todavía no se ha pronunciado sobre el encaje que esta norma puede tener en nuestro ordenamiento.

El retraso no se debe a que sea un asunto extremadamente complejo que requiera de un dilatado período de estudio y reflexión. Es bastante evidente que el estatuto es inconstitucional en la mayoría de sus preceptos, algunos de los cuales buscan directamente hacer trizas la Constitución. No hace falta tener más de quince años de experiencia y ejercicio profesional, como requiere la Constitución a los miembros del TC, para saberlo: basta con comparar el articulado de uno y otro para comprender que sólo subvirtiendo el orden jurídico nacido en 1978 se puede pretender convalidar el estatuto.

El problema es que el Gobierno socialista sí está presionando para subvertir ese orden, buscando como sea que el texto que Zapatero prometió al nacionalismo catalán no sea retocado en lo esencial. Así, no ha dudado en recurrir a todo tipo de argucias, desde reformar ad hoc la Ley Orgánica del Poder Judicial hasta abroncar en público a la presidenta de este órgano supuestamente independiente, para evitar que el tribunal declarara lo evidente. Ayer mismo, Montilla presionaba a PP y PSOE para que renovaran el CGPJ con tal de colocar a gente "favorable" al Estatut y evitar así que sea declarado inconstitucional.

Pero no se trata sólo de que la política impida que el tribunal imparta justicia. Siendo ya grave la politización de las instituciones, lo inaceptable es que en este largo impass el Estatut se esté imponiendo por la vía de los hechos. La Ley de Educación que sigue persiguiendo al español, la financiación autonómica hecha a medida de Cataluña o la primacía de ciertas instituciones catalanas (como el Síndic de Greuges frente al defensor del Pueblo o las veguerías frente a las provincias) son algunas de las disposiciones que emanan del estatuto y que, pese a ser inconstitucionales, se han impuesto o están en proyecto de serlo.

Una norma contraria a la Constitución está transformando el destino de todos los españoles porque la institución con la que nos habíamos dotado para proteger el ordenamiento jurídico está cediendo a los intereses, no sólo electorales, del partido político que gobierna España. Una señal más de que los contrapesos de poder en los que confiábamos no han funcionado y de que se han convertido en un instrumento para burlar el respeto a los derechos individuales. No es hora de que PP y PSOE se sigan repartiendo los jueces, sino de que dejen de entorpecer el funcionamiento de este tercer poder del Estado y le permitan concluir su labor. Pero para ello sería necesario que dejaran de querer gobernar sobre las ruinas de España y pasaran a valorar el normal funcionamiento de las instituciones. Algo que de momento les queda muy lejos.

http://www.libertaddigital.com/opinion/edi...como-tal-54356/
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Como no espabilemos..., entre el enriquecimiento de los politicos, el enfrentamiento abierto entre las dos Españas con la promulgación de Ley de la desmemoria histerica, el ataque a los Jueces del Supremo por los subvencionados con el visto bueno del Gobierno, el ataque a la linea de flotación de la Constitución que nos dimos, con la aprobación de estatutos que diferencian a los españoles en función de la comunidad donde residan, el agujero formado por el deficit de la comunidades autonomas (tiene más control la UE sobre la economía de los paises que la conforman que nuestro Gobierno sobre la de las comunidades) e igualar a la oposición con el Franquismo. Al final uno se pregunta ¿Ésta crisis es solo económica? o ¿Existe aún democracia en España? o mejor ¿Existe en realiadad hoy en dia España?.

Saludos bolivarianos.
Julian Navascues
CITA
La calidad de nuestra democracia

Algunos poderes fácticos pretenden impedir la reparación política, jurídica y moral de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura. El acoso y procesamiento sufrido por el juez Baltasar Garzón lo demuestra

JULIÁN CASANOVA

EL PAÍS
Opinión
17-04-2010



A las dos y cuarto de la tarde del domingo 23 de noviembre de 1975, una losa de granito de 1.500 kilos cubrió la tumba que se había preparado para Francisco Franco en la basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. La losa que selló el sepulcro era tan pesada como el legado que Franco dejaba, después de cuatro décadas de guerra de exterminio y paz incivil. De eso han pasado ya casi 35 años y los españoles seguimos opinando -aunque con mucho grito, poco debate y menos fundamento- sobre las virtudes y defectos de la democracia que construimos sin necesidad de derribar el armazón de la dictadura.

La corrupción política, con políticos que la ignoran, y el procesamiento del juez Baltasar Garzón a instancias de los herederos ideológicos del franquismo, nos sitúan de nuevo en la disputa. Recordemos cómo empezó todo y adónde hemos llegado.

Apenas muerto Franco, muchos de sus fieles partidarios dejaron el uniforme azul y se pusieron la chaqueta democrática. La desbandada de los llamados reformistas o "aperturistas" en busca de una nueva identidad política fue a partir de ese momento, sin prisa, pero sin pausa, general. Muchos franquistas de siempre, poderosos o no, se convirtieron de la noche a la mañana en demócratas de toda la vida. Debería dejarse claro, por lo tanto, frente a la opinión sesgada de algunos ilustres ex franquistas que se han apropiado de la transición a la democracia, que el armazón de la dictadura que controlaba el poder cuando Franco murió no contenía el embrión de la democracia y tampoco el Rey, el nuevo Jefe de Estado, ofrecía en ese momento las mejores garantías.

Los políticos y burócratas formados en la Administración del Estado franquista tenían en sus manos el aparato represivo y el consentimiento de una parte importante de la población educada durante años en la desconfianza hacia los cambios políticos, identificada con los valores de la autoridad, la seguridad y el orden. Sin Franco no habría franquismo, pero los franquistas que abanderaron entonces la democracia se beneficiaron de los miedos que ellos y su querida dictadura habían difundido durante décadas: el miedo a los desórdenes y protestas, la machacona propaganda negativa vertida sobre los partidos políticos "rojos" y de la oposición, y el recuerdo traumático de la Guerra Civil, con el temor siempre tan manido de que se pudiera repetir.

Es verdad que desde abajo hubo una poderosa presión social que, ejercida por asociaciones de vecinos, estudiantes, sindicatos, comunidades cristianas, intelectuales y profesionales, trataba de quebrar las posturas inmovilistas, del bunker, que impedían el tránsito hacia un sistema de libertades. Pero el proyecto de Ley para la Reforma Política ideado por Adolfo Suárez y Torcuato Fernández Miranda pasó por las Cortes franquistas, tras ofrecer importantes concesiones al grupo de notables que, alrededor de Manuel Fraga, acababa de fundar Alianza Popular (AP), y fue aprobado en referéndum el 15 de diciembre de 1976 con una elevada participación, el 77% del censo -aunque en el País Vasco se quedó en el 54%-, y un 95% de votos afirmativos, pese a que la oposición democrática había pedido la abstención. Las promesas de paz, orden y estabilidad fueron la gran baza de Suárez para marcar el ritmo y las reglas del juego y para movilizar a mucha gente que con ese apoyo a la reforma política descartaba la "ruptura democrática" y una consulta popular para decidir sobre la continuidad de la Monarquía.

En los dos años siguientes, la historia se aceleró en medio de acuerdos, pactos, decisiones fundamentales y participaciones democráticas. El proceso de reforma legal que desembocó en la celebración de elecciones generales en junio de 1977 -40 años después de las últimas que pudo presidir la Segunda República- y la aprobación de la Constitución a finales de 1978, fue acompañado de una Ley de Amnistía, aprobada el 15 de octubre de 1977, por la que se renunciaba, entre otras cosas, a abrir investigaciones o a exigir responsabilidades contra "los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra el ejercicio de los derechos de las personas". Hay quienes creen que ese pacto político de olvido del pasado, sellado por las élites procedentes del franquismo y las fuerzas de la oposición, marcó a la democracia española. En realidad, el miedo a las Fuerzas Armadas y el recuerdo traumático de la guerra y de la represión condicionaban el discurso público y la cultura -o incultura- política de millones de ciudadanos. El escenario estaba dominado entonces por la crisis económica, los conflictos sociales, el terrorismo de ETA y de la ultraderecha, y la amenaza de involución militar. Ese proceso democratizador se basó en la transacción y negociación de las élites políticas con partidos, a izquierda y derecha, de estructuras rígidas y listas cerradas que no estimulaban la afiliación ni la participación de la sociedad civil. La mayoría de la gente aceptó que eso fuera así y las voces disidentes no pudieron, porque tampoco contaban con recursos disponibles, avanzar por otros caminos.

La consolidación de la democracia a partir del triunfo socialista en las elecciones de octubre de 1982 trajo enormes beneficios a la sociedad española, con el desarrollo del modelo autonómico, la extensión del Estado del Bienestar -con políticas fiscales de redistribución de la riqueza-, la integración de España en las instituciones europeas y la supremacía del poder civil sobre el militar. El militarismo pasó a la historia y, pese a la existencia de ETA, un legado de la dictadura que la democracia no ha podido destruir, la violencia ya no es entre nosotros un vehículo de la acción política.

Pero pronto pudo comprobarse también que la democratización y modernización española iba acompañada de altas dosis de prácticas corruptas, de especulación y fraude, de negocios privados a costa del gasto público, a los que no quisieron poner freno ni los gobiernos ni los partidos políticos. Partidos, por otro lado, rodeados de amigos, de personas fieles, que defienden al jefe y a sus propios intereses y que rara vez suelen diseñar un plan de decisiones coherentes destinado a perdurar.

La evolución política, social, económica y cultural de las últimas tres décadas constituye el mayor periodo de estabilidad y libertad de la historia contemporánea de España. Poco o nada queda ya de la visión romántica y aventurera de los viajeros extranjeros que, hasta hace muy poco, tan sólo unas décadas, veían a España como un territorio preindustrial alejado de Europa, a caballo entre la tradición de algunas regiones y la modernidad de otras, obstinado en su atraso e incapaz de superar su traumática historia. Un territorio, como todavía lo describía Gerald Brenan a mediados del siglo XX, "enigmático y desconcertante".

Paradójicamente, cuando más asentada parecía la democracia, después de dejar atrás las partes más funestas del legado autoritario del franquismo, nuevas coacciones y amenazas nos hacen dudar de nuestro modelo político. Algunos poderes fácticos impiden mirar e investigar libremente nuestro pasado violento y, con ello, la reparación política, jurídica y moral de las víctimas de la Guerra Civil y de la dictadura. Y muchos políticos, además de no hacer nada frente a eso, muestran una actitud cínica ante la corrupción que les salpica, ufanos de la tutela tan segura que ejercen sobre su electorado. Los ciudadanos estamos muy distantes de los lugares de decisión política y los partidos políticos concentran el poder de forma excesiva en sus líderes y amigos más allegados. Nadie parece estar dispuesto a emprender cambios y reformas que mejoren la calidad de nuestra democracia, sitúen a las instituciones democráticas por encima de los intereses corporativos y partidistas y refuercen a la sociedad civil. Así está el patio.


Julián Casanova es catedrático de Historia Contemporánea en la Universidad de Zaragoza, autor, junto con Carlos Gil Andrés, de Historia de España en el siglo XX (Ariel).



http://www.elpais.com/articulo/opinion/cal...lpepiopi_10/Tes







CITA
La Justicia como dolencia, el 'caso Garzón' como síntoma


JOSÉ JUAN TOHARIA

EL PAÍS
España
18-04-2010



Los datos de encuestas recientes de Metroscopia publicados a lo largo de las últimas semanas en estas páginas revelan el desolador diagnóstico que sobre la situación actual de su justicia realizan los españoles. Dos de cada tres (el 65%) creen que la Administración de justicia española está politizada, y lo piensa la misma proporción de votantes socialistas (69%) que populares (71%). En los términos del sondeo del que estos datos proceden (y que aquí sólo resumo) cabe interpretar que esta respuesta va referida más al "aparato judicial" en su conjunto que a los jueces en concreto. Sabemos, por estudios recurrentes anteriores, que al ciudadano medio no le inquieta ni escandaliza que los jueces tengan ideas o preferencias políticas: lo da por supuesto, de puro obvio. Lo que le resulta inaceptable es que pueda intentarse (y no digamos conseguirse) que en algún caso un juez o un órgano jurisdiccional actúe (o parezca actuar) no según sus propios criterios y convicciones -que en eso consiste la independencia judicial- sino al dictado de consignas partidistas y sectarias externas, del color que sean. Sencillamente, lo que a nuestra ciudadanía escandaliza no es que quienes integran cualquiera de los distintos órganos del sistema judicial sean, personalmente, progresistas o conservadores, de izquierda, de centro o de derecha, sino que entre ellos pueda haber personas que acepten convertirse en meras terminales mecánicas de los partidos o sindicatos de jueces (dejémonos a este respecto de eufemismos) y resulten así infaliblemente predecibles en sus comportamientos y actuaciones. Eso es sin duda lo que intenta expresar ese alarmante 65% que considera que nuestra justicia está politizada.

Pero hay más: tres de cada cuatro españoles (el 73%, sin que esta proporción varíe entre los votantes populares o socialistas) tiene la impresión de que el Consejo General del Poder Judicial decide los nombramientos de cargos judiciales no en función de los méritos y de la cualificación profesional de los candidatos, sino por criterios de amiguismo y/o ideológicos. Esta generalizada idea no sólo es de gravedad extrema sino que resulta doblemente nociva para la buena salud de nuestra democracia: por un lado, porque supone una descalificación profunda y difícil de ignorar del órgano constitucionalmente encargado, precisamente, de velar por la buena (es decir, honesta, independiente y objetiva) gestión de las carreras profesionales de los jueces; de otro, porque proyecta una sombra de sospecha, tan indiscriminada como por ello mismo las más de las veces injusta, sobre todo nombramiento efectuado. No es así de extrañar que el 72% de la ciudadanía concluya que nuestra justicia necesita una reforma profunda.

Para complicar aún más el panorama, sobre el marco de base que proporciona este desazonante clima de opinión, viene ahora a insertarse lo que cabe etiquetar como caso Garzón. Vaya por delante que la figura de este mediático juez ha suscitado siempre reacciones encontradas entre la ciudadanía. Por ejemplo, hace ya un año el 41% de los españoles decía estar de acuerdo, en general, con las decisiones adoptadas a lo largo de su carrera por el juez Garzón; un 36%, en cambio, decía haber estado usualmente en desacuerdo con ellas. Pues bien, incluso desde esta controvertida valoración de su figura, una amplia mayoría absoluta (61%) consideraba hace unas semanas que los procesamientos abiertos contra Garzón no eran algo que debiera tomarse como algo natural, sino que "obedecían a una persecución personal contra un juez que con sus investigaciones se ha creado muchos enemigos". Esta idea de la "persecución personal" estaba ampliamente extendida entre los votantes socialistas (71%) pero era expresada también por el 55% de los votantes populares: es decir, era una sensación sustancialmente compartida en los dos principales electorados. En el concreto caso de la admisión a trámite por el Tribunal Supremo de la querella referida a una supuesta actuación prevaricadora en la investigación de crímenes cometidos por el bando franquista durante la Guerra Civil, el desacuerdo de la ciudadanía fue asimismo mayoritario, en proporción de dos a uno (58% frente a 30%). Ahora bien, con una clara bifurcación de las actitudes de los votantes socialistas y populares: entre los primeros, el 79% se mostró en desacuerdo con dicha admisión a trámite; el 58% de los segundos se declaró, en cambio, de acuerdo.

Por último, ahora que esa admisión a trámite ha desembocado en la decisión de sentar a Garzón en el banquillo, la mayoría de los españoles (51%) sigue mostrándose en desacuerdo, si bien sube ya hasta un 39% quienes aprueban la medida. Y se intensifica la polarización de actitudes de los votantes socialistas y populares, que pasan a ser justamente inversas: el 68% de los primeros está en desacuerdo con que se juzgue a Garzón por este asunto, mientras que el 68% de los segundos está de acuerdo.

A esta altura de los acontecimientos, y a la espera de cómo pueda verse afectada en adelante la opinión ciudadana por la espiral de crispación ambiental en torno a este tema, cabe extraer al menos dos conclusiones de esta secuencia de datos. La primera, que el caso Garzón parece estar sirviendo para movilizar y galvanizar a los votantes de los dos principales partidos y encresparlos entre sí en mucha mayor medida que cualquiera de los otros múltiples posibles temas de enfrentamiento que les ofrece nuestra actual situación, que ya es decir. La segunda, que el principal daño colateral que pueda originar todo este turbio, sorprendente y desagradable asunto sea un mayor deterioro (y no sólo dentro sino también fuera de nuestras fronteras) de la imagen de nuestra Justicia, ya de por sí suficientemente maltrecha.


José Juan Toharia es catedrático de Sociología y presidente de Metroscopia.



http://www.elpais.com/articulo/espana/Just...lpepinac_12/Tes
Pepin
Corrupción a la sombra del poder



Correa creció mientras el PP se hacía grande. El éxito de Aznar era el suyo. El poder de sus amigos le hizo rico, y supo recompensarles. Cuando Génova perdió las elecciones y le echó, él buscó refugio en Valencia y Madrid y lo encontró. Y seguía creciendo. De no ser por la denuncia de uno de sus compinches, al que dejó de pagar, su red, que se ha llevado decenas de millones de las arcas públicas, seguiría enriqueciéndose cerca del PP. a partir del sumario y de testigos, EL PAÍS reconstruye la trama que ha puesto contra las cuerdas al Partido Popular


CARLOS E. CUÉ y JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ

DOMINGO
18-04-2010




En un primer vistazo, pocos le hubieran reconocido. Andaba lentamente, con los ojos enrojecidos, despeinado, cabizbajo. Atrás quedaba la sede de la Audiencia Nacional, el despacho de Garzón, horas de declaración. En su camino, su mirada se cruzó con la de un amigo que había acudido a darle ánimos. Francisco Correa, esposado, escoltado por la policía y a pocos metros del furgón que le iba a transportar a su celda de la cárcel de Soto del Real, lo soltó entonces como quien se deja caer: "Estoy bien jodido". Hacía años, casi décadas, que no lo admitía. Posiblemente desde aquellos días de 1993 en que andaba también cabizbajo, deprimido, buscando fortuna. Una época en la que, después de varios intentos fallidos, Correa, agente de viajes, se acercó al poder. Primero al PSOE, donde fracasó; luego al PP, una formación que en aquel momento vivía horas bajas después de la segunda derrota electoral de José María Aznar frente a Felipe González. Ahí tuvo más suerte. Empezaba su historia.

Según su propia declaración, conoció a Elvira Aznar, hermana del presidente del PP. En Génova entra en contacto con quienes le abrirían las puertas: Luis Bárcenas, entonces gerente, más tarde tesorero, fiel a Correa durante casi diez años, y Francisco Álvarez Cascos, secretario general. Los políticos viajan sin parar: convenciones, reuniones, visitas... el agente de viajes empieza a hacer dinero. Sabe que puede haber mucho más, y ofrece precios muy ventajosos. Correa descubre enseguida que un partido, que vive en un 90% de fondos públicos, funciona como una empresa: contrata con quien quiere, sin concurso, sin publicidad. Lo importante es llevarse bien con quien decide. Y él es un maestro en eso. Ahí empieza su conocida generosidad. Regalos, agasajos de todo tipo y viajes gratis. Hacía que los políticos hicieran viajes de familia, de novios, de placer, con su agencia y luego se negaba a cobrarles. Así les tenía en el bote. Pero lo apuntaba todo en su contabilidad B, la que le ha perdido.


Su especialidad: los relojes. Cuentan en el PP cuál era su técnica. "Te invitaba a comer y al final te dejaba una bolsa roja encima de la mesa. 'Ábrela en casa', decía". La red se llegó a gastar, según el sumario, 140.000 euros sólo en 33 relojes de lujo de la joyería Suárez para agradecer favores o pedirlos. Entre ellos la estrella, un Patek Philippe oro de 9.000 euros. Sus clientes no son millonarios, son políticos caprichosos con sueldos públicos y gastos de ricos, y Correa lo sabe. Como Guillermo Ortega, ex alcalde de Majadahonda. "Era un apasionado de los relojes; un apasionado no, un descerebrado", contó al juez el ex concejal Juan José Moreno, que explicó que Ortega tenía un armario en su casa "absolutamente bestial" lleno de relojes. Al menos media docena de ellos regalados por Correa.

Don Vito -así pide que le llamen sus empleados- agasaja a sus clientes, y al poco tiempo logra el gran salto. "Bárcenas me dijo: '¿Vosotros seréis capaces de organizar un mitin político?", explica Correa al juez. "Nunca lo hemos hecho, pero creo que sí", contesta. En poco tiempo, era como un dirigente más. Viajaba con Aznar a todas partes, organizaba las campañas electorales, se comportaba como un miembro de la cúpula e incluso trataba con altanería a algunos de los políticos de verdad -todos los periodistas que seguían al PP recuerdan su aire chulesco-. Ahora todos insisten en que apenas le conocían. Pero los periodistas, todos, dan fe de que estaba en todas partes, imposible de olvidar con su melena engominada.




La red se expande: el PP llega a La Moncloa





El PP gana las elecciones de 1996, y el imperio Correa empieza a crecer. Sus contratos se multiplican. Cuando llega la mayoría absoluta de 2000, las cosas mejoran aún más. "Una de las cuentas que teníamos entonces era la de AENA, porque Paco Cascos, con el que yo tenía cierta relación, me la dio. Era muy importante, se hacían Fitur y un montón de eventos", explica al juez. Tres empresas de la red, TCM, Special Events y Pasadena Viajes, facturaron 2,2 millones de euros a AENA entre 2000 y 2003, con Cascos de ministro.

Como él mismo reconoce, su especialidad son "las relaciones con políticos". Desde que el partido llega al Gobierno ya no sólo hacía todo en el PP nacional -eso es mucho negocio en una formación política que maneja actualmente un presupuesto oficial de 90 millones de euros anuales-, también logra expandirse. Tiene el apoyo de Bárcenas y del equipo de organización, la sexta planta de Génova, un área clave por la que han pasado casi todos los dirigentes importantes del partido, desde Javier Arenas hasta el propio Mariano Rajoy, que fue vicesecretario de organización y jefe de las campañas de Aznar en 1996 y 2000. Lo hace todo en Galicia, donde entabla amistad con Pablo Crespo, entonces secretario de organización del PP gallego y después su mano derecha, ahora encarcelado con él. Y empieza a trabajar para el PP de Madrid, de Castilla y León...

Pero no basta. El jefe quiere crecer. Y sabe que el dinero de verdad está en los ayuntamientos y las comunidades. No ha perdido el tiempo. En los mítines, mientras otros pasan el rato aburridos, él hace amigos. Y entre ellos, uno muy importante: Alejandro Agag. El propio Correa lo explica muy claro: "A los mítines van las bases del partido. En los polideportivos, en las plazas de toros, yo empecé a conocer a gente joven, de Nuevas Generaciones, e iniciamos una amistad con muchos de ellos que luego fueron alcaldes, y otros fueron ministros, y otro se fue a Europa, y otro se casó con la hija del presidente [Agag se casó en 2002 con Ana Aznar, y Correa, muy amigo del yernísimo, fue uno de los 20 testigos del matrimonio]". "Fuimos creciendo poco a poco", explica. Nunca, en los más de 60.000 folios del sumario, Don Vito deja tan clara una evidencia que no escapa a ninguno de los dirigentes del PP: la red corrupta de Gürtel fue creciendo con el partido. El éxito de Aznar era el éxito de Correa.

Su relación con la familia del presidente es intensa. Fue Agag quien le convenció, explica, para que pusiera a su ayudante, Álvaro Pérez, El Bigotes, a llevar los actos de Aznar. "Álvaro es el sobrino de Pajares. Y entonces me dijo Alejandro, ponle para que lleve los actos del presidente, y yo le dije, ¿pero tú estás loco?, uno que viene del mundo de Pajares... Bueno, pues lo pusimos y Ana Botella se enamoró de él, en el buen sentido, le encantó, y empezó a trabajar con él y tuvo un éxito tremendo".




Los paraísos fiscales





Pero no basta. Nunca basta. Correa quería hacerse millonario. Y lo logró. Sólo en Suiza se han detectado 21 millones de euros de la red. Pero para llegar hasta ahí no son suficientes los actos políticos, con ser un gran negocio. "Nadie se hace tan rico con las traseras (los escenarios de los mítines)", explica un presidente autonómico, "el dinero está en el ladrillo, lo sabe todo el mundo, y ahí es donde hay que buscarlo", concluye.

Correa también lo ve claro. Quiere hacerlo, pero, según su particular estilo, todo con empresas patrimoniales, siempre sin poner su nombre -para eso ya tiene a su testaferro favorito, su primo Antoine Sánchez-, y otras en paraísos fiscales para ocultar el dinero de su gran negocio: las comisiones. Correa es un conseguidor. No invierte apenas, gasta mucho en favores, regalos y sobornos, y vende sus contactos al mejor postor. Él conoce a los políticos. A veces les monta actos gratis a cambio de favores, otras hace de gancho y otras les presiona o directamente les paga para que den concesiones o licencias o recalificaciones a las empresas que entran en contacto con él. Sobre todo Constructora Hispánica y Teconsa. El caso de esta última empresa con la variante de Olleros de Alba es paradigmático. En el registro de la red ha aparecido el detalle perfecto de cómo funciona la corrupción. Teconsa se lleva la obra, y el 3% va en comisiones para Correa, el conseguidor. 120.000 euros sólo en una operación pequeña. Claro que toca repartir. Y eso a Don Vito nunca le importó. En la contabilidad B de la trama figuran las iniciales de los que compartían esa tarta. TO (que aparece también como TOTI), J, G, L... Algunos coinciden con las iniciales de los miembros del Gobierno de Castilla y León que adjudicaron la obra. Entre ellos, el entonces consejero de Fomento y hoy presidente de las Cortes, José Manuel Fernández Santiago, conocido por sus amigos como Toti. Él niega todo.

Correa quiere expandirse, multiplicar su red, crear sociedades pantalla. Pero necesita a alguien que sepa cómo hacerlo. Don Vito ya no es un don nadie. La gente sabe cómo se mueve con Aznar y su entorno, él se hace notar, presume de amistades. Todo el mundo le ha visto de impecable chaqué en la boda de la hija de Aznar en El Escorial, con Tony Blair y Silvio Berlusconi, testigos como él. Es amigo de Agag, hace todos los actos del presidente... Correa es ya en sí un gran negocio. Y a él se asocia un peso pesado, Luis de Miguel. Y después, cuando rompen, llega José Ramón Blanco Balín, que fue vicepresidente de Repsol, la segunda empresa de España. Otro gran amigo de José María Aznar, inspector de Hacienda como él. De Miguel se demuestra rápidamente como un genio del camuflaje. Crea y destruye empresas, coloca testaferros... Y Blanco Balín remata su trabajo. "Cuando la policía registró el despacho de Ramón Blanco, yo entré en un infierno, es mi administrador, ¿sabes?", le explica Correa a un socio en una conversación intervenida.

Agag no está, de momento, entre los imputados, aunque en la contabilidad B hallada al contable de la trama, José Luis Izquierdo, figura una casilla vacía de Excel y anotaciones sobre Agag referidas a pagos de viajes gratis total. Agag fue socio y muy amigo de Jacobo Gordon, otro de los delfines de Correa. "¿Pagas alquiler de oficina?", pregunta Correa a Gordon el 20 de enero de 2009. "No, lo paga Alejandro". En su declaración ante el juez Pedreira, Correa señala que conoció a Gordon a través de Agag. Los dos vivían entonces en Londres.




Responsabilidad 'in vigilando' de media cúpula





Correa se enriquece a la vista de todos. No disimula. Y algunos de sus amigos en Génova, también. Los compañeros de Bárcenas dicen ahora que a todos les llamaban la atención los viajes, los safaris de superlujo, el esquí extremo saltando desde un helicóptero, en alguien que no era más que un funcionario del partido. Pero nadie hizo nada. Al menos por responsabilidad in vigilando, la trama afecta a más de la mitad de la cúpula actual del PP. De hecho, todos aparecen, de una u otra manera, en el sumario, aunque a nadie se le imputa ningún acto ilícito. Javier Arenas y Ana Mato dirigían el equipo de organización. Rajoy se encargaba de las campañas de Aznar. Pío García Escudero fue jefe del PP de Madrid cuando todo se hacía con Correa, que le regaló un reloj, aunque él asegura que lo devolvió. Era además el presidente de Fundescam, que, según la contabilidad de la red hallada en los registros policiales, pagó parte de la campaña de Esperanza Aguirre en 2003, algo ilegal. Fundescam recibía dinero de empresarios, entre ellos Gerardo Díaz Ferrán, presidente de la CEOE, que se ha visto beneficiado por cambios de leyes madrileñas para sus concesiones de transportes públicos. Teóricamente debía gastarlo en cursos. Pero el sumario apunta a que lo gastaba en campañas electorales. Presunto delito electoral, porque la financiación ilegal no existe como tal.

Dolores de Cospedal, la actual secretaria general, lo ha explicado de manera sui géneris. Sostuvo ante Iñaki Gabilondo, en CNN+, que mientras estaban en el Gobierno, el PP "descuidó el partido". Una acusación directa para Álvarez Cascos y el propio Arenas, que fueron secretarios generales mientras Aznar gobernaba.

Un ex ministro de ese Ejecutivo tiene una explicación mucho más dura. "El PP, como el PSOE, está pensado para gobernar. Y nunca lo había hecho hasta 1996. Cuando se llega ahí, todo el mundo quiere estar en el Gobierno, tocar poder, ver cómo es eso. Entre los que no lo consiguen y se quedan en el partido como gente en la sombra, algunos se frustran rápido, empiezan a sentir envidias, y, ya que no tienen poder, es fácil que empiecen a pensar en conseguir otro tipo de cosas. Y si ahí hay un listo, y Correa lo es, sabe que son fáciles de corromper".




El PP pierde las elecciones: empiezan los problemas





La red está en la cima en 2004. Cada vez tiene amigos más importantes, el PP va a volver a ganar, el negocio es seguro.

Pero, contra todo pronóstico, Rajoy cae derrotado en las elecciones de 2004. Y con la derrota vienen los problemas. Los partidos en la oposición tienen mucho menos dinero, y sobre todo tienen muchos menos favores para repartir. Correa empieza a ponerse nervioso. Hay que alimentar a la fiera como sea. Y empieza a cometer errores. O desde Génova empiezan a cuidar un poco más el corral.

Rompe con Agag -"dejamos de ser amigos hace seis años", le explica al juez, esto es, en 2003-2004- y se va de la lengua, como casi siempre, pero esta vez había alguien mirando. En Génova deciden cortarle el grifo. Hay denuncias de que se está aprovechando de sus contactos en el PP para hablar en nombre del partido pidiendo recalificaciones y favores en ayuntamientos de la sierra de Madrid. La cúpula, ya dirigida por Rajoy, que nunca se ha encargado de los asuntos del dinero, según confesión propia, decide romper con ellos. Aunque a nadie se le pasa por la cabeza denunciarlos a la policía. Los trapos sucios se lavan en casa. O no se lavan. A Luis Bárcenas le toca la parte más fea. Tiene que decirle a su amigo, su socio incluso en algunos negocios -la investigación ha constatado al menos una empresa conjunta-, que ya no va a hacer todos los actos del PP. Correa monta en cólera. A sus colaboradores empieza a decirles que Bárcenas es un cabrón, un desagradecido, después del dinero que le ha dado. "Yo a Bárcenas le he llevado 1.000 millones de pesetas. Yo, Paco Correa, le he llevado a Génova y a su casa. Líquidos, yo sé cómo lo tiene, yo sé cómo lo saca de España... en paraísos fiscales", llega a decir en una grabación. Ante el juez explica que le han malinterpretado, que quería decir que ha ahorrado al PP más de mil millones de pesetas. "Yo, a veces, cabreado, porque soy una persona con mucho carácter, digo cosas que se malinterpretan", se justifica. Dice que a Bárcenas le llevaba muchos sobres, sí, pero con billetes de avión, porque "viajaba todo el tiempo". "Tiene usted una forma difícil de expresarse, le tiene que haber originado muchos disgustos", ironiza el fiscal. "Tiene usted razón", contesta Correa.




Correa busca soluciones:amigos en Madrid





La red se reorganiza. Correa inventa una estratagema para seguir en Génova. Ficha al secretario personal de Aznar en La Moncloa, Antonio Cámara. Sus vínculos con el aznarismo son inagotables, y aún le dan una alegría. Rajoy, que siempre insiste en público en que dejó de trabajar con ellos en 2004, contrata a Correa, a través de Cámara, para hacer la campaña del referéndum de la Constitución Europea en 2005. "El que llamaba aquí era a Antonio Cámara, creíamos que no tenía relación con Correa", se justifican en Génova. Es difícil imaginar que el omnipresente Correa pudiera hacerse invisible. Cámara aparece en el sumario como perceptor de 90.000 euros en sobornos.

Pero el grifo de Génova, donde empiezan las peleas internas después de la derrota electoral y la pérdida del poder, se agota. Siempre habilidoso y convencido de que la política es su negocio, Correa busca refugio. Aún tiene muchos amigos. Jesús Sepúlveda, el que fuera organizador de todos los actos del PP con Aznar, es tan amigo del ex presidente -trabajó para él ya en Valladolid cuando era presidente de Castilla y León, con su entonces esposa, Ana Mato- que lo ha colocado en 2003 sin problemas como alcalde de la ciudad en la que vivirá al dejar La Moncloa, Pozuelo de Alarcón. El municipio con el nivel de renta per cápita mayor de España es un gran negocio. Sepúlveda domina tanto ese municipio que logró un alquiler muy ventajoso de una casa de 500 metros en La Finca, la urbanización de superlujo en la que vive Cristiano Ronaldo. Allí vive aún, a pesar de que en este momento sólo ingresa un sueldo del PP que Rajoy decidió pagarle hace pocos meses porque era trabajador del partido en excedencia y pidió el reingreso. El líder le hizo un contrato como asesor, aunque en realidad cobra sin hacer nada.

Con el aznarista Sepúlveda, Correa ensaya la fórmula que expandirá a otros ayuntamientos madrileños. Sobornos y regalos a cambio de concesiones, como la Oficina de Atención al Ciudadano. El sumario atestigua que al imputado Sepúlveda la red le regaló un Jaguar y un Range Rover, además de un televisor de plasma y varios viajes gratis. Según la contabilidad B de Correa, Sepúlveda, primero en sus años de hombre de aparato de Génova y después como alcalde, recibió más de 400.000 euros en sobornos. La red organizaba pagos de salarios mensuales a sus mejores contactos políticos. En el caso de este amigo de Aznar y de Correa, según los investigadores se produjo "una cierta asimilación entre empresa y partido", esto es, no estaba claro si trabajaba para el PP o para la red.




La expansión inmobiliaria y los contratos de Aguirre





Correa ficha a otros alcaldes. Madrid está en plena expansión inmobiliaria, hay negocios por todas partes, y los primeros ediles controlan las recalificaciones y las ventas de suelo público, que harán millonarios a decenas de españoles. Es la era del ladrillo y Don Vito sabe moverse como nadie en el mundo de esos alcaldes que eran dirigentes de segunda fila y ahora tienen un enorme poder. En Boadilla, Arturo González Panero, el Albondiguilla, le proporciona jugosos contratos para sus empresas amigas. Y Correa le regala 10.000 euros en trajes -"es uno de esos alcaldes que no saben vestir", ironiza en una grabación-, 1.300 en zapatos, televisores de plasma, viajes... En Arganda ficha a dos. El alcalde, Ginés López, se habría llevado más de 500.000 euros en sobornos, y el teniente de alcalde, Benjamín Martín Vasco, un aguirrista de pro que llegó incluso a presidir la comisión de investigación del espionaje despreciando a la oposición, se llevó casi 350.000 euros de la trama. No sólo en dinero. A Martín Vasco le regalaban relojes y todo tipo de viajes, incluido el de bodas, a la Polinesia. El generosísimo Correa pagó incluso el banquete de la boda.

Correa no se conforma. Quiere más. La Comunidad de Madrid es un pastel jugoso. Él había organizado la campaña electoral de Esperanza Aguirre y el congreso que la aupó a la presidencia del PP madrileño en 2004. Fue por orden de Pío García Escudero, señalan en el entorno aguirrista. Pero con la llegada de Francisco Granados al partido, y la salida de García Escudero, pierde esa cuenta. Cada político tiene sus empresas de confianza, sus amigos, su juego. Perdido el partido, Correa apunta al Gobierno. Y gana. Allí tiene a un buen amigo, Alberto López Viejo, un íntimo de Aguirre, el que lleva todos sus actos. La presidenta es fanática de la imagen, de los actos públicos. Gasta mucho en eso. Y le pide que los organice a López Viejo, un oscuro concejal del Ayuntamiento de Madrid que ella ha recuperado, hasta convertirlo en consejero de Deportes. Todos los consejeros lo saben: si hay un acto y ella acude, es López Viejo quien se encarga. Y con él su amigo Correa. Más de 500 contratos hace el Gobierno de Madrid, todas las consejerías, con la red. Aguirre sostiene que él la engañó, que ella no sabía que detrás de los actos estaba Don Vito. Lo cierto es que su Gobierno ayudó a hacer rico a Correa con decenas de contratos opacos y troceados por debajo del límite legal de 12.000 euros para no tener que hacer concurso. El contacto de la red con la presidenta, a través de Felisa Jordán, una empleada de Correa, era tal que cada mañana alguien del equipo de Aguirre se ponía de acuerdo con ella para que las traseras combinaran con el color del traje que elegía la presidenta. El Gobierno madrileño contrató con Correa incluso el montaje del tradicional belén de la Puerta del Sol, eso sí, con contratos despiezados, de menos de 12.000 euros. Aguirre, que alega desconocimiento, seguía este asunto con mucho detalle. Los montadores recuerdan sus manías por cambiarlo todo. En 2007, el belén que visitan los madrileños se quedó unos días sin Niño Jesús. La presidenta había ordenado cambiarlo. "Lleva las cejas pintadas, es muy grande y tiene los ojos cerrados, que lo quiten", dijo sin contemplaciones. Y lo quitaron.




Más salidas: a Valencia con el amigo Camps





Correa tiene ya sus tentáculos por todas partes, se ha recuperado sin problemas pese a haber perdido el negocio de Génova. Pero no basta. Se está haciendo tan rico que compra varias máquinas para contar el dinero negro que le llega, pero quiere más. Discurre y recuerda algo importante. Alvarito, El Bigotes, tiene una relación personal espléndida con Francisco Camps. El valenciano era otro de los desconocidos hombres del aparato de Génova, lejos del poder del Gobierno, pero en 2003 le había tocado la lotería, políticamente hablando. Supo aprovechar la retirada de Eduardo Zaplana, llamado por su amigo Aznar a Madrid para que fuera ministro de Trabajo, y se colocó como presidente de la Generalitat. Una bicoca. Partido y Gobierno juntos, mayoría absoluta... la especialidad de Correa.

El Bigotes toca a Camps, que acepta encantado. Tanto, que ordena que todos los actos del PP valenciano los haga El Bigotes. Mucho antes de que Ricardo Costa llegue a secretario general, en 2007, Pérez ya lo hacía todo. Por orden de Camps, coinciden todas las fuentes del PP valenciano consultadas. "Cuando Álvaro dejó de trabajar para Mariano Rajoy, Paco Camps se lo llevó a Valencia y trabaja allí y le hace las campañas", explica Correa al juez. Pérez, madrileño, decide trasladar su residencia a Valencia, donde está su amigo y, con él, el negocio seguro de la política. Su relación con el presidente y especialmente con su esposa, Isabel Bas, es de intimidad total. En una conversación incluso se explica que Pérez está preparando las obras de la farmacia de Bas con un contacto suyo. En otras, cuando hay algún problema de dinero, señala "depende de la cara que me ponga Vicente [Rambla, vicepresidente de la Generalitat] le voy a decir que se lo voy a mandar con Isabel vía farma", esto es, que va a ir a la farmacia a arreglarlo con la mujer de Camps.

Como hizo con Aznar, El Bigotes se concentra en caer bien a las mujeres de los políticos. Es su estrategia, y funciona. En una conversación con su esposa, ex mamma ciccio, Pérez explica que se está camelando a la mujer de Juan Vilallonga, otro personaje próximo a Aznar -fueron compañeros de pupitre en el colegio del Pilar y lo colocó como presidente de Telefónica-, porque puede ser el próximo presidente del Real Madrid y eso es negocio seguro. La complicidad de El Bigotes con la familia Camps llegó a tanto que tenía más poder que algunos consejeros, señalan en el PP valenciano. Tanto como para que Ricardo Costa le diga en una conversación, cuando el otro le cuenta que va a cenar con Camps: "Dile al presidente que me ponga en el Gobierno".




La financiacion irregular en Valencia





La red sigue ampliando negocios. De los contratos del PP pasa a trabajar para la Generalitat. Se convierte en la empresa favorita del Gobierno. Y esa complicidad acaba en posible financiación ilegal. Es lo que trata de probar un informe de la Brigada de Blanqueo de Capitales fechado el 29 de julio de 2009. La causa da un giro con su aparición. Ya no eran trajes regalados a Camps -más de 12.000 euros-. La policía descubrió que al menos cinco empresas (una de ellas, Sedesa, del sobrino del vicepresidente del Gobierno valenciano, Juan Cotino) entregaban sumas de dinero para pagar actos del PP de Valencia. Al menos 6,3 millones de euros llegaron a la red Gürtel en Valencia por esta vía. Todo en dinero negro. Es lo que en puridad se llama un delito electoral.

Los contratos se concedían "como contraprestación a los favores realizados para la fuerza política, concretados en el pago de actos políticos". La policía descubre un sistema "de doble facturación y financiación irregular". Orange Market, la empresa de la trama corrupta que organizaba los actos, hacía una factura real (con IVA) a la que llamaba deuda Alicante y otra (sin IVA y que no aparecía en el reflejo contable) a la que denominaba deuda Barcelona ("en referencia a que se ingresa en la caja B"). Y pasaban al cobro a las empresas constructoras por actos que eran del PP.

Era el remate, la siguiente estación del viacrucis de Gürtel, según analizan los dirigentes populares: cuando los jueces empiecen a imputar a gente por este asunto, tendrán que rodar cabezas en Valencia. Esta comunidad ha sido un quebradero de cabeza para Rajoy, sobre todo desde que EL PAÍS publicó dos conversaciones muy comprometidas, grabadas por orden judicial, entre El Bigotes y el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, que nadie en el PP, y pocos fuera de él, han olvidado. Era la Nochebuena de 2008 y los Reyes de 2009. Pocos días antes de que estallara el caso, lo que demuestra que de no ser por la investigación, Correa y Pérez habrían seguido haciéndose ricos gracias a sus amigos valencianos. El PP tembló cuando leyó esas palabras de Camps a Pérez: "Te quiero un huevo, amiguito del alma, tenemos que quedar para hablar de lo nuestro, que es muy bonito". Hasta ese día, Camps había negado que El Bigotes fuera su amigo, y su entorno señaló que había acudido a su boda, una fiesta por todo lo alto en el Veles e Vents, una instalación portuaria de la Copa del América, "como va a otras muchas bodas". Camps nunca ha explicado esa conversación. Su entorno se limita a hablar de "montaje". Él lo llama "el lío". Pero nunca ha respondido a una pregunta sobre su amistad con El Bigotes. Y aún hoy sigue huyendo de los periodistas.

El Bigotes trasladó a Valencia la política que había aprendido en Madrid con Correa: para regalos a políticos, siempre hay dinero. Es una inversión segura. Llegó incluso a convencer a su sastre de confianza, José Tomas, director de ventas en la tienda de Milano de la calle de Serrano, a sólo unos metros de la sede central de las empresas de Correa, para que viajase a Valencia a tomar medidas al propio Camps. Cuando el presidente viajaba a Madrid, Tomás se iba a su habitación del Ritz a tomarle medidas y probarle trajes. Era un cliente exigente, que incluso obligó al sastre a buscar por todas partes una trabilla especial, llamada italiana. En la contabilidad de la red figuran regalos de trajes a varios políticos: el ex asesor del gabinete de la Consejería de Turismo Rafael Betoret, el ex secretario general del PP valenciano Ricardo Costa, el ex vicepresidente Víctor Campos y Pedro García, director de Canal 9, la televisión pública de la región.

Correa controlaba el negocio de Orange Market en la distancia a través de su contable en Madrid, José Luis Izquierdo, quien a su vez anotaba en la caja B de toda la red empresarial los ingresos de dinero negro de la firma que dirigía El Bigotes. Y con las técnicas lisonjeras y su amistad con Camps, no tardó en acumular contratos públicos. Desde que se trasladó a Valencia en abril de 2004, Orange Market creció vertiginosamente. Los políticos para los que preparaba actos públicos eran los mismos que gobernaban en la administración que le adjudicaba contratos. En 2005, el Gobierno de Camps le adjudicó montar el pabellón valenciano en la Fitur de Madrid. Un millón de beneficios. Y en los cuatro años siguientes también lo consiguió. En Valencia empezaba a vérsela como la empresa cabecera del PP de Camps. Más de ocho millones en contratas a dedo logró Orange Market del Gobierno valenciano entre 2004 y 2008, de sus distintas consejerías. Especialmente de la de Turismo, durante el mandato de Milagrosa Martínez, La Perla (así llama ella a sus interlocutores, de ahí su apodo), a la que regaló un reloj de 2.400 euros. Ella, hoy presidenta de las Cortes -en Valencia no ha dimitido nadie aún, al contrario que en Madrid o en Génova-, estaba agradecidísima y le concedía la organización del stand de la Comunidad en Fitur. A cambio, desde Orange Market salieron miles de euros en regalos para los altos cargos y sus mujeres. Pérez dio dádivas a los padres, hijas, al propio Camps y a su esposa, Isabel, Isa para El Bigotes. Pulseras, medallas, un robot de 1,800 euros... "Con el mío [con mi regalo] te has pasado 20 pueblos...", le dice Isa a El Bigotes en otra conversación grabada el 7 de enero de 2009.

El sumario del juez Pedreira ha aflorado conversaciones con otras esposas. Como Pilar, mujer del actual vicepresidente, Vicente Rambla.

Álvaro: "Yo tengo una cosa para ti y otra cosa para Vicente. Para Vicente le he puesto carbón sobre todo, pero luego tengo, el domingo le daré a tu hija y a tu hijo un regalo, porque he hecho un regalo muy especial para los hijos de la gente que quiero, ¿vale?".

Pilar: "Ah, mira, qué bonito".

Álvaro: "Vale, pero a mí no me importa darle lo de tu hija y lo de Vicentito, dároslo el domingo, delante de Pedro y de Lourdes, no me importa, pero tengo un detalle para ti que no te lo quiero dar delante de nadie, te lo quiero dar a ti solita".

Pilar: "Vale".




Ambición desmedida:la visita del Papa





Pedro García, fiel escudero de Camps al frente de Canal 9, logró que el caso Gürtel no existiera para la televisión pública, para bochorno de los trabajadores. Por poner sólo un ejemplo, cuando Rajoy se reunió con el presidente en Alarcón para pedirle que tomara medidas ante el escándalo, para Canal 9 habían hablado "de la crisis económica". Todas las televisiones de España hablaban de posibles dimisiones en Valencia; Canal 9 exhibía a Camps pidiendo la dimisión de Zapatero. García era muy amigo de El Bigotes, hasta el punto de que éste le montó una fiesta por todo lo alto en Marraquech (con aviones privados de la familia Cotino y aerotaxis) por su 40º cumpleaños. Y supo ser agradecido.

En abril de 2006, el Papa visitó Valencia. Camps había luchado mucho por esa visita. Incluso viajó a Roma, vestido por El Bigotes, para organizar los preparativos. García, en un contrato inaudito, adjudicó la sonorización e instalación de las pantallas de imagen del Papa a Teconsa, una constructora de Castilla y León que no tenía ni idea de sonorizaciones. Pero, eso sí, tenía a Correa y sus contactos. Teconsa subcontrató con una firma sevillana que sí sabía. Total, 6,3 millones de euros costó el asunto a Canal 9, que se nutre del dinero de los valencianos con una enorme deuda. Los sevillanos lo hicieron por 3,1 millones. El resto, a repartir. Una parte a Teconsa, y al menos un millón al bolsillo de la trama, limpio de polvo y paja, sin invertir un duro, sólo por sus contactos con Camps y García. Este último dejó Canal 9 poco antes de que se conociera el escándalo del Papa. Cuando el juez pidió la documentación, vio venir la presión y se apartó, pero oficialmente nunca se ha reconocido ninguna irregularidad.

Sin ninguna experiencia en la Comunidad Valenciana, El Bigotes se hizo, pocos meses después de abrir su empresa, con la elaboración de una guía de la comunicación (12.000 euros), la organización del segundo congreso de Software libre (cuatro contratos de 12.000 euros), el tercer Open de Tenis (11.900), una exposición de parques naturales (11.900). En plena fiesta del despilfarro, llegó a facturar ese año 150.000 euros a la Generalitat por un almuerzo multitudinario en Madrid. Igual que en la Comunidad de Madrid, desde la Generalitat se troceaban los contratos para adjudicarlos a dedo a El Bigotes.

Camps se ha salvado, de momento, de tener que sentarse en el banquillo de los acusados por cohecho impropio gracias a que un juez al que él mismo definió en público como "más que amigo", Juan Luis de la Rúa, sumó su voto al de otro juez del Tribunal Superior, y por un dos contra uno (hay tres jueces) le exoneraran de recibir regalos en función del cargo. El asunto está ahora en el Tribunal Supremo, gracias a un recurso de la Fiscalía Anticorrupción, y se votará el día 12 de mayo. Su futuro judicial es incierto, porque, aun en el caso de que el Supremo le salvase de la causa de los regalos y los trajes, el juez Pedreira investiga en este momento un informe de 500 páginas que describen una trama de financiación del PP de Valencia en la que hay denunciados más de una decena de altos cargos, entre ellos Camps. Las pesquisas de Pedreira avanzan.




La crisis final: todo por la denuncia de un socio





Si todo iba tan bien, ¿qué le falló a Correa? Murió de éxito. Se creyó tan invencible que cometió errores. Primero, dejar de pagar los 3.000 euros mensuales que, como a otros muchos políticos, ingresaba a dos concejales de Majadahonda, José Luis Peñas y Juan José Moreno. Correa llegó incluso a colocar a su mujer como jefa de gabinete del alcalde de Majadahonda. Pero Aguirre lo acabó echando por una polémica con la venta de unos terrenos públicos. Aun así, le subió el sueldo de 12 a 17 millones de pesetas al nombrarle gerente del Mercado Puerta de Toledo. Peñas y Moreno, que acabaron en el Grupo Mixto y expulsados del PP, dejaron de ser interesantes para Correa cuando, en las elecciones de 2007, financiados por él -se gastó unos 50.000 euros, parte en jamones para invitar a los votantes-, no sacaron ni 100 votos como independientes con Corporación Majadahonda. No sabía que Peñas llevaba meses grabándole sus fanfarronadas, sus relatos sobre sobornos, contratos, amigos, chanchullos. Cuando Peñas acudió a la fiscalía, los investigadores comprobaron que muchas de esas fanfarronadas eran ciertas. Se trataba de un caso de corrupción en toda regla. El mayor escándalo en la historia del PP, peor incluso que el caso Naseiro, que también acabó con la cabeza del tesorero. El juez Garzón autorizó grabaciones de la policía que confirmaron la denuncia. Y decidió a detener a los cabecillas cuando, en una conversación, intuyó que Correa estaba preparando una estrategia para obtener la nacionalidad panameña y huir del país para disfrutar de sus millones.

Los datos demuestran que fue Peñas, y no Aguirre ni una investigación oficiosa ni arbitraria de la policía, quien destapó la trama Gürtel. De hecho, unos años antes, Peñas había ido con su compañero Moreno a tratar de entregar a Aguirre un dosier donde se describían corruptelas en la zona norte de Madrid. Se negó a recibirles. "No quiero ver a esos dos hijos de puta", se le oyó decir con la puerta entreabierta.

Si Peñas ya había visto cosas raras, delictivas, mientras compartía despacho en Majadahonda con la mujer de Correa, sus largas charlas, almuerzos y viajes acompañando a Don Vito terminaron asqueándole, dice. Le invitaba al chalé de Sotogrande, Cádiz, con barco y atraque propios; al de Ibiza, que Correa compró por tres millones y medio y reformó ilegalmente con otros tres más; a la finca de Pozuelo, su residencia habitual en Madrid, cercana a la actual casa de Ronaldo...

Correa vivía como lo que es, un millonario, pero nada estaba a su nombre. Bueno, sí, una moto Suzuki. El sumario ha destapado que llevaba diez años sin existir para Hacienda. Pese a que se le calcula un patrimonio, en España y en el extranjero, superior a los 50 millones de euros, no ha declarado nada al fisco desde 1999. Tenía testaferros y sociedades pantalla para todo: todoterrenos de lujo, chófer personal, secretarias, asesores... Y prostitutas de alto standing por doquier. El juez Pedreira ordenaría tiempo después, ya en plena investigación, eliminar del sumario grabaciones de conversaciones comprometedoras, no sólo para Correa. Y fotografías de orgías, captadas por ellos.

Peñas buscó pruebas, y las encontró. Forzaba almuerzos con Correa, en el restaurante Sorolla, y luego copas en el hotel Fénix, centro de intercambio de sobres con dinero de la trama. Don Vito quería parecer un hombre por encima del bien y el mal. Precisamente él, que se avergonzaba de su padre porque la empresa familiar de zapatos fue a la quiebra. Él, que no había estudiado, lo tenía todo.

Dos años tardó Peñas en juntar las pruebas, desde finales de diciembre de 2005 hasta finales de 2007. Ni de lejos podía imaginar Don Vito que él, que había intentado incluso utilizar un vídeo en el que se veía a Rajoy en un descanso de una convención política hablando con Xesús Palmou mientras criticaban a Manuel Fraga -"el viejo está gagá"-, estaba siendo objeto de su misma medicina. Todos sus encuentros con Peñas eran registrados en una grabadora que escondía "en el bolsillo de su chaqueta, del pantalón, en un portafolios"... "Llegué a pasar miedo alguna vez por si se daban cuenta", confiesa Peñas.

El principio del fin de Correa tiene una fecha: diciembre de 2007. Peñas le ha grabado kilómetros de conversaciones. Y decide dar por cerrada la caza de Correa cuando cree que tiene suficiente material. La última conversación que le graba es la de los 1.000 millones de pesetas a Bárcenas.




Se acabó. Garzón ordena detenciones: el 'pen drive'





Los policías empiezan a cuadrar las piezas. Cae el asunto en el Juzgado Central de Instrucción 5 de Madrid, el de Baltasar Garzón. ¿Por qué? Porque Garzón tenía una pieza separada en su juzgado sobre una investigación de Luis de Miguel, el experto en paraísos fiscales que asesoró a Correa hasta que llegó Blanco Balín.

"Hay pruebas sobradas contra todos los que son. Y es muy probable que salieran otros que son y que aún no están", señalan fuentes de la investigación. El 6 de febrero de 2009, por orden de Garzón, se producen las detenciones de Correa, su primo Antoine Sánchez y el número dos de la trama, Pablo Crespo. Poco antes, la policía se había presentado en las oficinas madrileñas de la trama, en la calle de Serrano, 40, y en la de Martínez Campos.

Los empleados casi les estaban esperando, pero de nuevo un error hundió a la red. Llamaron al interfono y enseguida se corrió la voz de que era la policía. A José Luis Izquierdo, contable de Correa, sólo le dio tiempo a cerrar la mano bien fuerte para ocultar un pen drive que guardaba en su cajón. Tras una hora de registros, un agente notó que ese hombre nunca abría la mano. Le obligó a hacerlo, y ahí estaba. Los agentes acababan de toparse con dinamita pura.

Allí, y en una libreta azul que más tarde incautaron los agentes a Izquierdo, estaba casi todo. Parte de las cuentas B, el dinero negro de la trama Gürtel. Pero con un inquietante añadido: la relación de altos cargos del PP, unos con sus nombres completos y otros con iniciales, como L. B., o Luis El Cabrón, para tapar, según los investigadores, al tesorero del PP Luis Bárcenas, a los que la trama habría sobornado para sus fechorías. Y otras como las de A. L. V., por Alberto López Viejo, el organizador de los actos de Aguirre. La investigación soñada. Nunca un asunto de un entramado de empresas estaba tan claro desde el principio, aunque la instrucción lleva un año trabajando y se han encontrado muchas más pruebas, además de los interrogatorios.

Los registros siguieron, y en Valencia, en la sede de Orange Market, también hubo suerte: estaba toda la contabilidad B de la empresa, con los detalles de la financiación irregular del PP -había hasta mensajes de correo electrónico en los que un contable de Madrid pedía a otro de Valencia "donde pone PP Valencia, pon Ortiz Construcciones"-. Ese fin de semana, en el que El Bigotes bautizó, pese a todo, a su hija, pero sin el padrino esperado -Correa estaba en la cárcel- se acabó la estrella de Don Vito. Y empezó la pesadilla del PP y de su líder, Mariano Rajoy, que aún no ha acabado. Sobre todo por Valencia. Camps puede acabar en el banquillo en menos de un mes, con la decisión del Supremo, y en Génova muchos creen que habrá que ir pensando en otro candidato. Además, aseguran, hay que depurar el PP valenciano, donde pocos escapan a la mancha de Gürtel.

El caso no está ni mucho menos acabado. Es más, está al principio. De hecho, ni siquiera se ha levantado aún el secreto del sumario en el Tribunal Supremo, y Pedreira tampoco ha desvelado la parte que se refiere al blanqueo masivo de capitales. Un veterano dirigente, bregado en el Gobierno y en la oposición, lo resume así: "Zapatero no supo ver la crisis económica que se le venía encima. Mariano no quiso entender que Gürtel era muy grave. A los dos les acompañarán siempre esos errores, la política es así de dura".




http://www.elpais.com/articulo/reportajes/...elpdmgrep_4/Tes
Maripili
La hija de 10 años de Bono es propietaria de una joyería en Albacete

Según La Gaceta, la hija de Bono, de solo diez años, es la propietaria de un local en Albacete y paga una hipoteca de 110.000 euros que vence en junio de 2011.

La tienda es un local ubicado en una de las calles comerciales más transitadas de Albacete, y es una de las tiendas de Ana Rodríguez.


2010-04-18
LIBERTAD DIGITAL


Rodríguez es, como recuerda La Gaceta, la esposa de Bono. El local, además, está valorado en unos 350.000 euros y su alquiler son unos 6.000 euros mensuales.

Fuentes jurídicas sostienen que los tutores legales, José Bono y Ana María Rodríguez, son los responsables fiscales y administradores de la propiedad, pero es la niña la que figura como propietaria. Además, según La Gaceta, la niña es propietaria de un 5% de la Hípica Almenara y la empresa patrimonial Ahorros Familiares Saja, según el depósito de cuentas de 2008.

Todo eso a pesar de ser menor de edad. La niña es la menor de los cuatro hijos del presidente del Congreso. Según informa el diario, el Registro de la Propiedad número 4 de Albacete, la titularidad pasó a la hija el 6 de julio de 2009, dos meses después de que la menor hiciese la Primera Comunión. La niña fue adoptada por el presidente con siete meses de edad, en el año 2001.

El local está situado en el número doce de la calle Tesifonte Gallego, en el Centro Comercial Calle Ancha, y tiene 130 metros cuadrados. Según informa La Gaceta, tras el fracaso empresarial que supuso franquiciar algunas de las tiendas de la firma, que dieron pérdidas los primeros años, la esposa de Bono comenzó a gestionar siete de las tiendas propiedad de la empresa catalana.

El contrato le ofrece así un porcentaje de las ventas de cada una de las tiendas, además de un fijo por representar a la joyería. La empresa Saja es la usada por Ana Rodríguez para facturar sus acuerdos con la empresa de joyería Tous.

Este local es propiedad de la niña de diez años. En la misma dirección está domiciliada la sociedad Opalo 81, dedicada a la intermediación comercial. La sociedad fue constituida el 5 de febrero de 2007 con la esposa de Bono, Ana María Rodríguez, y Pablo Cañego Muñoz como administrador. Meses después, en diciembre de ese año, cesaron de sus cargos y fueron nombrados administradores solidarios Amelia Bono –la otra hija del político- y Francisco Herrera García.

Aunque la esposa de Bono ya no tiene las franquicias, el local donde está situado el Tous de Albacete sigue siendo propiedad de la familia, en este caso de la hija menor de edad del matrimonio. El domicilio fijado a efectos de requerimientos y notificaciones de la hipoteca es el 17 de la calle Hombre de Palo de Toledo, donde se encontraba la tienda Tous propiedad de la esposa de Bono.

No obstante, La Gaceta cita un descuido de Bono. Y es que tampoco incluyó este local en los documentos que se filtraron a un diario nacional sobre su patrimonio y su familia. En el mismo artículo el presidente del Congreso aseguraba que sólo tenía un ático en Estepona, su casa de Toledo, y un piso en Madrid que le había regalado a su hijo. Sin embargo, La Gaceta ha ido desmenuzando el amplio patrimonio de la familia, que incluyen dos áticos a nombre de Ahorros Familiares Saja en Estepona, un lujoso ático en la calle Ayala de Madrid, o un piso en la localidad alicantina de El Campello



http://www.libertaddigital.com/sociedad/la...ete-1276390421/
Pepin
Gijón, puerta de África

Una muestra de arte africano sin precedentes por su calidad y tamaño busca tender puentes entre España y un continente que apenas conocemos, pero con el que estamos condenados a entendernos


La Nueva España
Domingo 18 de abril de 2010
2 J. C. GEA


Hace 110 años, el descubrimiento de la cultura africana causaba sensación en Europa. La expresión es deliberadamente anacrónica, muy de aquel tiempo: intenta desempolvar la reacción a la vez entusiasta y epidérmica con la que el público europeo recibió la aportación del continente africano a la Exposición Universal de París de 1900, abigarrado escaparate de un mundo en pleno auge imperialista que trasladaba a las metrópolis las formas más superficiales de las culturas colonizadas. Un siglo y una década después, y de nuevo con el arte como lengua franca, Gijón aspira convertirse en un territorio de encuentro entre África y Europa a través de una exposición sin precedentes en el Palacio de Revillagigedo, acompañadas de un amplio programa de actividades.

En aquel deslumbramiento de principios de siglo pasado hubo algo más. Aunque el punto de vista era el de la superioridad, el pintoresquismo exótico y, en el mejor de los casos, el paternalismo, África consiguió hablar a las sensibilidades más receptivas de aquel tiempo a través del lenguaje del arte. La fuerza y la belleza de las máscaras, las tallas o los tejidos africanos catalizaron un cambio profundo en la cultura occidental a través de la pintura, como lo dejaron claro los «fauves» del Salón de 1905 y, sobre todo, los partidarios de la revolución cubista que Picasso encabezaría dos años más tarde con las muy africanizadas prostitutas de «Les demoiselles d'Avignon».

Gijón quiere ahora tender puentes entre continentes pero, muy particularmente, entre África y España. El Palacio de Revillagigedo prepara una gran muestra que ocupará durante todo el verano sus salas con una selección de arte africano extraordinaria en todos los sentidos: por su calidad, su amplitud simbólica, su extensión geográfica y cronológica y su ambición. Se busca, como en 1900, una conmoción. Pero -como lo evidencia ya el título de la exposición: «África: objetos y sujetos»- la óptica es radicalmente distinta, lejos de la dialéctica entre metrópolis y colonias que se evidenciaba entonces y lejos también del «pillaje cultural» que críticos como Robert Hughes han achacado a la apropiación del arte africano por Picasso o Braque. Ahora se trata de entenderse en profundidad, de igual a igual y sin juicios previos: partiendo de la admisión de una mutua ignorancia y de la certeza de que «es absolutamente necesario entenderse y poner las bases para un mestizaje cultural del que nunca ha salido ni saldrá nada malo».

Con esa vehemencia lo subraya Juan Luis Rodríguez-Vigil, ex presidente autonómico, vocal del Consejo Consultivo del Principado de Asturias y promotor de la exposición que la Obra Social y Cultural de Cajastur está produciendo como acontecimiento estelar del verano cultural asturiano, y que viajará con posterioridad a Madrid. El abogado y colaborador de LA NUEVA ESPAÑA, apasionado de África y buen conocedor de su compleja realidad actual, parte de un hecho que considera «irreversible»: «El mundo africano se ha "colado" en España, forma parte de la sociedad española y está aquí para quedarse. Pero, a pesar de eso, en particular en comunidades tan cerradas como Asturias, desconocemos su cultura por completo y tampoco sabemos con certeza hasta qué punto ellos saben de nosotros, aunque hayan tenido que adaptarse a las reglas elementales de nuestra sociedad», diagnostica Rodríguez-Vigil, que encuentra «desolador» un «desconocimiento que se plantea incluso en el plano institucional» y que acarrea, en primera instancia, «minusvaloración social» y el riesgo de estereotipos racistas o xenófobos.

Pero no sólo hay un interés social o limitado al territorio español. El ex presidente asturiano advierte también que África es un continente de oportunidades económicas frente al cual hay que tomar posiciones, pero en el que España desempeña un papel «reducido y marginal» por la ausencia de un pasado colonial de envergadura, fuera de Guinea Ecuatorial y el antiguo Sahara español. Esa ausencia contrasta llamativamente con una presencia cada vez mayor, pero también «mal enfocada, muchas veces por desconocimiento de lo que es África»: la de la cooperación institucional y privada española que, para Rodríguez-Vigil, «al final acaba siempre, guste o no, definiéndose en términos de caridad, o casi».

El arte puede ser la primera línea para inscribir en la «tabula rasa» del entendimiento entre España y África. Y también el agua limpia que lave el ojo de adherencias estereotipadas y simplistas. «Para el ciudadano medio español, el africano es ante todo una fotografía», señala Rodríguez-Vigil; una imagen plana, en blanco y negro y sin contexto que «no va más allá del desastre, los misioneros, las ONG, los niños con las barrigas hinchadas y las guerras» frente a la «riqueza, la complejidad y la variedad» de las culturas, a veces milenarias, de un continente entero. Una cosa y la otra se pueden intentar «a partir de la fuerza plástica, unas formas que poseen una extraordinaria capacidad de abstracción, expresividad, y que pueden explicar ese rico mundo cultural a los españoles».

«Más allá de la función religiosa o representativa con que solemos asociar el arte africano, es también, como todo arte, un importantísimo vehículo de conocimiento. El deslumbramiento de Picasso, Vlaminck o Modigliani por el arte africano no fue casual. Su valor plástico tiene la misma riqueza y complejidad que nuestro arte, aunque es verdad que hoy está en fase terminal a causa de su vulgarización para los turistas, del abandono de las tradiciones en un mundo en transición hacia las ciudades y de la influencia, cada vez mayor, del Islam de raíz saudita, que aborrece la expresión plástica», argumenta Rodríguez-Vigil

Las piezas que ocuparán la totalidad del Palacio del Revillagigedo aún no están definidas en su totalidad. Los expertos que están trabajando en la preparación de «África: objetos y sujetos» siguen buscando referencias, y el propio Juan Luis Rodríguez-Vigil acaba de regresar de Senegal en pos de ellas: tallas humanas, máscaras, asientos, copas, bastones ceremoniales o tocados en madera, bronce, marfil o terracota, pertenecientes al patrimonio de grupos étnicos de Sierra Leona, Camerún, Gabón, Benin, Angola, Guinea Bissau, la República Democrática del Congo, Guinea Ecuatorial, Senegal, Malí, Burkina-Faso, Níger, Chad, Gambia, Costa de Marfil, Ghana, Nigeria, Guinea-Conakry... De momento, se cuenta con cesiones de los principales centros de referencia del arte africano en Europa: el Real Museo del África Central en Tervuren (Bélgica); el Museo del Quai de Branly y el Dapper, en París; el Museo de África de los Padres Blancos, en Lyon; el Museo Británico, la Fundación Gulbenkian o el Etnográfico de Lisboa, además del Nacional de Antropología de Madrid y el Reina Sofía.

La inclusión de este último centro en la nómina da idea de la «visión panorámica» que quiere ofrecerse, en la que mostrar la contemporaneidad del arte africano es «esencial». De hecho, uno los principales objetivos es, según Rodríguez-Vigil, «poner en relación y en contraste el arte que forma parte de este humus y el que está emergiendo en las grandes y caóticas ciudades» a través de la obra de creadores como Valente Malangatana, Saliou Traoré, Ben Enwonwu, Samamadoulogu, Romuald Hazonmé, Seydon Keïta, Cherí Samba, Samuel Fosso y Marlene Dumas y otros más conocidos en España, como el escultor ecuatoguineano Leandro Mbomio.

Pero la exposición del Revillagigedo será sólo el principal acontecimiento de un enjambre de actividades. Para ello se trabaja en un programa de actos conectados a «África: objetos y sujetos» en el que se han implicado la Secretaría de Estado de Cooperación, el Instituto Elcano, el consorcio canario Casa África, el Ayuntamiento de Gijón, el Idepa, la Universidad de Oviedo, las cámaras de Comercio asturianas y los colectivos de inmigrantes de la región. Jornadas de información económica, seminarios de alto nivel sobre asuntos como la orientación estratégica de la cooperación española en África o conciertos integrados en la agenda estival de Gijón que añadan nuevas líneas a una comunicación que se pretende estable y duradera y generen lo que «un hinterland español», cultural y económico, con el mundo africano más allá del deslumbramiento y la conmoción del arte.



http://www.lne.es/siglo-xxi/2010/04/18/gij...ica/902555.html
Indalecio
La tumba


MANUEL VICENT

EL PAÍS - Última - 18-04-2010



La izquierda política considera un escándalo que Falange Española, salida, de repente, del baúl de la historia, tenga fuerza suficiente todavía para sentar al juez Garzón en el banquillo. No es tan raro. El cadáver de José Antonio, fundador de ese movimiento fascista, está enterrado con todo honor al pie del altar mayor de la basílica del Valle de los Caídos, y durante 30 años de democracia nadie ha osado tocarlo. Al iniciar su instrucción sobre los crímenes del franquismo el juez Garzón pidió el certificado de defunción de Francisco Franco y esta diligencia, que sólo era un requisito formal, causó asombro en la mayoría de españoles. Los más ingenuos pensaron que ese papel era innecesario porque se sabe a ciencia cierta que los huesos del dictador permanecen bajo una losa de mil kilos en la basílica del Valle de los Caídos construido por presos políticos, y en la vertical de sus despojos se levanta una poderosa cruz de granito. En cambio, otros más suspicaces dudan que Franco haya muerto, porque precisamente esa enorme cruz proyecta todavía desde las breñas de Cuelgamuros la sombra del dictador sobre todas las instituciones de la democracia. A estas alturas lo realmente escandaloso debería ser el miedo reverencial que sienten los demócratas españoles hacia ese panteón faraónico, como si esa olla de hormigón guardara una barra de uranio que puede liberar una incontrolada carga radioactiva muy peligrosa. De ese miedo nacen todas las ruedas de molino con las que hay que comulgar. Es evidente que la actitud de este juez ha liberado unas fuerzas reaccionarias muy oscuras que nuestra democracia creía cegadas para siempre. Metidos en estos enredos jurídicos de rábulas se puede discutir si el juez Garzón ha prevaricado a la hora de tocar esa barra de uranio radioactivo. Juristas insignes lo niegan. El acto con que un juez inicia unas diligencias de investigación no puede ser nunca constitutivo de prevaricación porque en ese momento no se actúa aun contra nadie en concreto, en consecuencia no hay resolución injusta, puesto que no hay perjudicados todavía. Pero en el fondo, con este pleito político solo se trata de saber si Franco realmente ha muerto, por eso hizo muy bien el juez Garzón en pedir antes que nada su certificado de defunción.



http://www.elpais.com/articulo/ultima/tumb...elpepiult_1/Tes
Francisco Alegre
A José Bono sí le salen las cuentas

El presidente del Congreso gana 169.000 € anuales por su cargo
Posee cuatro residencias: en Toledo, Madrid, Salobre (Albacete) y Estepona
Ha firmado un contrato con Planeta de más de 700.000 € por sus memorias
Donó 200.000 € a su hijo y le prestó 240.000 € más para una vivienda


El Mundo
Marisa Cruz
Madrid
Actualizado miércoles 14/04/2010 13:01



El presidente del Congreso de los Diputados, José Bono, ha remitido al fiscal general del Estado todos los detalles de sus ingresos y de sus bienes, así como los de su esposa, Ana Rodríguez, a fin de cortar de raíz la "campaña de difamación" de la que, asegura, está siendo objeto y que se basa en "cuestionar la licitud" de su patrimonio.

Bono tiene constancia documental de todos sus bienes y, desde su primera declaración, realizada en 1979, cuando ocupó su primer cargo público, ha ido desgranando cada variación patrimonial, ya sea en términos de actividades o de propiedades, en un total de 60 escritos notariales y registros públicos. Todas estas declaraciones, a las que ha tenido acceso EL MUNDO, le han sido remitidas al fiscal general, Cándido Conde-Pumpido.

En el historial, la fecha del 14 de abril de 2004 tiene una importancia especial: cuatro días antes de ser nombrado ministro de Defensa por José Luis Rodríguez Zapatero (18 de abril de 2004), José Bono y su esposa, Ana Rodríguez, procedieron a regular la separación de sus bienes matrimoniales.

Bono y su esposa hicieron separación de bienes en 2004, antes de ser ministro de DefensaPor entonces, su mujer contaba ya con una tienda franquiciada de la firma de joyería Tous y Bono no deseaba, como ministro del Gobierno, aparecer como propietario de comercios.

Él, como alto cargo público, está obligado a hacer declaraciones de ingresos y patrimonios, pero no así su esposa o sus hijos. No obstante, el presidente del Congreso ha remitido también detalles de las actividades de su mujer y de sus propiedades al fiscal. Del cotejo de ingresos y propiedades declarados se deduce que no existe desequilibrio o desajuste entre lo que ganan Bono y su esposa y los bienes con los que cuentan.

Ingresos de más de un millón al año

Por una parte, el ex presidente de Castilla-La Mancha ha documentado algo más de un millón de euros en ingresos correspondientes al ejercicio 2008, obtenidos tanto por él como por su esposa. La retribución de Bono como tercera magistratura del Estado es pública y se puede consultar en la página web del Congreso de los Diputados.

Su sueldo se desglosa al mes de la siguiente forma: 3.126,52 euros por asignación constitucional, idéntica para todos los diputados; 3.605,38 por pertenecer a la Mesa del Congreso; 3.915,16 en gastos de representación, y otros 3.210,08 para gastos de libre disposición. Al año, la base liquidable es de 169.000 euros.

La mujer del presidente del Congreso gestiona 6 tiendas de Tous y cobra según las ventas. Cuenta, además, con los ingresos que le proporciona Hípica Almenara, un negocio gestionado por su hijo, adquirido en 2001 y ampliado en 2004. En el último ejercicio, los ingresos que obtuvo ascendieron a 316.000 euros. En tres años ha ganado cerca de 800.000 euros.

Éstas son las fuentes de ingresos de Bono. Hasta sumar algo más de un millón de euros anuales, hay que contabilizar las ganancias de su esposa, Ana Rodríguez, por su relación con la firma Tous.

La mujer de Bono trabaja con Tous desde 2003. Ana Rodríguez, que ya en 2005 logró ganancias de 462.000 euros, se encarga de administrar las tiendas y contribuye con su imagen, más célebre desde que una de sus hijas contrajo matrimonio con el hijo de Raphael, a publicitar la marca. De su relación con Tous percibe 109.000 euros de sueldo y un porcentaje de las ventas sin IVA. Por este concepto, en 2008 tuvo ingresos de 450.000 euros. En los tres últimos años, la esposa de Bono ha declarado más de un millón de euros.

Además, Bono ha suscrito un jugoso contrato de más de 700.000 euros con la editorial Planeta para publicar sus memorias en varios volúmenes. El presidente del Congreso ha recibido este año, y por tanto aún no ha declarado, un adelanto de 220.000 euros.

Cuatro propiedades

Bono es en la actualidad propietario de la casa en la que mantiene el domicilio familiar y en la que vive con su mujer y con su hija pequeña, en la localidad de Olías del Rey, cerca de Toledo.

Es dueño, igualmente, de la casa heredada en 1981 de sus padres, situada en la localidad de Salobre. Allí mismo sigue siendo propietario de 2,5 hectáreas de terreno rural. En la herencia recibió un total de 14 hectáreas, pero vendió 11,5 para hacer frente a parte de la inversión que inició en el año 2001 en Hípica Almenara y que fue ampliando sucesivamente hasta el año 2004.

El político castellano-manchego asegura que quiere comprarse un piso en Alicante cuando se retire. El precio de los terrenos, divididos en tres parcelas, ascendió a 13 millones de las antiguas pesetas. Las obras que necesitó el negocio supusieron algo más de 600.000 euros. Para hacer frente a la inversión, Bono vendió parte de las hectáreas heredadas de sus padres e hipotecó las dos casas que son de su propiedad.

En la actualidad, el presidente del Congreso no posee ningún piso en Madrid. La única propiedad en la capital está a nombre de su hijo. El precio de adquisición de la misma ha sido de 450.000 euros. Este dinero ha sido aportado por Bono a través de una donación por un total de 200.000 euros, más un préstamo de 240.000 a su hijo José.

Por su parte, la sociedad de su esposa, SAJA, tiene como propiedad un piso en la localidad malagueña de Estepona, en concreto en Guadalmancha. El presidente del Congreso desmiente la información publicada según la cual sería propietario de dos áticos en el pueblo malagueño.

El presidente del Congreso también fue propietario hace años, tal y como declaró públicamente en 1994, de otros dos pisos en Toledo y Albacete. Ambos fueron vendidos para construir su actual residencia en Olías del Rey.

Bono asegura ahora que tiene intención de comprarse otro piso cuando se retire. Su deseo es adquirirlo en la localidad alicantina de El Campello.



http://www.elmundo.es/elmundo/2010/04/14/e...1271234933.html


No salen las cuentas. Falta lo de la calle Ayala y que ya se ha comprado el piso en la localidad de Campello. Desde el 14 de abril de 2004 el enriquecimiento de Bono es mas que sobresaliente. Y a eso hay que añadir que es Presidente del Congreso de los Diputados, que algun tiempo le quitara a tan frenetica labor comercial.
manolo pizarro
La Gaceta. Editorial

Este periódico ha querido obtener en la Fiscalía General del Estado una copia del escrito que el presidente del Congreso, José Bono, le ha enviado con una relación de su patrimonio. La Fiscalía nos la ha negado. Nosotros no le hemos difamado, tal y como “su entorno” supone en la información que publica Europa Press, agencia, por cierto, que hasta el momento no había ofrecido noticia alguna de este asunto.

Pedimos –y más desde ayer, día en que la documentación llegó a la Fiscalía– que se nos ofrezca al resto de los españoles. De este modo, y contando con la veracidad de lo aportado por Bono, despejaremos las dudas que todos nos hemos planteado. Las preguntas subsisten: ¿cuál es su auténtico patrimonio? ¿Cómo lo ha obtenido? ¿Lo ha declarado en su totalidad? En todo caso: si el señor Bono cree que hemos cometido contra él “falsedades y calumnias”, lógico sería que él mismo actuara judicialmente y no que inste a la Fiscalía a que lo haga de oficio. Ya se ve que Bono no se moja con un periódico; el trabajo se lo deja a Pumpido, el Fiscal General del Estado, siempre tan independiente del Partido Socialista.

http://www.intereconomia.com/noticias-gace...n/bono-fiscalia
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No me explico como Bono tiene ganancias multimillonarias que le permitan comprar áticos y apartamentos de lujo a pie de varias playas del mediterraneo y la caja de ahorros en la que él colocó a dedo a sus administradores, requiriera un trasvase de 3.775 millones de euros del dinero de todos los españoles. Ni tampoco, como puede obviar como politico en su declaración, la vuelta de favores de los empresarios a los que benefició y la obligación de hacer pública su participación de empresas privadas en el registro de actividades del Congreso.

Leo por ahi que La UE no se fía de las cuentas de Zejas. Si las cuentas de Grecia la ha supervisado Pitágoras, las de España las ha tenido que hacer Moises de León con los datos autonómicos de Maimónides y Ramón Llull.

Perdonad, no me habia dado cuenta, estoy pensando en voz alta y el que piensa en este país es un fascista y por tanto "políticamente incorrecto"
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Saludos.
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